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Polémica por las "dos inspectoras novatas" que multaron a los agricultores por no tener váter en el campo

Se desata la polémica durante la campaña de aceituna en Toledo por las sanciones de hasta 40.000 euros por no disponer de baños portátiles.

Se desata la polémica durante la campaña de aceituna en Toledo por las sanciones de hasta 40.000 euros por no disponer de baños portátiles.
Remolque con dos baños portátiles. | Camba

A mediados de enero se han producido varias inspecciones de trabajo durante la campaña de aceituna en la provincia de Toledo que han acabado en sanción debido a la "inexistencia de servicios para cagar y mear en el campo", según ha denunciado la asociación agraria Unión de Uniones de Castilla-La Mancha. Es decir, multas por no tener un váter portátil en el campo de olivos.

La situación ha llegado a superar lo absurdo, según describe la asociación. "Dos inspectoras de trabajo –a las que han bautizado como la "brigada dodotis"– deben de tener la perturbadora idea de que el campesino es incapaz de ir tras un olivar o un matorral cualquiera a cumplir con la llamada de la naturaleza", ironizan.

Tras difundirse en las redes sociales la denuncia de que varios agricultores de la zona se enfrentaban a sanciones de hasta 40.000 euros por no disponer de un aliviadero en el campo, la Inspección de Trabajo ha suspendido los controles y, según fuentes de Unión CLM, los expedientes han quedado archivados. "El sentido común se ha impuesto", señalan a Libre Mercado.

¿Es obligatorio tener váter en el campo?

Los agricultores atribuyen lo sucedido a un "exceso de celo" de las dos inspectoras "novatas", que han aplicado "con extrema dureza" la ley de Prevención de Riesgos Laborales, que obliga a los empleadores a garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables para sus empleados "en cualquier entorno".

Sin embargo, el Real Decreto 486/1997 sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo señala que la obligación de disponer de baños o vestuarios no es de aplicación en "los campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de una empresa o centro de trabajo agrícola o forestal pero que estén situados fuera de la zona edificada de los mismos".

Esta distinción es importante porque las obligaciones en materia de seguridad y salud laboral pueden variar dependiendo de si el trabajo se realiza en una instalación fija (como una nave agrícola o invernadero) o en terrenos abiertos (como un campo de olivos o una plantación de pinos).

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