La sentencia de DD HH ¿Anula la dotrina Parrot.. o solo su aplicacion retroactiva...?
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La sentencia de DD HH ¿Anula la dotrina Parrot.. o solo su aplicacion retroactiva...?
Enviado por Hartado el día 21 de Octubre de 2013 a las 17:49
Creo que no es lo mismo....
Y mal pienso que desean hacérnoslo creer...
Porque ¿Qué tiene que ver una sentencia, con una aplicación penitenciaria de la misma, por otro departamento ?
Y mal pienso que desean hacérnoslo creer...
Porque ¿Qué tiene que ver una sentencia, con una aplicación penitenciaria de la misma, por otro departamento ?
Da igual, el gobierno está loco por soltar a todos los etarras. Así tienen la excusa perfecta
Enviado por speeds3 el día 21 de Octubre de 2013 a las 19:48
No hace falta que la anule++
Enviado por Stergano el día 21 de Octubre de 2013 a las 20:04
El tribunal europeo simplemente ha dado la razón a una etarra y ciondena a España a indemnizarla con 31.500 euros y a excarcelarla.
Al sentar jurisprudencia, toda esa gentuza, individualmente, puede realizar el mismo procedimiento y el TEDH le dará la razón.
Que salgan de la carcel o no salgan dependerá de nuestro TS pero al ser este, al igual que el TC, un tribunal cuyos miembros están profundamente politizados, al final va a depender de quien gobierne en el pais.
Una cosa son las leyes y otra distinta su interpretación.
saludos
Al sentar jurisprudencia, toda esa gentuza, individualmente, puede realizar el mismo procedimiento y el TEDH le dará la razón.
Que salgan de la carcel o no salgan dependerá de nuestro TS pero al ser este, al igual que el TC, un tribunal cuyos miembros están profundamente politizados, al final va a depender de quien gobierne en el pais.
Una cosa son las leyes y otra distinta su interpretación.
saludos
Si esos jueces de mierda, ++
Enviado por quejio el día 21 de Octubre de 2013 a las 21:16
Hubieran sido honestos y hubieran tenido en cuenta la realidad entenderían por lógica que la reducción de penas en la ley de 1973 solo se refería de hecho a robagallinas y los sentenciados por causas de peleas y delitos similares.
Porque en 1973 a los asesinos le daban garrote vil y a los delicuentes socialmentye peligrosos, aunque no fueran asesinos, los metían en la cárcel para siempre.
Y que hay que ser mas bárbaros que los mismos terroristas para propiciar que la pena por un asesinato no llegue ni a un año de cárcel.
Saludos
Porque en 1973 a los asesinos le daban garrote vil y a los delicuentes socialmentye peligrosos, aunque no fueran asesinos, los metían en la cárcel para siempre.
Y que hay que ser mas bárbaros que los mismos terroristas para propiciar que la pena por un asesinato no llegue ni a un año de cárcel.
Saludos
Dicho de otro modo: estos jueces han demostrado que valoran en nada la videa de las personas. Saludos
Enviado por quejio el día 21 de Octubre de 2013 a las 21:20
De la sentencia del tribunal de la Haya, prefiero no opinar. Todo el asunto suena de forma asquerosamente a politiqueo.
Enviado por LABATALL el día 21 de Octubre de 2013 a las 20:13
Parece ser que no ha distinguido entre sentencia y forma de redimir la pena impuesta en la sentencia. Que no se entiende porque tiene que entrar en ese asunto cuando nunca habia entrado.
Enviado por LABATALL el día 22 de Octubre de 2013 a las 00:08
buena pregunta - a la que no tengo respuesta. No obstante, respecto la retroactividad de la ley con un saludo (++)
Enviado por euterpe el día 22 de Octubre de 2013 a las 09:34
una repetición:
con palabras de quejo: 'no es tan fácil' sobre todo por
uno de los principios sobre el se basa la aplicación de
la ley, su 'irretroactividad' (++)
Enviado por euterpe en 2013-22-10 09:30
o sea, que los efectos de una ley sólo pueden tener
consecuencias a partir de la fecha de su promulgación
pero nunca hacia atrás en el tiempo.
Solo así está garantizada la seguridad y estabilidad
jurídicas y - al final - el orden público.
No obstante, puede que existan excepciones que,
como dicen, confirman la regla, puede que los juristas
españoles encuentren interpretaciones que impiden la
aplicación individual o generalizada de esta sentencia
o que simplemente, el estado como parte, se niegue
en aplicarla. No sería la primera vez que en España u
otro país eso ocurriera.
¡ Qué así sea !
por cierto, ¿dónde estará el Sr. Kie?
¿Qué dirá?
sólo una breve opinión con indignación compartida
y un saludo
con palabras de quejo: 'no es tan fácil' sobre todo por
uno de los principios sobre el se basa la aplicación de
la ley, su 'irretroactividad' (++)
Enviado por euterpe en 2013-22-10 09:30
o sea, que los efectos de una ley sólo pueden tener
consecuencias a partir de la fecha de su promulgación
pero nunca hacia atrás en el tiempo.
Solo así está garantizada la seguridad y estabilidad
jurídicas y - al final - el orden público.
No obstante, puede que existan excepciones que,
como dicen, confirman la regla, puede que los juristas
españoles encuentren interpretaciones que impiden la
aplicación individual o generalizada de esta sentencia
o que simplemente, el estado como parte, se niegue
en aplicarla. No sería la primera vez que en España u
otro país eso ocurriera.
¡ Qué así sea !
por cierto, ¿dónde estará el Sr. Kie?
¿Qué dirá?
sólo una breve opinión con indignación compartida
y un saludo
Lo que dice es que si quieres cambiar la ley, la cambies, no la retuerzas (s/t)un saludo
Enviado por NH3 el día 22 de Octubre de 2013 a las 13:00
Lo veremos pronto. Hay condenados a los que se les aplicó la doctrina Parot que piden ser liberados y habían sido condenados después de que el TC la validase. Ahí no hay retroactividad ni nada parecido.Un saludo
Enviado por asurbani el día 22 de Octubre de 2013 a las 16:24