No se puede aplicar de forma retroactiva un cambio en la ley que se produjo en 2006 a presos que habían sido detenidos antes.
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No se puede aplicar de forma retroactiva un cambio en la ley que se produjo en 2006 a presos que habían sido detenidos antes.
Enviado por broth80 el día 27 de Octubre de 2013 a las 00:09
Es de cajón. Es un principio básico de nuestra civilización. El principio de
irretroactividad de la ley.
irretroactividad de la ley.
Eso porque lo dices tu. Unas veces, lo que dicen ese club de retroprogres se hace cuando conviene y otras veces no, cuando no conviene.
Enviado por McAlvar el día 27 de Octubre de 2013 a las 01:10
Tipico baremo celtibérico, capaces de hacer eso y lo que sea, aunque se a estúpido, ilógico. nefasto, injusto y una mera opinión.
O sea que entoces deberían poner en la calle y vetarles de por vida de la carrera jucidial a los fantásticos jueces y juristas' 'mindundis del TC, por haber decidio al contrario a sabieneddas o por ignorancia e incmpetnetcia profesional.
Nni que fuese otro leguleyo Nobel en derecho absurdo.
O sea que entoces deberían poner en la calle y vetarles de por vida de la carrera jucidial a los fantásticos jueces y juristas' 'mindundis del TC, por haber decidio al contrario a sabieneddas o por ignorancia e incmpetnetcia profesional.
Nni que fuese otro leguleyo Nobel en derecho absurdo.
¿principio básico de nuestra civilización?. En todo caso lo será de TU civilización etarra. ¿Que lo dice en el artículo 9 de la Consti?. Es cuando menos interpretable y por supuesto modificable...+++
Enviado por ceroabso el día 27 de Octubre de 2013 a las 06:13
¿Quienes os habéis creido que sois para presuponer
supuestos inamovibles de civilización que además
son falsos?.
¿Acaso la civilización es vuestra como Fraga?.
SÍ se puede aplicar retroactividad a las penas, si
queremos hacerlo y ninguna supuesta Ley Natural
puede prevalecer si nosotros queremos doblegarla o
cambiarla, porque la soberanía reside en....
NOSOTROS.
Entonces tienes que elegir, y no te escondas en
supuestas leyes no escritas o mal escritas o
reformables.
¿QUIERES LA APLICACIÓN DE RETROACTIVIDAD EN
LAS PENAS?
¿SI O NO?.
¿ESTAS CON ETA O CONTRA ETA Y SUS
SUBTERFUGIOS JURÍDICOS?
¿SI O NO?
Vota y elige.
La soberanía reside en el pueblo español, no en
juristas de Moldavia, Montenegro, España y otros.
supuestos inamovibles de civilización que además
son falsos?.
¿Acaso la civilización es vuestra como Fraga?.
SÍ se puede aplicar retroactividad a las penas, si
queremos hacerlo y ninguna supuesta Ley Natural
puede prevalecer si nosotros queremos doblegarla o
cambiarla, porque la soberanía reside en....
NOSOTROS.
Entonces tienes que elegir, y no te escondas en
supuestas leyes no escritas o mal escritas o
reformables.
¿QUIERES LA APLICACIÓN DE RETROACTIVIDAD EN
LAS PENAS?
¿SI O NO?.
¿ESTAS CON ETA O CONTRA ETA Y SUS
SUBTERFUGIOS JURÍDICOS?
¿SI O NO?
Vota y elige.
La soberanía reside en el pueblo español, no en
juristas de Moldavia, Montenegro, España y otros.
pues no, guste o no, los efectos de una ley sólo pueden tener consecuencias a partir de la fecha de su promulgación pero nunca hacia atrás en el tiempo.(++)
Enviado por euterpe el día 27 de Octubre de 2013 a las 11:20
repetición:
http://www.libertaddigital.com/foros/pre_view.php?
site=forosdelibertaddigital&bn=forosdelibertaddigital_
nacionalforos&key=1382427464
"... teniendo en cuenta la votación del Tribunal ¿no
puede ser - como pienso - que la justa indignación se
debe al principio de la irretroactividad de la ley? (++)
Enviado por euterpe en 2013-22-10 09:37
de la que se fundamentaron los romanos?
con un cordial saludo una repetición.
con palabras de quejo: 'no es tan fácil' sobre todo por
uno de los principios sobre el se basa la aplicación de
la ley, su 'irretroactividad' (++)
Enviado por euterpe en 2013-22-10 09:30
o sea, que los efectos de una ley sólo pueden tener
consecuencias a partir de la fecha de su promulgación
pero nunca hacia atrás en el tiempo.
