Abuso de autoridad en el pago del IVA trimestral. Multas de hasta 1.500€ (+)
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Abuso de autoridad en el pago del IVA trimestral. Multas de hasta 1.500€ (+)
Enviado por asolaris el día 20 de Enero de 2014 a las 20:08
La Agencia Tributaria está informando de que a partir del 1 de enero de 2014 no se podrán presentar declaraciones informativas (p. e. pago trimestral del IVA) en papel impreso y que se deberá usar exclusivamente Internet. No hacerlo podrá implicar multas de hasta 1.500€.
http://www.elconfidencialdigital.com/dinero/HACIENDA_0_2201779803.html
Es decir, para presentar sus pagos necesitará un ordenador, una conexión a Internet y obtener el certificado personal de la FNMT (cosa de la que a lo mejor no ha oído hablar en su vida). Después tendrá que aprender a trabajar con certificados y, si no lo ha hecho nunca, va a flipar en colores: no se va a enterar de nada.
Para quitarse el problema de encima la gran mayoría de estos pequeños negocios o autónomos acudirá a una gestoría y les harán entrega de su certificado personal y de la contraseña, inconscientes de las implicaciones que esto tiene. La brecha digital se seguirá ampliando.
Mucha gente que tiene pequeños negocios y se apaña perfectamente con un simple formulario de papel para presentar sus pagos trimestrales. No les toquemos las narices ni los encabronemos simplemente para hacernos más cómodo el trabajo.
Podemos facilitarle un poco la vida al contribuyente pensando las cosas antes de hacerlas: avisar anticipadamente a la gente para mentalizarla (un mes es insuficiente), informar de las ventajas del uso de Internet (1), explicar detalladamente -paso a paso- el nuevo procedimiento y ofrecer temporalmente alternativas.
Hacerlo de la manera en que se está haciendo es un claro ejemplo de abuso de autoridad.
Saludos.
(1) La FNMT cambio su web hace poco pero sigue siendo poco intuitiva. Las informaciones al usuario son confusas y en ocasiones erróneas.
http://www.elconfidencialdigital.com/dinero/HACIENDA_0_2201779803.html
Es decir, para presentar sus pagos necesitará un ordenador, una conexión a Internet y obtener el certificado personal de la FNMT (cosa de la que a lo mejor no ha oído hablar en su vida). Después tendrá que aprender a trabajar con certificados y, si no lo ha hecho nunca, va a flipar en colores: no se va a enterar de nada.
Para quitarse el problema de encima la gran mayoría de estos pequeños negocios o autónomos acudirá a una gestoría y les harán entrega de su certificado personal y de la contraseña, inconscientes de las implicaciones que esto tiene. La brecha digital se seguirá ampliando.
Mucha gente que tiene pequeños negocios y se apaña perfectamente con un simple formulario de papel para presentar sus pagos trimestrales. No les toquemos las narices ni los encabronemos simplemente para hacernos más cómodo el trabajo.
Podemos facilitarle un poco la vida al contribuyente pensando las cosas antes de hacerlas: avisar anticipadamente a la gente para mentalizarla (un mes es insuficiente), informar de las ventajas del uso de Internet (1), explicar detalladamente -paso a paso- el nuevo procedimiento y ofrecer temporalmente alternativas.
Hacerlo de la manera en que se está haciendo es un claro ejemplo de abuso de autoridad.
Saludos.
(1) La FNMT cambio su web hace poco pero sigue siendo poco intuitiva. Las informaciones al usuario son confusas y en ocasiones erróneas.
¿Cuando habla de la web de la FNMT no se referirá a la web de la AEAT por un casual?
Enviado por Papulus el día 20 de Enero de 2014 a las 20:57
Pues no. El certificado se obtiene en la FNMT pero los pagos se hacen en la AEAT. (+)
Enviado por asolaris el día 20 de Enero de 2014 a las 21:12
Es decir, para presentar el IVA trimestral por Internet en la web de la AEAT hay que dsiponer de un certificado digital emitido por la FNMT (no se si vale el certificado incluido en el DNI electríonico).
Vale el DNI electronico y también el certificado emitido por los ayuntamientos que suele ser el certificado de la C. Autónoma.
