
El titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, aprecia que existe un "indicio delictivo" de Begoña Gómez en el rescate millonario del Gobierno de su esposo Pedro Sánchez a la aerolínea Air Europa. Peinado desestima sendos recursos presentados por la Fiscalía y por la defensa de Begoña Gómez sobre la investigación del citado rescate en este procedimiento.
En un auto de 7 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el instructor afirma que "la primera conclusión, conforme a la lógica, y el sentido común, es que, no es capricho de este instructor buscar posibles hechos delictivos sin fundamento, y si bien, la Audiencia Provincial, en su auto de fecha, 29 de mayo de 2024, determina que, en el momento en el que es dictado dicho auto, por lo que se refiere al bloque fáctico de la denuncia inicial que da comienzo a las presentes diligencias judiciales de investigación, las ayudas otorgadas, por el Gobierno a través del Fondo de solvencia a las empresas estratégicas a la empresa "AIR EUROPA", podrían ser consideradas una conjetura, también se añade en esa resolución de la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, que, "en su momento pueden deparar nuevos datos".
"Pues lo cierto", añade, "es que, derivada de la información que consta públicamente, y recogida en el informe de la Unidad Central Operativa ( Sección de Delitos económicos) de la Guardia Civil, y que se ha expuesto más arriba, no cabe duda de que existen esos nuevos datos, que no investigados, por este instructor, pues ninguna citación, a testigo, investigado, o perito se ha realizado, limitándose a indicar a la policía Judicial, que cumpla las exigencias de lo establecido en el artículo 282 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que es lo que habitualmente, también lleva a cabo, el Ministerio Fiscal, y que, sorprendentemente en esta ocasión, adopta una postura procesal, en la que pone especial énfasis en que no se investigue, por tanto, esta segunda alegación del recurso ha de ser rechazada".
"Sí que existen hechos que, aunque desconocidos inicialmente, lo que permitió a la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid, apreciar como una conjetura la probabilidad de ese bloque de hechos que se contenían en la denuncia inicial, ya ha desaparecido ese carácter de mera conjetura, siendo desde luego, un indicio delictivo, y que, como se verá más adelante, afecta directamente, en cuanto a la participación en los mismos, de la investigada Begoña Gómez Fernández, lo que ha de conducir a que tampoco pueda ser admitido este argumento del Ministerio Fiscal para que su recurso sea estimado", apunta el auto.
"Este Juzgado no está llevando a cabo diligencias de investigación, ni de instrucción, pues no ha citado a declarar a nadie, relacionado con lo que es objeto de ese denominado "bloque fáctico, que en principio parece inverosímil, con los datos de los que se dispone", siendo en ese momento del dictado de esa resolución de la Audiencia una mera conjetura, pero añade, "que en su momento puedan deparar nuevos datos", y como se ha dicho, no se ha citado, judicialmente, a nadie que haya tenido que ver con el rescate de la empresa Air Europa Globalia", ni los responsables de la SEPI, ni ningún miembro del grupo Globalia, o de Air Europa, ni la propia investigada, en relación con dicho rescate, es decir, por el juzgado se ha abstenido de practicar diligencias de instrucción, lo que no empece para que se pida a la UCO de la Guardia Civil, con un dato, que se recoge en su informe de fecha que es el hecho de la coincidencia temporal, en la que la investigada, Begoña Gómez Fernández, coincide en alguna ocasión con el CEO de Air Europa, Javier Hidalgo, incluyéndose en dicho informe fotografías, en las que aparecen ambos, existiendo una proximidad temporal entre ese encuentro y el posterior rescate", señala.
"Que si bien", continúa, "como dice la Audiencia Provincial en el citado auto de 29 de mayo de 2024, pueden ser, entonces meras conjeturas, permite iniciar investigaciones policiales, tendentes a la averiguación de si pueden aparecer esos nuevos datos, y no puede ser considerado como investigación prospectiva, pues son muy concretas y específicas las diligencias de investigación que han de llevar a cabo los miembros de la UCO de la Guardia Civil, que por otra parte, como se ha visto, aunque en el ámbito de otra investigación, fundamentan, la consideración de atribuirle el carácter de indicio, perdiendo el de mera conjetura, por lo que estas alegaciones han de ser rechazadas el recurso del Ministerio Fiscal, debe ser desestimado", subraya.
El ‘palito’ al abogado de Begoña Gómez
Peinado también afirma que "el recurso del Letrado de la investigada, Begoña Gómez Fernández, de una extensión sensiblemente inferior a la del recurso del Ministerio Fiscal, no se sabe, si porque considera que sus argumentos son menos sólidos, o porque confía en que, una vez, más, sea el Ministerio Fiscal, quien, de una manera más intensa e incluso más brillante, desde el punto de vista técnico jurídico, efectúe una defensa de los intereses de la investigada, recoge, en dicho recurso, un relato argumentativo similar, y casi idéntico al del Ministerio Fiscal, tanto de la interpretación que realiza de la providencia como de los argumentos de la tesis de investigación prospectiva, por lo que los fundamentos que se han expuesto más arriba sirven para dar respuesta al mismo , en el sentido de desestimar, igualmente, dicho recurso".
"Se desestiman los recursos de reforma interpuestos por la representación procesal de D./Dña. María Begoña Gómez y del Ministerio Fiscal contra la resolución dictada por este Juzgado el día 22 de marzo de 2025", concluye.
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