Solo así está garantizada la seguridad y estabilidad
jurídicas y - al final - el orden público.
No obstante, puede que existan excepciones que,
como dicen, confirman la regla, puede que los juristas
españoles encuentren interpretaciones que impiden la
aplicación individual o generalizada de esta sentencia
o que simplemente, el estado como parte, se niegue
en aplicarla. No sería la primera vez que en España u
otro país eso ocurriera.
¡ Qué así sea !
por cierto, ¿dónde estará el Sr. Kie?
¿Qué dirá?
sólo una breve opinión con indignación compartida
y un saludo"
http://www.libertaddigital.com/foros/pre_view.php?
site=forosdelibertaddigital&bn=forosdelibertaddigital_
nacionalforos&key=1382427464
"... teniendo en cuenta la votación del Tribunal ¿no
puede ser - como pienso - que la justa indignación se
debe al principio de la irretroactividad de la ley? (++)
Enviado por euterpe en 2013-22-10 09:37
de la que se fundamentaron los romanos?
con un cordial saludo una repetición.
con palabras de quejo: 'no es tan fácil' sobre todo por
uno de los principios sobre el se basa la aplicación de
la ley, su 'irretroactividad' (++)
Enviado por euterpe en 2013-22-10 09:30
o sea, que los efectos de una ley sólo pueden tener
consecuencias a partir de la fecha de su promulgación
pero nunca hacia atrás en el tiempo.
Solo así está garantizada la seguridad y estabilidad
jurídicas y - al final - el orden público.
No obstante, puede que existan excepciones que,
como dicen, confirman la regla, puede que los juristas
españoles encuentren interpretaciones que impiden la
aplicación individual o generalizada de esta sentencia
o que simplemente, el estado como parte, se niegue
en aplicarla. No sería la primera vez que en España u
otro país eso ocurriera.
¡ Qué así sea !
por cierto, ¿dónde estará el Sr. Kie?
¿Qué dirá?
sólo una breve opinión con indignación compartida
y un saludo"
Otra que niega la retroactividad si los españoles decidimos que SÍ se puede aplicar retroactividad.. La soberanía española está por encima de Europa, y los tribunales europeos y españoles. Y por encima de las claudicantes como usted...+++
Enviado por ceroabso el día 27 de Octubre de 2013 a las 13:29
Los españoles podemos derogar el convenio con el
Tribunal de Derechos Terroristas de Europa e incluso
salir de Europa.
Los españoles podemos modificar la Constitución.
Los españoles podemos salir de Naciones Unidas si
así lo decidimos y nos da la gana.
Si los españoles decidimos que se puede aplicar
retroactividad a las penas, ni usted ni nadie nos
podrá obligar a lo contrario salvo que se alíe con los
etarras y los poderes fácticos que los han
protegido. Es decir matándonos a más victimas.
¿Estas con ETA o estás contra ETA?.
Tu ya has elegido.
Yo también.
Tribunal de Derechos Terroristas de Europa e incluso
salir de Europa.
Los españoles podemos modificar la Constitución.
Los españoles podemos salir de Naciones Unidas si
así lo decidimos y nos da la gana.
Si los españoles decidimos que se puede aplicar
retroactividad a las penas, ni usted ni nadie nos
podrá obligar a lo contrario salvo que se alíe con los
etarras y los poderes fácticos que los han
protegido. Es decir matándonos a más victimas.
¿Estas con ETA o estás contra ETA?.
Tu ya has elegido.
Yo también.
