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No nos sofoquemos. El código penal del 1973 (Viva Franco y lo que dure) fijaba que todo juzgado noi cumpliria mas de 30 años de prision. Redimiendo un dia, por cada dos de "trabajo" se puede reducir a 20 años. Un triunfo de los reinsertadores, que Feli

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No nos sofoquemos. El código penal del 1973 (Viva Franco y lo que dure) fijaba que todo juzgado noi cumpliria mas de 30 años de prision. Redimiendo un dia, por cada dos de "trabajo" se puede reducir a 20 años. Un triunfo de los reinsertadores, que Feli
Enviado por Hartado el día 13 de Noviembre de 2013 a las 22:28
Además, como esos 20 años, han sido cotizados... ya tiene derecho a cobrar paro en un caso, jubilación en otros.

No sé que año, se acabó con esa reinserción de todos.
Que era creíble con los delincuentes antiguos, "privados", "individuales", pero no lo es -a mi para menos- con la delincuencia organizada y psicotica...

Es absurdo que no se supiera desde 1977... pero así se nos tiene a la gente. Quien no sabe, no sufre... Hasta que a unos les toca sufrir., Y mucho, mucho, mucho.
que Felipe Gonzalez , creo que mantuvo.. (fin parrafo)
Enviado por Hartado el día 13 de Noviembre de 2013 a las 22:29
Que si, que si, pero a los asesinos los suelta Rajoy
Enviado por speeds3 el día 13 de Noviembre de 2013 a las 22:42
se les escapa el detalle de que habia pena de muerte como contrapeso. al quitarla se quedo coja la justicia(jus,jus,jus)
Enviado por Soyfierr el día 13 de Noviembre de 2013 a las 22:56
No, si penba de muerte la ha seguido habiendo, pero la aplicaban "los hombres de PaZZZ" de la zurda (y sin juicio -como los GAL -zález- ) s/t
Enviado por falc el día 14 de Noviembre de 2013 a las 09:11
No es así sr. Hartado ++
Enviado por quejio el día 13 de Noviembre de 2013 a las 23:28
El art.100 de ese Código penal dice "Podrán redimir su pena por el trabajo, desde que sea firme la sentencia respectiva, los reclusos condenados a reclusion, presidio y prisión. Al recluso trabajador se abonará, para el cumplimiento de la pena impuesta, un dia por cada dos de trabajo..."

Como se puede ver, sin lugar a equívocos, el "abono" de un día por cada dos de trabajo se descontará de la pena IMPUESTA (que pueden ser 6o años, por ejemplo) pero no sobre el el límite máximo de la pena a cumplir (que son 30 años). Pero por los motivos que sea, aquí se venia haciendo lo segundo.

Y ninguna jurisprudencia -y mucho menos ninguna instancia administrativa- puede cambiar ni tumbar la voluntad -inequívocamente expresada- del legislador porque eso es atentar contra la seguridad jurídica.

Si antes de que estos asesinos cometieran sus atrocidades, las autoridades penitenciarias venian aplicando mal la redención de penas será un problema administrativo, pero en ningún modo puede constituirse en jurisprudencia que solo pueden determinarla los jueces en aplicación de la ley.

Aquí lo que se ha hecho es restablecer un error administrativo en beneficio de unos asesinos, y no restablecer el mandato de la ley en favor de las víctimas.

Saludos
Gracias por su aclaracion, que hallo la lógica. ¿Cuando, quien comenzó tergiversarla? ¿quien mantuvo el malentendido? Ah.. Gracias. s/t
Enviado por Hartado el día 14 de Noviembre de 2013 a las 08:25
Además, si mal no recuerdo, el legilador del 73 no contemplaba +++
Enviado por Papulus el día 14 de Noviembre de 2013 a las 13:50
el agrupamiento de penas en una sola. Si habia 25 asesinatos eran 25 penas distintas las que se tenían que aplicar, no una de 3000 años que con la modificación doctrinal del 83 se quedaban en 30 de cumplimiento efectivo máximo.

Vamos, que a partir de entonces, eso de asesinar a muchos sale casi gratis.
edito: legislador.
Enviado por Papulus el día 14 de Noviembre de 2013 a las 13:51
Lo increíble es que no hubiera cadena perpetua y sí pena de muerte (que se aplicó en contadísmos casos). Todos los países del entorno tenían y tienen cadena perpetua s/t
Enviado por Deveraux el día 14 de Noviembre de 2013 a las 10:32
O sea... salen a los 20, 24, 26 años de estar presos... Cuando hubieran salido a los 30, de todas , todas... Buenas rebajas, pero soslo rebajas
Enviado por Komodon9 el día 16 de Noviembre de 2013 a las 10:53
Por cierto.. ¿estando encarcelado no se puedne cometer delitos? Nuevos delitos, merecedores de nuevas penas ¿?¿?