Enviado por Papulus el día 20 de Enero de 2014 a las 23:35
A quien le interese
Enviado por Papulus el día 20 de Enero de 2014 a las 21:10
NOVEDADES:
•
Para los periodos de liquidación que comiencen
a partir del 1 de enero de 2014 , se
elimina la presentación en papel pre-impreso
de los modelos de autoliquidación 111 y 303.
A partir del 1 de enero de 2015 , para los modelos de autoliquidación 115, 130 y 131
.
•
Para los plazos de presentación que comiencen a partir del 1 de enero de 2014, se elimina la presentación en papel pre-impreso de todas las
declaraciones informativas
.
•
En 2014 se presentan por primera vez los modelos
165 “Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación” y 270
“Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.
Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas”.
•
Para los periodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero de 2014 , el modelo 303 integra los modelos 310, 370 , así como los modelos 311 y 371
.
•
Se permite optar o revocar la aplicación de la prorrata especial en el último modelo 303 del ejercicio, regularizando las deducciones practicadas durante el año natural.
Así, la opción o revocación de la aplicación de la prorrata especial para 2014 podrá realizarse desde el 1 al 30 de enero de 2015.
•
El modelo 390 se podrá presentar mediante el envío de un mensaje SMS , cuando se haya obtenido mediante el programa de ayuda elaborado por la
Agencia Tributaria utilizando el servicio de impresión a través de la sede electrónica
•
Para los periodos de liquidación que comiencen
a partir del 1 de enero de 2014 , se
elimina la presentación en papel pre-impreso
de los modelos de autoliquidación 111 y 303.
A partir del 1 de enero de 2015 , para los modelos de autoliquidación 115, 130 y 131
.
•
Para los plazos de presentación que comiencen a partir del 1 de enero de 2014, se elimina la presentación en papel pre-impreso de todas las
declaraciones informativas
.
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En 2014 se presentan por primera vez los modelos
165 “Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación” y 270
“Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.
Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas”.
•
Para los periodos impositivos que comiencen a partir del 1 de enero de 2014 , el modelo 303 integra los modelos 310, 370 , así como los modelos 311 y 371
.
•
Se permite optar o revocar la aplicación de la prorrata especial en el último modelo 303 del ejercicio, regularizando las deducciones practicadas durante el año natural.
Así, la opción o revocación de la aplicación de la prorrata especial para 2014 podrá realizarse desde el 1 al 30 de enero de 2015.
•
El modelo 390 se podrá presentar mediante el envío de un mensaje SMS , cuando se haya obtenido mediante el programa de ayuda elaborado por la
Agencia Tributaria utilizando el servicio de impresión a través de la sede electrónica
Informese mejor y no se fíe del Confidencial Digital +
Enviado por fecaji el día 20 de Enero de 2014 a las 21:51
No se fíe, porque lo que dice es falso.
Son tan burdos manipulando que entrecomillan una frase para justificar su titular y despues reproducen parte de la carta que está enviando la Agencia Tributaria y en ella se ve que no lo entrecomillado no se ajusta a lo reflejado en la carta.
Claro, que una lectura rápida, como debe haberla hecho usted hace que no se note la diferencia entre uno y otro.
La frase entrecomillada es
“no se podrán presentar declaraciones del IVA en papel impreso”
La frase de la carta es
"no se podran presentar declaraciones informativas en papel impreso". (en papel no impreso supongo que no servirá de mucho)
Si usted es autónomo presentelos antes del día 31 de Enero, ya que a pesar de lo que dice el Confidencial Digital el plazo no termina con el mes, sino el día 30.
Si por Pymes se refiere el Confidencial digital a pequeñas SL, deberían tener en cuenta que esas empresas ya llevan un tiempo sin poder presentar ningún impuesto, ni autoliquidación ni declaración informativa, en papel. Por lo que en su caso no se habrá producido ninguna alarma.
Por si le sirve de algo, ningún empresario tiene porque darle su certificado a gestor o asesor alguno. Salvo que dicho gestor o asesor no este colegiado lo normal es que posean un certificado que les habilita ante la Agencia Tributaria para presentar declaraciones de terceros.
