
El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, ha conseguido que el expresidente catalán fugado, Carles Puigdemont, siga dependiendo del presidente del Gobierno Pedro Sánchez para volver a España.
El TC rechazaba este martes suspender las órdenes nacionales de detención que permanecen vigentes en contra de Puigdemont, y los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig por el golpe del 1-O. Esta decisión se tomaba por amplia mayoría, 10 votos a 1, y solo contaba con el voto particular discrepante del magistrado izquierdista Ramón Sáez. En los tres autos aprobados por el Constitucional eran ponentes los magistrados conservadores César Tolosa, Enrique Arnaldo Alcubilla y la magistrada izquierdista Laura Díez.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital aseguran que "Cándido Conde-Pumpido ha conseguido ganar tiempo para Pedro Sánchez, ya que el Pleno del TC aún tardará meses en abordar el fondo del recurso de Puigdemont. Esta decisión permite que el expresidente catalán siga dependiendo de Pedro Sánchez para regresar y por tanto, el presidente del Gobierno tiene una baza para seguir negociando con Junts su apoyo en la legislatura".
"Esta resolución simplemente se ha limitado a aplicar a los tres recurrentes, es decir, a Puigdemont, Comín y Puig, su doctrina constitucional en materia de suspensión cautelar", añaden.
Las mismas fuentes consultadas por LD subrayan que "lo más sorprendente de esta decisión es que Cándido Conde-Pumpido ha aprovechado encima el resultado de 10 votos a 1 para vender esta resolución como una muestra de la supuesta independencia e imparcialidad del Tribunal de garantías. En realidad, ha hecho un favor a Pedro Sánchez".
La Fiscalía ante el Constitucional se mostró contraria a suspender cautelarmente las órdenes de detención acordadas por el Supremo, subrayando que se impuso como consecuencia de su "propia voluntad" por darse a la fuga tras el referéndum ilegal de octubre de 2017.
Por su parte, el propio Puigdemont alegó en su recurso de amparo ante el TC que el Supremo hizo una interpretación extensiva de las excepciones que contempla la ley de amnistía para su aplicación, denunciando una clara "resistencia judicial" a la norma. El expresidente catalán fugado solicitó que se le levantara la orden de detención, argumentando que era "imprescindible" para "garantizar la efectividad del recurso de amparo" contra la decisión del Supremo de no amnistiarle la malversación del 1-O.
Además, añadía, que "plantea una afectación inmediata y de imposible reparación del derecho fundamental a la libertad, con afectación directa al derecho a la libre circulación por todo el territorio de la UE, además del derecho a la participación política al tratarse de un parlamentario electo y en funciones".
Los argumentos del TC
Según explicaba el TC en una nota de prensa, la suspensión de los actos impugnados en amparo constituye una excepción a la regla general de su ejecutividad y, por ello, la posibilidad de suspensión reclamada tiene que ser interpretada con carácter restrictivo. Incidía en que "ese carácter restrictivo ha de serlo particularmente si la adopción de la medida cautelar interfiere en la actividad jurisdiccional de la instancia, lo que sucede cuando se proyecta sobre un procedimiento abierto".
El Constitucional recalcaba que, cuando el objeto de las resoluciones recurridas en amparo condiciona la viabilidad de la medida cautelar, "acceder a su otorgamiento equivaldría a una resolución anticipada del fondo del recurso" y "exigiría efectuar un juicio previo sobre la aplicabilidad" de la ley de amnistía. "La suspensión solicitada produciría un menoscabo del interés general, pues existe un proceso penal abierto y referido a hechos provisionalmente calificados como delitos graves", añadía. Al respecto, el TC ha indicado que la protección de intereses vinculados a la eficacia de la jurisdicción penal y a la investigación de las conductas imputadas "debe prevalecer sobre el perjuicio alegado por los recurrentes en relación con el ejercicio de sus derechos fundamentales".
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