Pues no, no se cambia nada. Simplemente se interpreta que una sentencia X, que dice que un malnacido hijo de perra deshumanizado por una ideología, que cumpliendo órdenes de otro malnacido en la clandestinidad se dedica a asesinar gente normal
Enviado por McAlvar el día 27 de Octubre de 2013 a las 17:53
Pues no, no se cambia nada. Simplemente se interpreta que una sentencia X, que dice que un malnacido hijo de perra deshumanizado por una ideología, que cumpliendo órdenes de otro malnacido en la clandestinidad se dedica a asesinar gente normal y útil para la sociedad y con derecho a su vida y su felicidad, tiene que cumplir cuatrovencientos años
Hasta ahí punto. Luego cuando llega la hora de salir se dice que no, que los créditos por años de no sé que servicios o actividad carcelaria, se computan por cada delito. Correcta interpretación y con jurisprudencia. Que venga unos mindundis a cuestionarlo no cambia nada, salvo que hay gentuza en el gobierno y judicatura, compinchados y con intereses comunes para ello, miren para otro lado compungidos y pretendan aferrarse a la compresión de las víctimas. Hay que tener bazo y se cínico hijo de perra para ser tan cobarde, miserable y malnacido.
Si tienen miedo a eta, que no acepten cargos en el gobierno y la judicatura. Los españoles no debieran votar a gentuza ambigua y cobarde que les va a engañar y servirse de ellos, para obtener pingues beneficios y prebendas, en exceso de los que valen. Se quiere a gente que hace lo que dice que va a hacer y defender la integridad y derechos cívicos, sociales, económicos, políticos y territoriales de todos los españoles y no se deja chantajear por ningún grupo fanatizado por una ideología o religión y menos abyecta cuando es y criminal excluyente y criminal.
Por lo demás una opinion de un club de oportunistas, puestos en el por artilugios politicos, para darle a palo y al son de quien les pone, es una opiniónm, llamese opinión o fallo y no tien poder ejecutivo, ni moran el este caso. Defenderlo es absurdo y mezquino. Así nos va, por seguir a los pastores a cualqueir pastorcillo de mierda.
Hasta ahí punto. Luego cuando llega la hora de salir se dice que no, que los créditos por años de no sé que servicios o actividad carcelaria, se computan por cada delito. Correcta interpretación y con jurisprudencia. Que venga unos mindundis a cuestionarlo no cambia nada, salvo que hay gentuza en el gobierno y judicatura, compinchados y con intereses comunes para ello, miren para otro lado compungidos y pretendan aferrarse a la compresión de las víctimas. Hay que tener bazo y se cínico hijo de perra para ser tan cobarde, miserable y malnacido.
Si tienen miedo a eta, que no acepten cargos en el gobierno y la judicatura. Los españoles no debieran votar a gentuza ambigua y cobarde que les va a engañar y servirse de ellos, para obtener pingues beneficios y prebendas, en exceso de los que valen. Se quiere a gente que hace lo que dice que va a hacer y defender la integridad y derechos cívicos, sociales, económicos, políticos y territoriales de todos los españoles y no se deja chantajear por ningún grupo fanatizado por una ideología o religión y menos abyecta cuando es y criminal excluyente y criminal.
Por lo demás una opinion de un club de oportunistas, puestos en el por artilugios politicos, para darle a palo y al son de quien les pone, es una opiniónm, llamese opinión o fallo y no tien poder ejecutivo, ni moran el este caso. Defenderlo es absurdo y mezquino. Así nos va, por seguir a los pastores a cualqueir pastorcillo de mierda.
Es un principio lógico que viene recogido incluso en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. s/t
Enviado por broth80 el día 27 de Octubre de 2013 a las 16:04
Es una lástima que nuestra Democracia no permita la cadena perpetua. Pero es que claro, somos imperfectos.
Enviado por Azteca el día 27 de Octubre de 2013 a las 10:18
Puestos a soltar payasadas, éste es un as: "principio básico de nuestra civilización" dice el anormal. La ley del 73 habla de 30 años como tope y esta hdp ha salido antes +
Enviado por Deveraux el día 27 de Octubre de 2013 a las 10:55
Los "beneficios penitenciarios" se aplican sobre
TODA la pena, no sobre los 30 años, según esa ley.
Es que no hace falta la puta doctrina Parot, con
aplicar el tope, sobre todo para grandes crímenes,
ya estaba.