El impreso 390 se puede presentar sin necesidad de tener Certificado Digital.
No obstante, si me parece un abuso el que se obligue a la presentación telemática de los impuestos. Y por supuesto me parece una burla el que encima digan que lo que pretenden es "facilitarnos" nuestras obligaciones fiscales.
El quitarme opciones no es facilitarme nada.
Si quieren que se opte por la presentación telemática, que en las declaraciones informativas ya era prácticamente el único usado, no tienen más que hacer que sea "beneficioso" para el contribuyente el hacerlo de ese modo.
Hace ya unos años, el impreso 190 tenía como plazo el 20 de enero si se declaraban en papel y en los primeros días de Febrero, posteriormente el 30 de Enero, si se declaraba de manera telemática.
Hoy en día si presentas los pagos trimestrales vía telemática tienes tres opciones, si te sale a pagar,
-Fraccionar el pago, igual que si lo presentas en papel.
- Ir al banco. Pagar el impuesto y que te den el NRC. Volver a tu ordenador y presentar el impuesto ante la Agencia Tributaria. En papel te presentas en el banco y pagas el impuesto.
- Domiciliar en tu cuenta bancaria el pago del mismo. Debes tener en cuenta que en ese caso el plazo se termina cinco días antes que si lo haces en papel
No creo que muchos de forma voluntaria se dediquen a presentar las declaraciones trimestrales de manera telemática con estas facilidades.
Son tan burdos manipulando que entrecomillan una frase para justificar su titular y despues reproducen parte de la carta que está enviando la Agencia Tributaria y en ella se ve que no lo entrecomillado no se ajusta a lo reflejado en la carta.
Claro, que una lectura rápida, como debe haberla hecho usted hace que no se note la diferencia entre uno y otro.
La frase entrecomillada es
“no se podrán presentar declaraciones del IVA en papel impreso”
La frase de la carta es
"no se podran presentar declaraciones informativas en papel impreso". (en papel no impreso supongo que no servirá de mucho)
Si usted es autónomo presentelos antes del día 31 de Enero, ya que a pesar de lo que dice el Confidencial Digital el plazo no termina con el mes, sino el día 30.
Si por Pymes se refiere el Confidencial digital a pequeñas SL, deberían tener en cuenta que esas empresas ya llevan un tiempo sin poder presentar ningún impuesto, ni autoliquidación ni declaración informativa, en papel. Por lo que en su caso no se habrá producido ninguna alarma.
Por si le sirve de algo, ningún empresario tiene porque darle su certificado a gestor o asesor alguno. Salvo que dicho gestor o asesor no este colegiado lo normal es que posean un certificado que les habilita ante la Agencia Tributaria para presentar declaraciones de terceros.
El impreso 390 se puede presentar sin necesidad de tener Certificado Digital.
No obstante, si me parece un abuso el que se obligue a la presentación telemática de los impuestos. Y por supuesto me parece una burla el que encima digan que lo que pretenden es "facilitarnos" nuestras obligaciones fiscales.
El quitarme opciones no es facilitarme nada.
Si quieren que se opte por la presentación telemática, que en las declaraciones informativas ya era prácticamente el único usado, no tienen más que hacer que sea "beneficioso" para el contribuyente el hacerlo de ese modo.
Hace ya unos años, el impreso 190 tenía como plazo el 20 de enero si se declaraban en papel y en los primeros días de Febrero, posteriormente el 30 de Enero, si se declaraba de manera telemática.
Hoy en día si presentas los pagos trimestrales vía telemática tienes tres opciones, si te sale a pagar,
-Fraccionar el pago, igual que si lo presentas en papel.
- Ir al banco. Pagar el impuesto y que te den el NRC. Volver a tu ordenador y presentar el impuesto ante la Agencia Tributaria. En papel te presentas en el banco y pagas el impuesto.
- Domiciliar en tu cuenta bancaria el pago del mismo. Debes tener en cuenta que en ese caso el plazo se termina cinco días antes que si lo haces en papel
No creo que muchos de forma voluntaria se dediquen a presentar las declaraciones trimestrales de manera telemática con estas facilidades.
