
Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí ejercieron como eurodiputados durante la pasada legislatura europea gracias a una ilegalidad cometida por el que fuera presidente del Parlamento Europeo entre julio de 2019 y el 11 de enero de 2022, cuando falleció David Sassoli, adscrito al grupo socialista. Sassoli revocó la decisión que había adoptado su antecesor en el cargo, Antonio Tajani (conservador) porque los nombres de Puigdemont y Comín no estaban en el listado enviado a la cámara europea por la Junta Electoral Central (JEC) de España.
Tajani se negó a acreditar a Puigdemont y Comín (Ponsatí entró después, tras la reordenación de la cámara por el Brexit) porque eso habría sido vulnerar una competencia del Estado español, no del Parlamento Europeo. La sentencia señala al respecto: "El presidente del Parlamento no dispone de ninguna competencia para controlar la exactitud de dicha lista (la de diputados que remite la JEC), so pena de quebrar el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros".
De este modo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rechaza el recurso que presentó Puigdemont, un recurso que dejó de tener sentido cuando el sustituto de Tajani, Sassoli, decidió admitir al expresidente catalán y al exconsejero Comín en la cámara, acreditarse como eurodiputados, cobrar incluso los atrasos y disfrutar de la inmunidad parlamentaria que ha permitido a Puigdemont moverse por Europa prácticamente sin restricciones.
En la sentencia se detalla que "el presidente del Parlamento Europeo no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente" y que "se limitó a hacer lo que estaba obligado a hacer: tomar nota de la lista de diputados electos notificada por las autoridades españolas, que constituía para él una situación preexistente derivada de decisiones que se habían adoptado en el plano nacional".
Por no jurar la Constitución en Madrid
A pesar de que la decisión judicial se ha adoptado cinco años después de la presentación del recurso, en 2019, sí puede tener consecuencias reales. De entrada, el Parlamento Europeo ha impedido que Toni Comín se acredite en esta legislatura por las mismas razones que adujo en su día Tajani y que ha ratificado el TJUE sin que quepa ya recurso de alzada. Es probable, pues, que Comín tenga que ceder su acta al siguiente en la lista, alguien que tendrá que jurar o prometer la Constitución en Madrid, que es el requisito que incumplieron Puigdemont y Comín para figurar en el listado de la JEC y que Sassoli pasó alto en una decisión ilegal.
Otra de las consecuencias que podría tener la sentencia es que se exija a Puigdemont, Comín y Ponsatí o al partido, Junts per Catalunya, la devolución de todas las cantidades cobradas durante los años en los que no debieron ejercer como eurodiputados.
Reacción de Puigdemont y Comín
El expresidente prófugo y el que fuera consejero de Sanidad del gobierno catalán golpista han reaccionado a través de un comunicado conjunto en el que muestran su "sorpresa y preocupación" por el contenido de la sentencia porque es contraria a la opinión del abogado general del TJUE, cuyo pronunciamiento nunca es vinculante, en la que manifestaba que Tajani se tendría que haber guiado por los resultados electorales proclamados y no por la lista definitiva de la Junta Electoral española.
También señalan su intención de recurrir la Ley Orgánica de Régimen Electoral (LOREG) y en concreto los requisitos establecidos en España para adquirir la condición de diputado europeo, entre ellos el del juramento o promesa presenciales de la Constitución.
La sentencia del TJUE ha causado un fuerte impacto en el independentismo y deja a Toni Comín en una especie de limbo político, ya que refuerza el criterio de la actual presidenta del Parlamento Europeo, Roberta Metsola, quien se ha negado a acreditar al golpista fugado porque su nombre no consta en el listado de la JEC. Es la primera vez además que la justicia europea se pronuncia de manera tan rotunda contra Puigdemont, que presumía de haber doblegado a España en los tribunales europeos.