Pero anormales como tú, broth, os opusisteis
siempre a eso de "cumplir las penas íntegras" y
decíais que era reaccionario, como ya dijo Zapo en
el 91... ya en el 91 cuando era senador.
Gentuza como tú, siempre soltando paridas de
analfabetos para provocar.
Lo que llevo diciendo es que la ley del 73 debió
derogarse en el 78, bien subiendo el tope a 50 años
o cadena perpetua como tienen todos los países
serios de occidente.
Que te den, bobobroth
TODA la pena, no sobre los 30 años, según esa ley.
Es que no hace falta la puta doctrina Parot, con
aplicar el tope, sobre todo para grandes crímenes,
ya estaba.
Pero anormales como tú, broth, os opusisteis
siempre a eso de "cumplir las penas íntegras" y
decíais que era reaccionario, como ya dijo Zapo en
el 91... ya en el 91 cuando era senador.
Gentuza como tú, siempre soltando paridas de
analfabetos para provocar.
Lo que llevo diciendo es que la ley del 73 debió
derogarse en el 78, bien subiendo el tope a 50 años
o cadena perpetua como tienen todos los países
serios de occidente.
Que te den, bobobroth
pues, sí ... (+++)
Enviado por euterpe el día 27 de Octubre de 2013 a las 11:17
"Pues sí. La excusa jurídica del asunto es la
retroctividad de la norma. Sin embargo, el Tribunal
Constitucional español ya dijo en su día que no había
conculcación de los principios
Enviado por Hefesto en 2013-22-10 11:09
constitucionales y esto, por sí solo, debería haber
sido suficiente para conseguir el apoyo entusiasta
de la izquierda mediática, política y judicial a una
cuestión que es de simple proporcionalidad –aunque,
en verdad, limitada- entre victimarios y víctimas. No
se trata de que un cierto tipo de crimen tenga una
consideración distinta ni de que los hechos probados
sean sometidos a rejudialización sino de que las
penas establecidas sean cumplidas de acuerdo con
un criterio más acorde con el sentido de la justicia
del común de los ciudadanos. No es que al criminal
se le cambie aquello que es considerado delito, ni
que se altere el castigo por cada delito cometido
(como si, en realidad, el delincuente fuera a
considerar que si se le acotaba la condena por el
total de la pena en lugar de por cada delito valía la
pena delinquir y si no, no) sino que el beneficio que
la sociedad está dispuesta a otorgar con un
determinado criterio de cumpliento está limitado por
razones de interés general y de estricta justicia."
Pues no...
Enviado por broth80 el día 27 de Octubre de 2013 a las 16:11
"Allí donde se admite la retroactividad de las
leyes, no sólo dejará de existir la seguridad, sino
incluso su sombra" (Jean-Étienne-Marie Portalis)
leyes, no sólo dejará de existir la seguridad, sino
incluso su sombra" (Jean-Étienne-Marie Portalis)
Es que a efectos teóricos no es un cambio de ley+
Enviado por percebep el día 27 de Octubre de 2013 a las 14:03
si no de interpretación de la ley. La "Doctrina Parot" no es una ley, si no un parche del Supremo y Constitucional donde se establece la "correcta" lectura de la ley. Pero no es una ley... aunque funcione como tal. Tampoco es una ley nueva la decisión del Constitucional de excarcelar a la mesa de HB.... pero en la práctica como si lo fuera, ya que en el fallo todo estaba bien ( lo que se les estaba aplicando , y por lo tanto tenían que seguir en prisión según lo establecido en el Código Penal ).... pero les parecía "duro" y casi mejor que soltarlos.
En una nación con la política y la justicia entrelazadas en la podredumbre no es raro que la justicia haga de "poder legislativo", y haga las funciones de legislador, sin serlo. La "doctrina parot", en la práctica funciona como si fuera una ley nueva ( en cuyo caso no podría ser aplicada de forma retroactiva), pero realmente no es una nueva ley, y por lo tanto no hay retroactividad que valga.
No es injusto que los terroristas sufran las chapuzas de nuestro sistema, ya que lo sufren también todos los españoles. También es de obligado cumplimiento las sentencias en relación a la inmersión, etc......y se las sopla.