Está pasando ahora lo mismo que cuando se prohibió que los impresos se rellenaran a mano. +++
Enviado por Papulus el día 20 de Enero de 2014 a las 22:22
Aunque esto es mucho más grave y a mi entender totalmente ilegal.
Aunque ya sabemos que hacienda se pasa la legalidad por salva sea la parte.
Aunque ya sabemos que hacienda se pasa la legalidad por salva sea la parte.
Si solo fuese hacienda+
Enviado por fecaji el día 20 de Enero de 2014 a las 22:54
Más grave me parece el que obliguen a sl y sa a recibir las comunicaciones de Hacienda vía electrónica. Sin por supuesto ser ellos responsables si no te llega la notificación a tú correo electrónico. Quedando tu obligado a acudir, al menos cada diez días, a la pagina web correspondiente para ver si has tenido alguna notificación ya que en caso contrario se te considera notificado y empiezan a correr los plazos sin que tu te hayas enterado de nada.
A día de hoy esto solo es obligatorio para Sl y Sa, pero no tardarán mucho en ampliarlo a todo contribuyente.
En la Seguridad Social van a empezar a obligar a los autonomos que alguna vez en su vida, no importa que ahora no, hayan tenido algún trabajador a su cargo a recibir las notificaciones de la seguridad social vía telemática.
A día de hoy esto solo es obligatorio para Sl y Sa, pero no tardarán mucho en ampliarlo a todo contribuyente.
En la Seguridad Social van a empezar a obligar a los autonomos que alguna vez en su vida, no importa que ahora no, hayan tenido algún trabajador a su cargo a recibir las notificaciones de la seguridad social vía telemática.
Ya sabes que los funcionarios, y menos de los de hacienda, no son responsables de nada. +++
Enviado por Papulus el día 20 de Enero de 2014 a las 22:59
La carga que está haciendo la administración sobre los contribuyentes es verdaderamente asquerosa.
Al final provocarán lo que vengo promocionando: "Todos objetores fiscales", y luego laborales, y de todo.
Al final provocarán lo que vengo promocionando: "Todos objetores fiscales", y luego laborales, y de todo.
Gracias por la información. Ya vi que el titular no se ajustaba exactamente al contenido de la carta… (+)
Enviado por asolaris el día 20 de Enero de 2014 a las 22:26
e… pero ¿cuál es diferencia? Lo que entiendo es que, a efectos prácticos, no se admitirán presentaciones en papel del pago del IVA trimestral (por ejemplo). No sé si se me escapa algo...
No suelo fiarme mucho de los periódicos pero en este caso, antes de leer la noticia en el Confidencial Digital, me lo había comentado un autónomo que presentaba el IVA en papel y ahora estaba como loco intentado hacerlo él a través de Internet. Por eso no me extrañó la noticia del Confidencial Digital y di por cierto su contenido.
Tampoco había caído en que el gestorías están habilitados para actuar en nombre de otros, pero en cualquier caso el autónomo o profesional dependerá de un tercero, de una Gestoría (pagando), si no tiene quiere complicarse la vida con certificados e Internet.
Gracias por su interesante aportación.
Saludos.
No suelo fiarme mucho de los periódicos pero en este caso, antes de leer la noticia en el Confidencial Digital, me lo había comentado un autónomo que presentaba el IVA en papel y ahora estaba como loco intentado hacerlo él a través de Internet. Por eso no me extrañó la noticia del Confidencial Digital y di por cierto su contenido.
Tampoco había caído en que el gestorías están habilitados para actuar en nombre de otros, pero en cualquier caso el autónomo o profesional dependerá de un tercero, de una Gestoría (pagando), si no tiene quiere complicarse la vida con certificados e Internet.
Gracias por su interesante aportación.
Saludos.
El pago trimestral del Iva se puede seguir presentando en papel. Los resumenes anuales son los que hay que presentar vía telemática. s/t
Enviado por fecaji el día 20 de Enero de 2014 a las 22:45
A ver si me resumo: entonces...+++
Enviado por delta el día 20 de Enero de 2014 a las 22:59
El 303 (declaración trimestral) se puede presentar como habitual: comprar formulario(?) o validar PDF en AEAT.
