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La trampa de los contratos públicos de Barrabés: una fórmula que dispara la nota subjetiva

Un informe revela que la fórmula usada alteraba el peso real del precio, favoreciendo valoraciones técnicas subjetivas en los contratos.

Begoña Gómez | EFE

El informe elaborado por la Intervención General del Estado -dependiente de Hacienda- a petición de la Fiscalía Europea ha explicado a la perfección lo ocurrido después de que Begoña Gómez firmase dos cartas de recomendación para los contratos públicos de Juan Carlos Barrabés. Tras esa firma, casualmente, se pasó a multiplicar por 141 veces el dinero conseguido en contratos públicos. Pues bien, la trampa consiste en una fórmula que dispara la nota subjetiva.

La explicación la detalla la Intervención: "El peso que tienen en la valoración final de las ofertas de los licitadores de los criterios objetivos, evaluables mediante fórmula, y, en particular, el criterio precio, no depende únicamente del porcentaje que se atribuye en los Pliegos a la puntuación económica respecto del total de los criterios de valoración, sino también de la fórmula matemática utilizada para la asignación de las puntuaciones económicas". Tras esa aclaración se describe lo descubierto en la fórmula usada por Red.es, el principal contratista público de Barrabés en aquella etapa.

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"La distribución del peso de los criterios no evaluables mediante fórmula y evaluables mediante fórmula que figura en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares (40% para los primeros y 60% para los segundos), no responde a la realidad del peso de la distribución de ambos tipos de criterios en la distribución de la puntuación", señala el informe remitido ya a la Fiscalía Europea. "Lo anterior implica que los Pliegos en vez de dar certidumbre al proceso han transmitido información errónea a los licitadores", sentencia.

Y hay más: "Lo expuesto en el párrafo anterior es consecuencia de que la fórmula utilizada para valorar el criterio precio opera asignando únicamente la mitad de la puntuación (5 puntos) en función de la proporción entre la baja de licitación de cada oferta y la baja máxima, es decir del "esfuerzo económico del licitador". El resto de los puntos (5 puntos) los reciben todas las ofertas con independencia de la baja que figura en las mismas, e incluso los recibirían si no ofrecieran baja o descuento sobre el precio de licitación", explica.

¿Cuál es el resultado de esta trampa? Pues que "dicha fórmula asigna una puntuación de 5 puntos de los 10 posibles a todos los licitadores, y por tanto la diferencia máxima de puntuación entre la oferta más barata y la más cara es como máximo de 5 puntos". Y, "como consecuencia de lo anterior y teniendo en cuenta que la fórmula aplicada en los criterios establecidos para efectuar la puntuación técnica produce el efecto de que la diferencia máxima de puntos entre la peor oferta técnica y la mejor oferta técnica sea 10 no es posible que la proporción de 40/60 (Técnica/Económica) se pueda cumplir, siendo siempre el peso de la valoración técnica superior al de la económica", concluye el informe. Y en la valoración técnica está la carga subjetiva.

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Una trampa que se unía a una segunda farsa. Porque el informe de la Intervención del Estado añade que hubo "violación de la ley" por parte de Red.es al colarse como experto en el comité que debía informar y valorar los contratos públicos adjudicados al amigo y socio de Begoña Gómez, Juan Carlos Barrabés. Un párrafo del informe resulta especialmente demoledor: "Sin embargo, incumpliendo la Ley, la valoración de los criterios técnicos no evaluables mediante fórmula fueron valorados por la Mesa de Contratación de Red.es, que no era competente para efectuar la valoración". Traducido: la mesa de contratación de Red.es se coló para evaluar los criterios técnicos subjetivos, los "no evaluables mediante fórmula".

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