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LD analiza las sentencias de dichas causas poniendo de manifiesto las falsedades vertidas por el senador de Compromís Enric Xavier Morera Catalá.

Las mentiras de un socio comunista de Sánchez sobre Jiménez Losantos

LD analiza las sentencias de dichas causas poniendo de manifiesto las falsedades vertidas por el senador de Compromís Enric Xavier Morera Catalá.

El senador de Compromís, Enric Xavier Morera Catalá, ha señalado al presidente de Libertad Digital, Federico Jiménez Losantos, mintiendo sobre supuestas condenas en procedimientos judiciales.

Este senador comunista, socio de Pedro Sánchez, ha aludido durante su intervención en la Cámara Alta a condenas falsas relacionadas con el exministro de Transportes José Luis Ábalos, la exministra de Igualdad Irene Montero o el exalcalde de Madrid Alberto Ruiz Gallardón.

LD analiza a continuación las sentencias firmes de dichas causas poniendo de manifiesto las falsedades vertidas por el senador de Compromís Enric Xavier Morera Catalá.

Absuelto de la querella de Ábalos

La Audiencia Provincial de Madrid confirmó el pasado mes de abril la victoria judicial del presidente de Libertad Digital, Federico Jiménez Losantos, contra el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, por el caso Delcy Rodríguez. El exdirigente socialista presentó una querella por los comentarios vertidos por Jiménez Losantos durante el programa ‘Es la Mañana de Federico’.

En el caso Delcy Rodríguez se investigó la reunión secreta mantenida por Ábalos en enero de 2020 en el aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas con la nº 2 del régimen venezolano de Nicolás Maduro y la introducción de decenas de maletas sospechosas en nuestro país. El pasado mes de noviembre, el Juzgado de lo Penal nº 3 de Madrid le absolvió de los delitos de calumnias e injurias que le acusaba el exministro de Transportes.

Finalmente, la Sección nº 30 de la Audiencia Provincial de Madrid daba la razón nuevamente a la defensa de Jiménez Losantos dirigida por María Dolores Márquez de Prado. El tribunal confirmaba su absolución y desestimaba el recurso de apelación presentado por Ábalos apuntando que "las palabras del acusado no imputan de forma clara y precisa la comisión de un delito de tráfico de drogas, sino que más bien especulan con el posible contenido de las (supuestas) maletas cuando se expresa, de forma rebuscada y algo confusa -con las imprecisiones propias del lenguaje verbal".

Absuelto tras la demanda de Irene Montero

En mayo de 2021, el Tribunal Supremo desestimaba el recurso presentado por la entonces ministra de Igualdad, Irene Montero, contra la sentencia que absolvió al presidente de LD, Federico Jiménez Losantos, en una demanda por supuesta vulneración del derecho al honor. Además, condenaba a Montero al pago de las costas del recurso de casación.

La Sala de lo Civil daba la razón a la defensa de Jiménez Losantos y rechazaba así el recurso interpuesto por Montero contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid. Dicho tribunal desestimó la demanda de protección del derecho al honor que la actual ministra de Igualdad interpuso contra el presidente de Libertad Digital por unas declaraciones realizadas en su programa de radio, con motivo de la intervención de la entonces portavoz parlamentaria de Podemos en el debate de la moción de censura contra Mariano Rajoy en junio de 2017.

La Sala consideraba que las expresiones cuestionadas están amparadas por el ejercicio de la libertad de expresión ya que iban dirigidas a un personaje público, pues en el momento en que se hicieron, la demandante era dirigente de un partido político, diputada en Cortes y portavoz del grupo parlamentario, y, además, se referían a una cuestión de acentuado interés general, como era su actuación en el Congreso de los Diputados como portavoz del grupo parlamentario que promovió una moción de censura contra el gobierno.

El TEDH le absuelve tras la querella de Gallardón

En junio de 2016, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo daba la razón a Federico Jiménez Losantos frente al Gobierno de España que había tratado de defender a Alberto Ruiz-Gallardón en la querella que interpuso contra el periodista en el año 2006 por "graves insultos". Todos los países que componían el Tribunal votaban contra España por considerar que la multa impuesta en 2008 contra Federico Jiménez Losantos "no es compatible con la libertad de expresión que garantiza el artículo 10 de la Convención".

El caso se remontaba a 2006 cuando el entonces alcalde de Madrid llevó a Federico Jiménez Losantos (entonces director de La Mañana de COPE) ante los tribunales tras acusarle de vulnerar su derecho al honor por insultarle gravemente. La sentencia, emitida en 2008, fijó una multa de 36.000 euros contra el periodista y la Audiencia de Madrid ratificó un año después la condena.

Según la sentencia, las opiniones de Jiménez Losantos se produjeron "en un contexto de debate social sobre una cuestión de interés público (...) Una sanción tal produce por fuerza un efecto disuasivo (...) La utilización de frases vulgares no son, en sí mismas, decisivas para que una expresión sea considerada ofensiva".

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