En cualquier caso, la excarcelación es una decisión que ha sido tomada en Moncloa en el tandem Químico-Barbas. No están obligados a acatarla, pero está en la "hoja de ruta" de los hijo putas.
En cualquier caso, para que la excarcelación sea legal , al menos el Constitucional y el Supremo , como mínimo, deberían cambiar la doctrina o jurisprudencia, que no ley, que hacía posible un cómputo más razonable de las penas.
Técnicamente no hay uso con carácter retroactivo de la ley, por que ni siquiera es una ley, es un "parche" sobre una chapuza , sostenida en una mierda , vía jurisprudencia del Supremo y el Constitucional. En la práctica es "como si lo fuera", pero no lo es. Y como mínimo, tendría que ser derogada antes de aplicar la "jurisprudencia" del TDH.... ya que la máxima instancia en España sigue siendo el Constitucional.
Lo que ocurre es que una mascarada más de un régimen agónico como el nuestro. Está en la "hoja de ruta" y punto.
Tienes razón cuando dices que no se puede aplicar de forma retroactiva un cambio en la ley.... pero no es verdad que se produjo en 2006. No hubo cambio de ley, y por lo tanto no hay lugar, al menos técnicamente a un uso con caracter retroactivo. Lo que hubo ( ciertamente en "fraude de ley") es por interés político , pues interesaba dar la imagen de "fuerza" contra el terrorismo, un pasteleo por el cual el Constitucional y el Supremo funcionaron en la práctica como legislativo y el "cambio de ley" se hizo vía "jursiprudencia", diciendo que la ley dice lo que no dice.... Cosa que por cierto , acostumbran a hacer también en temas como el Estatuto Catalán , etc.... dicen que la Constitución dice que está muy bien obligar el uso del Catalán , cuando la Constitución no dice nada eso. Pero es más, los engendros del Supremo y Constitucional dicen eso y lo contrario en diversas resoluciones, y se fuman un puro cubano.
Resumiendo:
- Si el gobierno quiere hacer este atropelo, debería cambiar la ley.... como la ley no existe y lo que existe es una interpretación de la existente por el Constitucional y el Supremo, o se aguanta, o le dice a sus mamporreros que cambien la jurisprudencia como hacen siempre por mandato político. Al día de hoy la jurisprudencia no ha cambiado ( la máxima en cuanto a interpretación de la ley corresponde al engendro del Constitucional y no del TDH), y teóricamente la ley "DICE" lo que el Surpemo y el Constitucional dijeron que dice,como máximos intérpretes de la misma ( que sí, que ya sabemos que una ley puede decir que se pagará los dias pares, y el Supremo o Constitucional decir sin despeinarse que lo que significa par es realmente impar.... y cascarsela a la salud del despropósito )
- La justicia española, al carecer de independencia y ser más corrupta que un cártel colombiano, carece de legitimidad moral para nada, y desde ese punto de vista, cualquier resolución es una mierda que puede tumbar hasta un tribunal de Zimbawe.... Pero es la que hay, y siendo en gran parte de los temas un rehén político , pero sus miembros de altos tribunales, voluntarios y solícitos mamporreros, lo importante es que la decisión de sotar a las ratas no es jurídica ( pues no existe justicia en terminos, como dices, civilizados , a estos niveles en España), si no estrictamente política.
Ni a Rajoy, ni al Químico, ni a la puta madre que parió a todos juntos les "preocupa" la legalidad, y por ello prostituyen a la justicia año tras año desde que empezara a andar nuestra zombie democracia. Es triste que la justicia haga lo que dicta la partitocracia.... pero siendo cierto que hace lo que esta chusma dicta, la realidad es que a las ratas quien las suelta es la chusma política.
En Sicilia la policía debería estar al servicio del ciudadano y no de la mafia, pero como sí está al servicio de la mafia , lo que está te haga es culpa de la mafia, que es la que les da las órdenes. Pues en España igual:
- Ni es la "dotrina parot"
- Ni es el hacer las "cosas bien"
- Ni es si la doctrina actúa de forma fraudulenta como si fuera una nueva ley sin serlo.
- Es tan simple como que nuestra Casta había decidido soltar a las bestias. Es Mariano Rajoy Brey quien ha decidido, con el consenso del resto de la Casta, pero siendo el hoy , por que le toca, por que es Presidente del Gobierno, el máximo responsable, soltar a los asesinos.
