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Llarena deniega a Jordi Sánchez los permisos especiales para la campaña

El magistrado del Tribunal Supremo aprecia riesgo de que el presidente de la ANC impulse "movilizaciones inmediatas".

Jordi Sánchez a su llegada a la Audiencia Nacional | EFE

Jordi Sánchez saldrá de la cárcel de Soto del Real para protagonizar actos de campaña ni concederá entrevistas fuera del trámite ordinario. Pablo Llarena ha rechazado los permisos solicitados por el responsable de ANC, así como el uso de internet fuera del régimen de control del mismo centro. El magistrado que instruye el grueso de la causa por rebelión, sedición, malversación de fondos públicos y otros delitos conexos se apoya en la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos relativa a los derechos subjetivos de voto y de elegibilidad que estableció que no son derechos absolutos.

Son derechos que "cada Estado contratante puede modular siempre que la participación democrática no pierda su efectividad y que las limitaciones respondan a fines legítimos y guarden adecuada correspondencia con los motivos que las impulsan", recuerda Llarena en el auto.

El juez precisa que el sistema de elección está basado en listas cerradas de candidatos, en donde la defensa del ideario de la candidatura está atendida por sus otros integrantes, así como por la agrupación de electores, el partido político, o la agrupación de partidos que presten soporte a la candidatura en esa misma circunscripción electoral o, incluso, en otros territorios en los que la formación concurra a las elecciones con un mismo programa o ideario, por estar orientado a integrar un sólo órgano común de representación.

Llarena sostiene que la privación de libertad de Sánchez –que figura como nº2 en una lista de 85 candidatos a la que se incorporó estando ya privado de libertad– "por más que comporte una limitación evidente para su participación en la campaña electoral, ni supone la imposibilidad de ser elegido ni entraña una alteración esencial de la efectividad del derecho de participación de quienes comparten el proyecto político que defiende su agrupación, pues el investigado no tiene completamente anulada su capacidad para dirigirse al electorado y, de otro lado, su elegibilidad va engarzada a la de integrantes de la misma candidatura que abordan plenamente las actividades de campaña".

El magistrado recuerda que acordó la prisión provisional comunicada y sin fianza de Jordi Sánchez por el riesgo de que el investigado pudiera impulsar movilizaciones públicas violentas, semejantes a las que se le atribuyen en este procedimiento. De esta forma, indica el juez, las autorizaciones que reclama para salir del centro o participar en los medios "precisamente posibilitarían las situaciones de riesgo que la prisión ha tratado de conjurar, pues no sólo facultarían el impulso de movilizaciones inmediatas, sino que pueden aprovecharse para propiciar que los tumultos se materialicen en respuesta a la conformación institucional que resulte de los comicios, o como reacción a cualquier actuación política que cristalice en el modo que rechaza el ideario del encausado, tal y como los hechos investigados sugieren que ya aconteció".

Los 'Jordis' y Forn, nuevamente citados

El propio Llarena ha citado por segunda vez para el próximo 11 de enero al exconsejero de Interior catalán Joaquim Forn y a los líderes separatistas Jordi Cuixart y Jordi Sánchez para tomarles declaración en el marco del sumario abierto por el llamado proceso, tal y como ellos habían solicitado.

Tanto Cuixart (presidente de Omnium Cultural) como Sánchez (expresidente de la Asamblea Nacional Catalana) y Forn están en prisión preventiva porque el juez los sitúa en el eje central de una supuesta conspiración para la independencia que incluía tumultos violentos y cree que hay riesgo de fuga y de reiteración delictiva que produciría una "explosión violenta".

Los tres comparecen para aclarar cuestiones relativas a los hechos que se les imputan alegando que, en su primera declaración ante el Tribunal Supremo, solo pudieron pronunciarse sobre la concurrencia o no de los riesgos que justifican la prisión incondicional, principalmente los de fuga, reiteración de los delitos y destrucción de pruebas.

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