El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, prepara una revuelta contra la Audiencia Provincial de Sevilla por la sentencia de los ERE del PSOE de Andalucía.
La mayoría izquierdista del TC que lidera exoneró el año pasado a los expresidentes socialistas andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves en esta causa en la que se desviaron ilegalmente 680 millones de euros destinados para los parados por parte de la Junta de Andalucía. El Constitucional acordó que la Audiencia Provincial de Sevilla volviera a dictar sentencia. Sin embargo, los magistrados sevillanos planteaban la semana pasada la posibilidad de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) decidiera si el tribunal de Conde-Pumpido se había "extralimitado" y había atentado contra el derecho europeo.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital sostienen que "la posibilidad de que la Audiencia Provincial de Sevilla presente una cuestión prejudicial ante el TJUE contra la sentencia del Tribunal Constitucional sobre los ERE ha sentado muy mal a Conde-Pumpido y a los demás magistrados izquierdistas del TC".
Las mismas fuentes consultadas por LD afirman que "el magistrado izquierdista Ramón Sáez Valcárcel está movilizándose y ha contactado con el resto de magistrados izquierdistas del TC para expresar su rechazo por la previsible presentación de una cuestión prejudicial por parte de la Audiencia Provincial de Sevilla".
"Dicho magistrado considera que un tribunal ordinario no puede presentar una cuestión prejudicial en Europa contra una sentencia del Constitucional. El magistrado Sáez Valcárcel es reincidente. Hace una semanas, intentó de forma infructuosa movilizar a los magistrados del TC contra el Tribunal Supremo", apuntan.
El Alto Tribunal advirtió a los magistrados del Constitucional de que no tenían "carta blanca", dejando la puerta abierta a futuras investigaciones por un delito de prevaricación contra Conde-Pumpido y el resto de magistrados izquierdista del Tribunal de Garantías. Todo ello, tras rechazar sendas querellas presentadas por la sentencia de los ERE.
La providencia de la Audiencia de Sevilla
La providencia de la Audiencia Provincial de Sevilla plantea las siguientes cuestiones en referencia a la sentencia del TC sobre los ERE, que desembocarían previsiblemente en la presentación de una cuestión prejudicial ante el TJUE:
Si el Tribunal Constitucional se ha extralimitado en la función de control que le corresponde invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales (arts. 117.3 y 123 CE) al revisar, a través de una interpretación alternativa de elementos normativos de los tipos penales de prevaricación y de malversación de caudales públicos, la valoración probatoria y el juicio de subsunción realizado por la Audiencia Provincial de Sevilla y por el Tribunal Supremo.
Si la interpretación del Tribunal Constitucional sobre las leyes de presupuesto de Andalucía de los años 2002 a 2009 se opone a la normativa y jurisprudencia comunitaria, al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución, lo cual podría generar una situación de desprotección del patrimonio público y una merma del correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, de la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos públicos y de los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cuyo cargo se encuentran los bienes de la administración pública.
Posibilidad de que dicha doctrina incumpla las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción política, siendo incompatible con lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre la lucha contra el fraude y contra la actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión, de prevenir y combatir la corrupción en general y de prever la aplicación de sanciones eficaces y disuasorias en caso de que tales infracciones se produzcan.
Posibilidad de que los Tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Tribunal Constitucional interpretativas de las normas legales autonómicas (leyes de presupuesto de 2002 a 2009) que, a su juicio, conducen a entender como lícitas las conductas de los acusados cuando, según los tribunales ordinarios nacionales, dichas normas no excluyen la tipicidad penal.
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