- También es Mariano Rajoy Brey el que da las órdenes a los fiscales para que , sin estar obligados en absoluto, suelten insultos y afrentas tan nauseabundas como la de dorar la píldora a los asesinos, diciendo que ya no son asesinos, si no ex-asesinos...... y mientras tanto cientos de nazis revolviendose en las tumbas por no haber tenido semejantes fiscales en Nuremberg: "Herr Goering no es un asesino, es un ex-asesino por que ya no mata, está aquí detenido y no puede hacerlo, jo, jo"
Un saludo
En una nación con la política y la justicia entrelazadas en la podredumbre no es raro que la justicia haga de "poder legislativo", y haga las funciones de legislador, sin serlo. La "doctrina parot", en la práctica funciona como si fuera una ley nueva ( en cuyo caso no podría ser aplicada de forma retroactiva), pero realmente no es una nueva ley, y por lo tanto no hay retroactividad que valga.
No es injusto que los terroristas sufran las chapuzas de nuestro sistema, ya que lo sufren también todos los españoles. También es de obligado cumplimiento las sentencias en relación a la inmersión, etc......y se las sopla.
En cualquier caso, la excarcelación es una decisión que ha sido tomada en Moncloa en el tandem Químico-Barbas. No están obligados a acatarla, pero está en la "hoja de ruta" de los hijo putas.
En cualquier caso, para que la excarcelación sea legal , al menos el Constitucional y el Supremo , como mínimo, deberían cambiar la doctrina o jurisprudencia, que no ley, que hacía posible un cómputo más razonable de las penas.
Técnicamente no hay uso con carácter retroactivo de la ley, por que ni siquiera es una ley, es un "parche" sobre una chapuza , sostenida en una mierda , vía jurisprudencia del Supremo y el Constitucional. En la práctica es "como si lo fuera", pero no lo es. Y como mínimo, tendría que ser derogada antes de aplicar la "jurisprudencia" del TDH.... ya que la máxima instancia en España sigue siendo el Constitucional.
Lo que ocurre es que una mascarada más de un régimen agónico como el nuestro. Está en la "hoja de ruta" y punto.
Tienes razón cuando dices que no se puede aplicar de forma retroactiva un cambio en la ley.... pero no es verdad que se produjo en 2006. No hubo cambio de ley, y por lo tanto no hay lugar, al menos técnicamente a un uso con caracter retroactivo. Lo que hubo ( ciertamente en "fraude de ley") es por interés político , pues interesaba dar la imagen de "fuerza" contra el terrorismo, un pasteleo por el cual el Constitucional y el Supremo funcionaron en la práctica como legislativo y el "cambio de ley" se hizo vía "jursiprudencia", diciendo que la ley dice lo que no dice.... Cosa que por cierto , acostumbran a hacer también en temas como el Estatuto Catalán , etc.... dicen que la Constitución dice que está muy bien obligar el uso del Catalán , cuando la Constitución no dice nada eso. Pero es más, los engendros del Supremo y Constitucional dicen eso y lo contrario en diversas resoluciones, y se fuman un puro cubano.
Resumiendo:
- Si el gobierno quiere hacer este atropelo, debería cambiar la ley.... como la ley no existe y lo que existe es una interpretación de la existente por el Constitucional y el Supremo, o se aguanta, o le dice a sus mamporreros que cambien la jurisprudencia como hacen siempre por mandato político. Al día de hoy la jurisprudencia no ha cambiado ( la máxima en cuanto a interpretación de la ley corresponde al engendro del Constitucional y no del TDH), y teóricamente la ley "DICE" lo que el Surpemo y el Constitucional dijeron que dice,como máximos intérpretes de la misma ( que sí, que ya sabemos que una ley puede decir que se pagará los dias pares, y el Supremo o Constitucional decir sin despeinarse que lo que significa par es realmente impar.... y cascarsela a la salud del despropósito )
- La justicia española, al carecer de independencia y ser más corrupta que un cártel colombiano, carece de legitimidad moral para nada, y desde ese punto de vista, cualquier resolución es una mierda que puede tumbar hasta un tribunal de Zimbawe.... Pero es la que hay, y siendo en gran parte de los temas un rehén político , pero sus miembros de altos tribunales, voluntarios y solícitos mamporreros, lo importante es que la decisión de sotar a las ratas no es jurídica ( pues no existe justicia en terminos, como dices, civilizados , a estos niveles en España), si no estrictamente política.