El 390 (resumen anual) ¿qué? porque solo he leído que se puede hacer algo así que por predeclaración con SMS.
Porque esto no afecta solo a pequeñas/medianas/pequeño-medianas empresas.
También al agüelico que tiene alquilado un local de 75 m/2 donde antes vendía patatas y ahora lo ha alquilado y le pagan poco y mal.
Cuando lea ésa carta (si sabe leer) se va a de cagar completamente mareao.
El 390 (resumen anual) ¿qué? porque solo he leído que se puede hacer algo así que por predeclaración con SMS.
Porque esto no afecta solo a pequeñas/medianas/pequeño-medianas empresas.
También al agüelico que tiene alquilado un local de 75 m/2 donde antes vendía patatas y ahora lo ha alquilado y le pagan poco y mal.
Cuando lea ésa carta (si sabe leer) se va a de cagar completamente mareao.
Pues ya verá cuando presenté el primer pago de este año y el fontanero le ponga en la factura que está acogido al criterio de caja ++
Enviado por fecaji el día 20 de Enero de 2014 a las 23:32
Ese agüelico no se habrá acogido al criterio de caja, con lo que tendrá que pagar el IVA del alquiler aunque no lo haya cobrado. Pero por contra no se podrá desgravar la factura del fontanero hasta que no le pague. Y no será nada raro que haya quienes no reciban las facturas de su proveedor hasta el último día del trimestre, e incluso los primeros días del siguiente, con lo que no podrán desgravarse esa factura por mucha prisa que se den en pagarla.
Pero volviendo al IVA, en concreto al 390.
Para presentar el resumen anual del iva, modelo 390, va a ser necesario el disponer de un ordenador.
Hay que descargarse el programa correspondiente, que está disponible en la web de la AEAT. No se porque no permiten que se pueda rellenar, al igual que los impuestos trimestrales, directamente en la página de la Agencia Tributaria.
Una vez rellenado, de manera correcta, se obtiene un numero de referencia.
Con ese número de referencia se manda un SMS a la Agencia Tributaria y esta devolverá otro SMS con un CSV (Código seguro de verificación) con lo que ya estará presentado el 390.
Pero volviendo al IVA, en concreto al 390.
Para presentar el resumen anual del iva, modelo 390, va a ser necesario el disponer de un ordenador.
Hay que descargarse el programa correspondiente, que está disponible en la web de la AEAT. No se porque no permiten que se pueda rellenar, al igual que los impuestos trimestrales, directamente en la página de la Agencia Tributaria.
Una vez rellenado, de manera correcta, se obtiene un numero de referencia.
Con ese número de referencia se manda un SMS a la Agencia Tributaria y esta devolverá otro SMS con un CSV (Código seguro de verificación) con lo que ya estará presentado el 390.
Con lo cual, el que se lo va a pasar de puta madre es la familia Blacberry...+++
Enviado por delta el día 20 de Enero de 2014 a las 23:52
Lo que hay que hacer es cagarse en la puta madre de ese medio calvo que se corre hurgando en nuestros bolsillos.
(*) Repito por enésima vez: lo de la madre es una definición del hijoputa de su hijo. Nada que ver con esa señora a la que Dios guarde muchos años.
(**)lógicamente me refiero al calvo de los comics . no al doble de Mortadelo.
(*) Repito por enésima vez: lo de la madre es una definición del hijoputa de su hijo. Nada que ver con esa señora a la que Dios guarde muchos años.
(**)lógicamente me refiero al calvo de los comics . no al doble de Mortadelo.
¿Abuso de qué?
Enviado por Stergano el día 21 de Enero de 2014 a las 12:56
Ud. parece confundir abuso de normativa.
Mire, hace 300 años, las facturas de compra se hacían en papel de envolver el pescado y con un lápiz.
Personalmente, no conozco pequeño comercio alguno que no disponga de ordenador y conexión a Internet, aunque seguro que los hay.
El realizar los trámites con las administraciones sin tener que hacer largas colas es una mejora a todas luces, no creo que nadie oueda negarlo.
¿Que habrá un periodo de transición con problemática varia?
