
El plan trazado por Sumar para reformar el trato a los inmigrantes que llegan ilegalmente a España abre una enorme vía para que no se les pueda expulsar: según la exigencia de Yolanda Díaz a Pedro Sánchez, mientas que haya una denuncia de "malos tratos" por investigar, no se les podría expulsar de España. En resumen, si presentan denuncias, paralizan la expulsión.
Sumar acaba de presentar un enorme coladero para bloquear la expulsión de los inmigrantes que llegan ilegalmente a España. El partido de Yolanda Díaz quiere "aprobar una instrucción en la que se incluya un protocolo de tramitación de quejas y denuncias de malos tratos de las personas privadas de libertad en los centros de internamiento de personas extranjeras". En este protocolo, según los comunistas, "deberá incluirse el principio de realización de una investigación efectiva" y, atención, "la no expulsión de una persona interna mientras se determina si existen indicios de que ha sido víctima de un hecho disciplinariamente reprochable o delictivo, así como la forma de remisión de la información oportuna al juzgado de guardia y al juzgado de control correspondiente, así como al órgano administrativo competente".
Se deberá informar al juzgado de guardia
Sumar da más detalles de su plan: "En virtud de este protocolo, y sin perjuicio del principio de limitación de la expulsión señalado en el párrafo anterior, se deberá informar siempre al juzgado de guardia del tiempo máximo de internamiento pendiente, así como de la fecha prevista de expulsión o repatriación, sí se conoce en el momento de la primera comunicación, o bien posteriormente, si se determina durante la tramitación del eventual procedimiento penal, con el objeto de que se puedan tomar las decisiones oportunas respecto de la paralización de la expulsión". No para acelerarla. No: para bloquearla.
Sumar reclama igualmente "establecer a través de convenios de colaboración o por medio de cualquier otro instrumento normativo, medidas de coordinación interadministrativa que permitan definir mecanismos sanitarios de derivación para los supuestos de traslados de personas internas desde establecimientos dependientes de esa administración a los CIE, con el fin de que los servicios médicos de los mismos puedan conocer desde el momento de su llegada la historia clínica del paciente y, en su caso, el tratamiento prescrito por los equipos de atención sanitaria primaria o especializada del centro de origen".
El testimonio de las víctimas como recurso
Sumar señala que "la Fiscalía indica que los obstáculos más notables con los que se encuentra para clarificar las situaciones descritas tienen que ver con las pruebas testimoniales de las personas extranjeras internadas (incluidas las de la presunta víctima) dado que, en la generalidad de los casos, la ejecución de su repatriación puede ser inminente". Y que, según su idea, "debería en estos casos acudirse a la práctica de la prueba preconstituida ante la autoridad judicial de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Sin embargo, lo que observamos a través de las quejas que recibimos es que en ninguno de los casos se ha pedido la práctica de prueba anticipada".
"Se recuerda asimismo el deber legal que le incumbe a los centros directivos de velar por el respeto a la vida, integridad física y salud de las personas internas, sin que puedan en ningún caso ser sometidas a tratos degradantes o a malos tratos de palabra o de obra y a que sea preservada su dignidad y su intimidad, establecido en el artículo 62.bis.1.) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y que encuentra acomodo en el artículo 53.2 del Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, que establece que la ejecución de las medidas de seguridad se regirá por los principios de proporcionalidad, oportunidad y congruencia, y se llevará siempre a cabo con absoluto respeto al honor, dignidad y demás derechos fundamentales de las personas", afirma el partido de Yolanda Díaz.