Ni a Rajoy, ni al Químico, ni a la puta madre que parió a todos juntos les "preocupa" la legalidad, y por ello prostituyen a la justicia año tras año desde que empezara a andar nuestra zombie democracia. Es triste que la justicia haga lo que dicta la partitocracia.... pero siendo cierto que hace lo que esta chusma dicta, la realidad es que a las ratas quien las suelta es la chusma política.
En Sicilia la policía debería estar al servicio del ciudadano y no de la mafia, pero como sí está al servicio de la mafia , lo que está te haga es culpa de la mafia, que es la que les da las órdenes. Pues en España igual:
- Ni es la "dotrina parot"
- Ni es el hacer las "cosas bien"
- Ni es si la doctrina actúa de forma fraudulenta como si fuera una nueva ley sin serlo.
- Es tan simple como que nuestra Casta había decidido soltar a las bestias. Es Mariano Rajoy Brey quien ha decidido, con el consenso del resto de la Casta, pero siendo el hoy , por que le toca, por que es Presidente del Gobierno, el máximo responsable, soltar a los asesinos.
- También es Mariano Rajoy Brey el que da las órdenes a los fiscales para que , sin estar obligados en absoluto, suelten insultos y afrentas tan nauseabundas como la de dorar la píldora a los asesinos, diciendo que ya no son asesinos, si no ex-asesinos...... y mientras tanto cientos de nazis revolviendose en las tumbas por no haber tenido semejantes fiscales en Nuremberg: "Herr Goering no es un asesino, es un ex-asesino por que ya no mata, está aquí detenido y no puede hacerlo, jo, jo"
Un saludo
Respondiendo a... Es que a efectos teóricos no es un cambio de ley+
Enviado por broth80 el día 27 de Octubre de 2013 a las 16:20
El cambio en la interpretación de la ley que se
produjo en 2006 en contra de los presos sí
supone, en mi opinión, una violación del principio
de irretroactividad.
PD: Un poco caótico su comentario, no?
produjo en 2006 en contra de los presos sí
supone, en mi opinión, una violación del principio
de irretroactividad.
PD: Un poco caótico su comentario, no?
Joder si es un cambio de la ley arbitrario, los jeces de la Audiencia, el supromo y el T. inConstitucional debiera se llevados ante la justicia por prevaricadores.
Enviado por McAlvar el día 27 de Octubre de 2013 a las 17:55
Y totos de kulo subnormales.
Enviado por McAlvar el día 27 de Octubre de 2013 a las 17:55
¿Qué cambio de ley del 2006? ¿Se le ha cambiado la duración máxima de encarcelamiento a 40 años?. ¡Joder, broth, desbarra!
Enviado por Papulus el día 27 de Octubre de 2013 a las 19:02
Lo que pasa Sr. Broth, es que no hubo cambio de Ley, ++
Enviado por quejio el día 27 de Octubre de 2013 a las 19:44
Sino corregir una manera errónea de aplicar la existente que se venía haciendo por la administración penitenciaria.
Lea usted el 100 del Código Penal del 73 famoso y verá que dice la redención de penas se aplicará a la pena del preso, no al límite máximo de prisión efectiva del que habla en el 70.2.-
O sea, que no estamos ante cambio de ley ni de jurisprudencia siquiera, sino de cambio administrativo de aplicación errónea de la redención de las penas.
En cualquier caso el primer principio básico de la civilización no la irretroactividad de las leyes -que lo estambien sin duda- sino la garantía de la vida de las personas frente a la impunidad con la que en otros tiempos en tiempos no tan remotos, las gentes mataban a las gentes.
Por eso, es al revés de como usted dice. Esto ha sido un retroceso en el avance civilizatorio, desde el momento que ha sido primado los intereses del verdugo frente al de las víctimas.