Por supuesto, pero es, como digo, un periodo de transición.
Cuando se implantó la moneda única, recuerdo los "aullidos" de algunos en prensa y en debates, sobre los enormes quebraderos de cabeza que tendrían nuestros mayores.
¿Qué ha pasado?
Pues nade an absoluto, de hecho aquellos abuelos, sería por lo de los céntimos de las pesetillas) lo "cazaron" antes que muchos jóvenes.
Dentro de un año swerá algo completamente natural y recordaremos las viejas y obsoletas prácticas de hoy.
Y si encima las gestorias pueden ganar unos eurillos, pues mejor.
saludos
Mire, hace 300 años, las facturas de compra se hacían en papel de envolver el pescado y con un lápiz.
Personalmente, no conozco pequeño comercio alguno que no disponga de ordenador y conexión a Internet, aunque seguro que los hay.
El realizar los trámites con las administraciones sin tener que hacer largas colas es una mejora a todas luces, no creo que nadie oueda negarlo.
¿Que habrá un periodo de transición con problemática varia?
Por supuesto, pero es, como digo, un periodo de transición.
Cuando se implantó la moneda única, recuerdo los "aullidos" de algunos en prensa y en debates, sobre los enormes quebraderos de cabeza que tendrían nuestros mayores.
¿Qué ha pasado?
Pues nade an absoluto, de hecho aquellos abuelos, sería por lo de los céntimos de las pesetillas) lo "cazaron" antes que muchos jóvenes.
Dentro de un año swerá algo completamente natural y recordaremos las viejas y obsoletas prácticas de hoy.
Y si encima las gestorias pueden ganar unos eurillos, pues mejor.
saludos
No es lo mismo dar facilidades como poner trabas, como es el caso. +++
Enviado por Papulus el día 21 de Enero de 2014 a las 13:32
El facilitar que una declaración ser pueda - a voluntad del contribuyente - presentar por via telemática es, indudablemente, agilizar los trámites "burrocraticos".
Obligar, por narices, a que una declaración, por muy informativa que sea, SOLO se pueda presentar por via telemática, amén de ser un abuso es una solemne cabronada. Independientemente de que el contribuyente - autónomo o empresa - tenga o no ordenador e internet disponible al efecto.
La obligación de la administración es facilitar el acceso a la misma por parte del contribuyente, no el poner trabas y obstáculos a la misma, como viene haciendo desde muy antaño.
Obligar, por narices, a que una declaración, por muy informativa que sea, SOLO se pueda presentar por via telemática, amén de ser un abuso es una solemne cabronada. Independientemente de que el contribuyente - autónomo o empresa - tenga o no ordenador e internet disponible al efecto.
La obligación de la administración es facilitar el acceso a la misma por parte del contribuyente, no el poner trabas y obstáculos a la misma, como viene haciendo desde muy antaño.
Mi vecina tiene un localito alquilado y cobra 300€ de alqulier al mes,mas el 21% de iva.+++
Enviado por Soyfierr el día 21 de Enero de 2014 a las 18:55
hasta ahora le he ayudado a hacer las declaraciones trimestrales y la anual. ayer hicimos la del 4º trimestre en papel para llevar al banco a pagar y el resumen anual lo hice con el PIN24horas que se obtiene con una clave que le mandaron a la mujer y su dni.
Nadie me ha sabido decir si el proximo trimestre lo tengo que hacer por ordenador o se podrá seguir rellenando el papel para pagar en el banco.
Menos mal que mi vecina ne tiene a mí pero me imagino cientos de casos en lso que ir a una gestoría le saldrá más caro que lo que ingresen. Lo mas facil les será no hacer la declaración y pasarse al negro.
slds
Nadie me ha sabido decir si el proximo trimestre lo tengo que hacer por ordenador o se podrá seguir rellenando el papel para pagar en el banco.
Menos mal que mi vecina ne tiene a mí pero me imagino cientos de casos en lso que ir a una gestoría le saldrá más caro que lo que ingresen. Lo mas facil les será no hacer la declaración y pasarse al negro.
slds
Pasarse al negro es pura defensa propia.
