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Por qué los trenes no tienen cinturones: la explicación de Renfe ante el debate de la seguridad

La normativa internacional desaconseja su uso: en caso de impacto o descarrilamiento, el bloqueo del viajero en el asiento podría resultar fatal.

Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma | RENFE

El accidente de Adamuz ha reabierto un debate recurrente entre los usuarios: la ausencia de cinturones de seguridad en los vagones de alta velocidad. Mientras que en los autobuses interurbanos su uso es obligatorio y preceptivo, en el ferrocarril la realidad técnica es opuesta. Según la información oficial de Renfe, la instalación de estos dispositivos no solo no está contemplada, sino que las regulaciones internacionales advierten de que "en caso de accidente podrían provocar lesiones importantes".

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El riesgo de la retención mecánica

La postura de la operadora es clara ante las consultas de los viajeros. La estructura de un tren y su comportamiento en un siniestro difieren radicalmente de un vehículo de carretera. En respuesta a usuarios en redes sociales, la compañía ha reiterado que los trenes no disponen de cinturón "porque la normativa internacional lo desaconseja", subrayando que, bajo ciertos escenarios de colisión, "puede ser más peligroso llevarlos que no llevarlos".

El diseño de los asientos ferroviarios se basa en la absorción de energía y en permitir que el cuerpo, en caso de desaceleración brusca, no quede anclado a una estructura que pueda deformarse o quedar sepultada. El cinturón, en este contexto, impediría una evacuación rápida y podría causar daños internos severos al concentrar toda la fuerza del impacto en el abdomen o el tórax.

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Viajar de pie: ¿Cuándo está permitido?

Otro de los puntos que genera incertidumbre es la posibilidad de realizar el trayecto sin asiento asignado. Según las Condiciones Generales de los Contratos de Transporte, los trenes pueden componerse de coches con plazas sentadas, "de pie" o incluso "sin garantía de asiento".

Esta práctica, habitual en Cercanías y Media Distancia Convencional, está regulada por la normativa de Renfe en supuestos muy específicos:

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El seguro de viaje y la ocupación de la plaza

Un dato fundamental para la tranquilidad del usuario tras catástrofes como la de Córdoba es la cobertura legal. El seguro de viaje está vinculado directamente al billete, no a la plaza física. Esto implica que cualquier viajero con un título de transporte válido viaja asegurado, "independientemente de que lo haga de pie o sentado".

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No obstante, en los servicios de Larga Distancia y Alta Velocidad, lo habitual es la asignación de una plaza numerada que incluye coche y número de asiento. La seguridad en estos casos descansa en sistemas como el enclavamiento y la integridad estructural de los coches, más que en la retención individual de los pasajeros.

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