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El Gobierno retuerce el Estatuto de la Fiscalía para evitar "hasta el final" el cese de García Ortiz

García Ortiz y el Gobierno reinterpretan el Estatuto de la Fiscalía para evitar su cese.

García Ortiz y el Gobierno reinterpretan el Estatuto de la Fiscalía para evitar su cese.
La ministra de Sanidad, Mónica García, junto a la ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, este martes en el Palacio de la Moncloa. | EFE

Cuando en 1981 se aprobó el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, nadie contemplaba, ni siquiera el legislador más maquiavélico, que un Fiscal General se iba a atrincherar en su cargo pese a ser procesado y que lo haría con el respaldo del Gobierno.

Fuentes el Ejecutivo sentencian que, pese a su procesamiento ante el Supremo, el respaldo a García Ortiz continuará "hasta el final" porque a día de hoy "no hay pruebas que respalden" y que el auto del magistrado Ángel Hurtado es recurrible. Incluso restan importancia a que el Fiscal General borrase todos los mensajes en Whatsapp y cambiase de terminal para evitar incriminar al Gobierno.

La cuestión es hasta cuándo es el final. Según el artículo cuarenta y cinco del Estatuto de la Fiscalía, estarán incapacitados para su ejercicio de funciones fiscales "los que hayan sido condenado por delito doloso". Teniendo en cuenta que por revelación de secretos le podrían caer hasta cuatro años de prisión, García Ortiz podría perder su condición una vez que haya sido condenado en un proceso que se va a alargar varios meses más.

"Hay un limite legal", admiten en el Ejecutivo que evitan a que el Fiscal General se pueda acoger a otras clausulas contempladas en la norma y que impedirían una mayor degradación institucional. El artículo treinta y uno regula el cese del Fiscal General y afirma que, además del cese del Gobierno que lo ha propuesto, hay otras excepciones como el incumplimiento grave o reiterado de sus funciones.

Varias faltas graves pero de difícil aplicación

Con sus actuaciones, García Ortiz habría incurrido en dos faltas "muy graves" recogidas en el artículo sesenta y dos como "la revelación por el Fiscal de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de éste". Aquí estaría la filtración de los correos con el abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso y que, según el Estatuto, podría haber causado "algún perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona".

Los apartados once y trece recogen que "faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones" y que el "abuso de la condición de Fiscal para obtener un trato favorable e injustificado de las autoridades", también serán considerados una falta grave. Tras el análisis de los mensajes encontrados en el teléfono de la fiscal jefe de Madrid, el Supremo levantó el secreto de sumario y aseguró que García Ortiz tenía un "papel preeminente en la filtración de datos reservados". Días mas tarde, la Guardia Civil informaba que los investigadores habían comprobado que el Fiscal General borró la información de su terminal que pudiera servir para aclarar lo ocurrido en claro intento de obstrucción a la justicia.

Además García Ortiz también habría incluido otras dos faltas graves recogidas según el artículo sesenta y tres. Como, por ejemplo, "el exceso o abuso de autoridad o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos", al filtrar datos de la pareja de Isabel Díaz Ayuso. También "revelar hechos o datos conocidos por el Fiscal en el ejercicio de su función".

Lo que el Estatuto no tenía previsto es que estas sanciones fuesen aplicadas al Fiscal General. De ahí que el artículo sesenta y siete incluya como competentes para la imposición de sanciones al Fiscal Jefe o al Fiscal General del Estado. Incluso puede aplicarlas el Ministro de Justicia pero siempre que venga a propuesta del Fiscal General, previo informe favorable del Consejo Fiscal. La negativa del propio García Ortiz a tramitarlo es clave para impedir este cese.

La junta de fiscales

El choque de García Ortiz con la Junta de Fiscales de Sala también ha aumentado la brecha institucional. Hace unos meses, tras ver cómo el Fiscal General se negaba a declarar ante el Supremo, trece de los 35 miembros de la Junta de Fiscales de Sala, ha pedido su dimisión. El articulo 27 asegura que este órgano tiene un papel fundamental si un Fiscal recibe una orden o instrucción que considere contraria a las leyes. Según el Estatuto "si la orden fuere dada por el Fiscal General del Estado, éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala". Pero que García Ortiz llevó a un choque mayor al enrocarse en no dimitir.

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