Enviado por Papulus el día 21 de Enero de 2014 a las 19:52
A ver si me aclaro ++
Enviado por fecaji el día 21 de Enero de 2014 a las 19:24
Hasta el momento, desde hace ya unos años, se podían presentar las declaraciones informativas tanto en papel, en papel preimpreso, y de manera telemática. El 390 también se podía, yse puede, vía SMS mediante predeclaración.
Desde este momento solo se pueden presentar vía telemática (o mediante SMS si se trata del 390).
Y pretenden vendernoslo como una apuesta del gobierno por facilitarle a los contribuyentes sus obligaciones fiscales.
¿Usted considera una mejora el que nos prohiban una de las formas que teníamos hasta el momento de presentar las declaraciones informativas?
Desde este momento solo se pueden presentar vía telemática (o mediante SMS si se trata del 390).
Y pretenden vendernoslo como una apuesta del gobierno por facilitarle a los contribuyentes sus obligaciones fiscales.
¿Usted considera una mejora el que nos prohiban una de las formas que teníamos hasta el momento de presentar las declaraciones informativas?
Veamos ++
Enviado por Stergano el día 21 de Enero de 2014 a las 19:41
Pues mire, todo lo ques ea en favor de una administración más ágil, donde desaparezcan las odiosas colas, me parece una mejora y desde luego lo considero una facilidad más para el conribuyente.
Si a Ud. le parece bien, claro.
Que haya gente que prefiera lo contrario, pues lo respeto, pero ni lo entiendo ni lo comparto.
Saludos
Si a Ud. le parece bien, claro.
Que haya gente que prefiera lo contrario, pues lo respeto, pero ni lo entiendo ni lo comparto.
Saludos
Respondiendo a... Veamos ++
Enviado por Papulus el día 21 de Enero de 2014 a las 19:55
Una administración más agil no se consigue imponiendo - via sanciones - la presentación telemática.
Bastante nos cuesta la administración para que quieran transpasar la carga de trabajo a los ciudadanos.
Bastante nos cuesta la administración para que quieran transpasar la carga de trabajo a los ciudadanos.
Le repito la pregunta, +++
Enviado por fecaji el día 21 de Enero de 2014 a las 20:11
¿Usted considera una mejora el que nos prohiban una de las formas que teníamos hasta el momento de presentar las declaraciones informativas?
Si usted odia las colas, algo que yo también, ya podía presentar de manera telemática los resúmenes anuales de los distintos impuestos.
Antes podía presentarlos de manera telemática, evitándome las odiosas colas, y en papel, ahora solo lo puedo presentar vía telemática. Usted dice que eso le parece una facilidad más para el contribuyente. La verdad, no veo donde está esa mejora.
Si preferir lo contrario es preferir el tener distintas opciones para presentar mis declaraciones, pues soy de los que prefieren lo contrario. Ahora, si usted es de los que prefiere que el gobierno le limite las posibilidades y le imponga una determinada y única manera de realizar las gestiones ante la administración, no dude que yo también respeto esa preferencia. Pero entenderá que ni la entienda ni la comparta. Y mucho menos que considere que esa limitación sea darme facilidades.
A mi es que eso de que el gobierno me prohíba hacer algo por mi bien me suele rechinar bastante.
Si usted odia las colas, algo que yo también, ya podía presentar de manera telemática los resúmenes anuales de los distintos impuestos.
Antes podía presentarlos de manera telemática, evitándome las odiosas colas, y en papel, ahora solo lo puedo presentar vía telemática. Usted dice que eso le parece una facilidad más para el contribuyente. La verdad, no veo donde está esa mejora.
Si preferir lo contrario es preferir el tener distintas opciones para presentar mis declaraciones, pues soy de los que prefieren lo contrario. Ahora, si usted es de los que prefiere que el gobierno le limite las posibilidades y le imponga una determinada y única manera de realizar las gestiones ante la administración, no dude que yo también respeto esa preferencia. Pero entenderá que ni la entienda ni la comparta. Y mucho menos que considere que esa limitación sea darme facilidades.
A mi es que eso de que el gobierno me prohíba hacer algo por mi bien me suele rechinar bastante.