L. D. / EFE.-
Así lo aprecia el magistrado en el auto en el que acuerda el procesamiento de 31 miembros de EKIN por pertenencia o colaboración con banda armada, entre los que figura Mendizabal, uno de los seis integrantes de la organización ahora ilegalizada que permanecen en prisión y al que considera uno de sus responsables a nivel "nacional".
Según el auto, notificado el pasado 31 de julio, en el registro del domicilio del presunto responsable del área de comunicación de EKIN, Rubén Nieto Torio, fue hallada diversa documentación relativa a "la planificación de la actividad de esta organización para septiembre de 2000" y en un documento titulado "Urratz Komunikatiboak" (Pasos Comunicativos) "se establece que se debe elaborar un artículo de opinión sobre la amplia ofensiva contra el euskera", que se encarga a Mendizabal.
"La participación de Mendizabal en el ámbito de la comunicación externa de la organización EKIN no se restringe a la elaboración de artículos de opinión demandados desde dicha estructura, sino que alcanza a la representación del conjunto de la Izquierda Abertzale, participando en nombre de EH en la comisión de control de ETB", sostiene Garzón. El juez destaca además que "otra de las personas que también representa a EH en la comisión de control de ETB" es Arantza Erasun, quien se encargó de la presentación del acto en el que se produjo el lanzamiento público de EKIN, celebrado en el frontón Anaitasuna de Pamplona, en noviembre de 1999.
"Esta presencia de militantes o responsables de EKIN en la comisión de control de ETB es la que explica que el referido responsable de comunicación de EKIN, Rubén Nieto, disponga de documentación interna sobre planes de actuación empresarial e informativa de dicha cadena y, en base a los mismos, diseñe medidas de actuación para potenciar los mensajes de EKIN a través de la misma", explica el juez.
La labor de "desdoblamiento" de Mendizabal como miembro de la comisión de control de ETA en representación de EH, "pero siguiendo las directrices" de EKIN, hay que ponerla, según Garzón, "en relación con la circunstancia de que también es presidente de la Fundación AEK" (Alfabetatze Euskalduntze Koordinakundea), que se encuentra bajo administración judicial. AEK, añade, "es, al menos hasta 1998, instrumentalizada por ETA a través de KAS para el sostenimiento económico de su estructura de responsables y liberados (a sueldo de la banda terrorista), así como caja general de tesorería del entramado mercantil vinculado al denominado Proyecto Udaletxe ".
Precisamente, tras la detención de Mendizabal en la denominada "Operación Lobo" que se saldó con la detención de veinte presuntos miembros de EKIN, el consejo de administración de ETB aprobó una declaración, por diez votos a favor y cuatro en contra, en la que manifestaba su "profunda preocupación" por el tratamiento que se le estaba dando a éste y al resto de los detenidos "tanto desde el Ministerio del Interior de España como desde algunos medios de comunicación y dirigentes políticos".
Mendizabal está además acusado, junto a otras 18 personas, de defraudar a Hacienda y a la Seguridad Social unos 1.150 millones de pesetas entre los años 1991 y 1999, aunque sólo puede perseguirse, por razones de prescripción, la defraudación realizada a partir de 1995.
!-->
Según el auto, notificado el pasado 31 de julio, en el registro del domicilio del presunto responsable del área de comunicación de EKIN, Rubén Nieto Torio, fue hallada diversa documentación relativa a "la planificación de la actividad de esta organización para septiembre de 2000" y en un documento titulado "Urratz Komunikatiboak" (Pasos Comunicativos) "se establece que se debe elaborar un artículo de opinión sobre la amplia ofensiva contra el euskera", que se encarga a Mendizabal.
"La participación de Mendizabal en el ámbito de la comunicación externa de la organización EKIN no se restringe a la elaboración de artículos de opinión demandados desde dicha estructura, sino que alcanza a la representación del conjunto de la Izquierda Abertzale, participando en nombre de EH en la comisión de control de ETB", sostiene Garzón. El juez destaca además que "otra de las personas que también representa a EH en la comisión de control de ETB" es Arantza Erasun, quien se encargó de la presentación del acto en el que se produjo el lanzamiento público de EKIN, celebrado en el frontón Anaitasuna de Pamplona, en noviembre de 1999.
"Esta presencia de militantes o responsables de EKIN en la comisión de control de ETB es la que explica que el referido responsable de comunicación de EKIN, Rubén Nieto, disponga de documentación interna sobre planes de actuación empresarial e informativa de dicha cadena y, en base a los mismos, diseñe medidas de actuación para potenciar los mensajes de EKIN a través de la misma", explica el juez.
La labor de "desdoblamiento" de Mendizabal como miembro de la comisión de control de ETA en representación de EH, "pero siguiendo las directrices" de EKIN, hay que ponerla, según Garzón, "en relación con la circunstancia de que también es presidente de la Fundación AEK" (Alfabetatze Euskalduntze Koordinakundea), que se encuentra bajo administración judicial. AEK, añade, "es, al menos hasta 1998, instrumentalizada por ETA a través de KAS para el sostenimiento económico de su estructura de responsables y liberados (a sueldo de la banda terrorista), así como caja general de tesorería del entramado mercantil vinculado al denominado Proyecto Udaletxe ".
Precisamente, tras la detención de Mendizabal en la denominada "Operación Lobo" que se saldó con la detención de veinte presuntos miembros de EKIN, el consejo de administración de ETB aprobó una declaración, por diez votos a favor y cuatro en contra, en la que manifestaba su "profunda preocupación" por el tratamiento que se le estaba dando a éste y al resto de los detenidos "tanto desde el Ministerio del Interior de España como desde algunos medios de comunicación y dirigentes políticos".
Mendizabal está además acusado, junto a otras 18 personas, de defraudar a Hacienda y a la Seguridad Social unos 1.150 millones de pesetas entre los años 1991 y 1999, aunque sólo puede perseguirse, por razones de prescripción, la defraudación realizada a partir de 1995.
!-->
