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Las gemelas de Sabadell, a la cárcel por urdir y perpetrar un plan para que el novio de una matara al de la otra

Las hermanas Vázquez -Pilar y Dolores- han sido condenadas a 16 y 20 años de prisión por el asesinato de Pedro Fernández (novio de la segunda).

Las hermanas Vázquez -Pilar y Dolores- han sido condenadas a 16 y 20 años de prisión por el asesinato de Pedro Fernández (novio de la segunda).
Los vecinos grabaron a las gemelas limpiando la sangre de Pedro en el rellano. | REDES SOCIALES

Pilar y Dolores Vázquez -más conocidas como las gemelas de Sabadell- pasarán una buena temporada en la cárcel, pese a sus esfuerzos por desvincularse del crimen de Pedro Fernández -novio de la segunda- e intentar que la pareja de la primera -Isaac Gil- cargara con las culpas. La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a las hermanas a 16 y 20 años de prisión, respectivamente. Mientras que la pena para el cuñado y asesino confeso de la víctima ha sido de 17 años de cárcel.

El jurado consideró probado que tanto Pilar como Dolores urdieron "un plan encaminado a lograr la muerte" de Pedro, que murió en la madrugada del 10 de julio de 2021 como consecuencia de los golpes -muchos- que le asestó Isaac "con una palanca metálica, de la que disponía, alcanzando la cabeza (cara y cráneo) de éste con extrema violencia". No tuvo piedad. Le agredió en el dormitorio -donde dormía con su novia- y también durante su huida, desde el rellano del cuarto piso hasta el del tercero.

Pedro intentó escapar pero Isaac lo alcanzó, como atestiguan las imágenes que los vecinos grabaron por sus mirillas. Uno de ellos declaró que antes oyó "golpes fuertes repetidos" que le pusieron en alerta y le hicieron mirar qué ocurría tras la puerta. Era Isaac, con un objeto en la mano y lo que parecía ser una manta tirada en el suelo. Las siguientes escenas son del asesino confeso y las hermanas Sabadell limpiando "las manchas de sangre y restos orgánicos producto de la agresión".

La sentencia recuerda que también que se valoró como hecho probado que Pilar "ejerció un influjo psíquico, idóneo y bastante" sobre Isaac con el objetivo de que "naciera en él la voluntad de cometer los hechos". Y que la premeditación quedó acreditada por "los audios y videos de WhatsApp" que hay entre ellos. En unas de las imágenes se observa a Isaac usando una defensa eléctrica y diciéndole a su pareja que "esto fríe". Las conversaciones son impactantes por la frialdad con la que hablan del asesinato.

En los audios, Pilar relata el plan: "él (Pedro) se iría para casa de Pilar y una vez que no respirara ellos harían el transporte". "Si se hace bien (aturdir a Pedro) se deja frito y ahí se machaca", señala. Dolores lo "conocía y aceptaba", y además no hizo "nada para evitar el inicio de la agresión". Tampoco lo hizo Pilar, que estaba presente en el momento de los hechos. No contentas con ello, después le ayudaron a "trasladarlo al interior de la vivienda" y a "limpiar" las pruebas.

Sin circunstancias atenuantes

Se consideran hechos no probados, sin embargo: que Isaac actuara como consecuencia de que Pedro maltrataba a Dolores, que ésta tuviera una depresión que limitara su capacidad para entender la ilicitud del hecho o que su hermana Pilar estuviera aquejada de ningún trastorno que redujese sus facultades. Por tanto, señala la sentencia, "no concurren en los acusados circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal", con excepción del "agravante" que supone la circunstancia de parentesco de la gemela que mantenía una relación sentimental con la víctima.

En consecuencia, el tribunal ha condenado a los tres acusados como autores criminalmente responsables de un delito consumado de asesinato con alevosía. A dos de ellos -Pilar e Isaac- les ha impuesto penas de 16 y 17 años de cárcel. Para la tercera -Dolores- el castigo aumenta por el agravante de parentesco y es de 20 años de prisión. El Magistrado Presidente señala -no obstante- que ha tenido en consideración la posibilidad de que, aunque "no haya quedado probado", existiesen los malos tratos alegados por ella y que esto pudiera ser el móvil del crimen.

"Debo concluir que en todo caso tales malos tratos no justificarían, en modo alguno, la conducta de los acusados", añade. En consecuencia, todos ellos deberán abonar además la suma de 200.000 euros "conjunta y solidariamente, en concepto de responsabilidad civil", y pesa sobre ellos la prohibición expresa (con una duración de diez años superior a la pena de privación de libertad impuesta) de acercarse a menos de 1.000 metros de la hija de la víctima.

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