Saludos
Lea usted el 100 del Código Penal del 73 famoso y verá que dice la redención de penas se aplicará a la pena del preso, no al límite máximo de prisión efectiva del que habla en el 70.2.-
O sea, que no estamos ante cambio de ley ni de jurisprudencia siquiera, sino de cambio administrativo de aplicación errónea de la redención de las penas.
En cualquier caso el primer principio básico de la civilización no la irretroactividad de las leyes -que lo estambien sin duda- sino la garantía de la vida de las personas frente a la impunidad con la que en otros tiempos en tiempos no tan remotos, las gentes mataban a las gentes.
Por eso, es al revés de como usted dice. Esto ha sido un retroceso en el avance civilizatorio, desde el momento que ha sido primado los intereses del verdugo frente al de las víctimas.
Saludos
No es que la de antes fuera errónea y la de ahora correcta. Se cambió la interpretación que se le daba a esa ley...
Enviado por broth80 el día 27 de Octubre de 2013 a las 21:04
Una ley, que hasta ese momento se aplicaba
de una determinada manera, de pronto se
interpreta diferente. Y esa nueva
interpretación perjudica al preso. Por tanto, se
está violando la esencia del principio de
irretroactividad de las leyes si se aplica esta
nueva interpretación a presos que habían sido
condenados con anterioridad. Este es mi punto
de vista. Igual estoy equivocado.
Fíjese que usted mismo dice que es errónea la
interpretación que se le daba antes a la ley,
cuando realmente era una interpretación
perfectamente válida también. Dice usted que
es errónea simplemente porque no le gusta.
de una determinada manera, de pronto se
interpreta diferente. Y esa nueva
interpretación perjudica al preso. Por tanto, se
está violando la esencia del principio de
irretroactividad de las leyes si se aplica esta
nueva interpretación a presos que habían sido
condenados con anterioridad. Este es mi punto
de vista. Igual estoy equivocado.
Fíjese que usted mismo dice que es errónea la
interpretación que se le daba antes a la ley,
cuando realmente era una interpretación
perfectamente válida también. Dice usted que
es errónea simplemente porque no le gusta.
No se confunda broth. +++
Enviado por Papulus el día 27 de Octubre de 2013 a las 21:18
La doctrina Parot no tiene nada que ver con la modificación de la Ley ni con la estancia máxima en prisión, establecida en la ley del 73 en 30 años. Nada de eso ha variado con la d. Parot.
Mientras no se le aplique la modificación del C. Penal del 2006 no se perjudica al preso. Desde entonces el tiempo máximo de estancia en prisión es de 40 años.
Es la forma de establecer los beneficios penitenciarios lo modificado, y mientras a un excarcelado no se le haga volver a prisión por el cambio de metodología no hay retroactividad que valga.
Mientras no se le aplique la modificación del C. Penal del 2006 no se perjudica al preso. Desde entonces el tiempo máximo de estancia en prisión es de 40 años.
Es la forma de establecer los beneficios penitenciarios lo modificado, y mientras a un excarcelado no se le haga volver a prisión por el cambio de metodología no hay retroactividad que valga.
Sí, hombre, Papulus, si la forma de establecer los beneficios penitenciarios se modifican en contra del reo, mientras éste está en prisión, claro que se está violando el principio de irretroactividad. Se están cambiando las reglas del juego sobre la march
Enviado por broth80 el día 28 de Octubre de 2013 a las 21:31
No señor. Los beneficios penintenciarios no están establecidos para el reo en particular cuando se emite la sentencia. +++
Enviado por Papulus el día 28 de Octubre de 2013 a las 21:38
Se tienen que dar unos actos y comportamientos concretos por parte del reo para que se pueda acojer a ellos.
Si mientras está cumpliendo la sentencia esos criterios cambian, sin modificar para nada el tiempo de estancia máximo en prisión, no hay retroactividad que valga.
Cosa distinta sería que en vez de 30 años de tiempo máximo se decretaran, en ese interín, 40 y los tuviese que cumplir.
Si mientras está cumpliendo la sentencia esos criterios cambian, sin modificar para nada el tiempo de estancia máximo en prisión, no hay retroactividad que valga.
Cosa distinta sería que en vez de 30 años de tiempo máximo se decretaran, en ese interín, 40 y los tuviese que cumplir.