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Hacienda obligará por primera vez a declarar a los usuarios de Wallapop

Los usuarios de Wallapop, Airbnb o Vinted que cumplan unos determinados requisitos tendrán que declarar.

Los usuarios de Wallapop, Airbnb o Vinted que cumplan unos determinados requisitos tendrán que declarar.
La vicepresidenta primera del Gobierno, ministra de Hacienda y secretaria general del PSOE de Andalucía, María Jesús Montero. | Europa Press

La presión recaudatoria de la Agencia Tributaria se cierne sobre los usuarios de las plataformas de compraventa de artículos de segunda mano y economía colaborativa. Y es que, los usuarios de Wallapop, Airbnb o Vinted que cumplan unos determinados requisitos tendrán que declarar sus operaciones en estas plataformas.

De este modo, en la próxima Campaña de la Renta, los usuarios de las plataformas de venta de segunda mano y alquiler de bienes tendrán que incorporar en su Declaración la información exigida por Hacienda a las compañías.

Así, la próxima campaña de la declaración incorporará nuevos conceptos que deberán ser declarados: venta de bienes a través de plataformas; arrendamiento de medios de transporte a través de plataformas; prestación de servicios personales a través de plataformas; arrendamiento de uso de bienes inmuebles y operaciones con monedas virtuales.

Aumentar la recaudación

Como publicamos en Libre Mercado, desde principios de 2024 las plataformas de venta de segunda mano tienen la obligación de informar a Hacienda sobre la actividad de sus usuarios y los ingresos obtenidos. En concreto, esta iniciativa afectaba aquellas personas que hubieran vendido más de 30 productos o hubieran recibido más de 2.000 euros por estas operaciones durante el año.

Asimismo, informamos de que se establecían tres tipos de obligaciones: las normas y procedimientos que deberán aplicar los operadores sobre los vendedores para la obtención de determinadas informaciones, la obligación de registro en el censo y la obligación de suministro de información a la Administración tributaria.

Así las cosas, se establecía que las actividades objeto de regulación son el arrendamiento de bienes inmuebles, los servicios personales, la venta de "bienes" y el arrendamiento de cualquier medio de transporte. Del mismo modo, la normativa contemplaba diferentes tipos de sanciones, que incluían multas de 300 euros para aquellos usuarios que proporcionen a las plataformas información personal falsa o no proporcionen la información requerida en el plazo establecido.

Es cierto que parte de esta iniciativa emanaba de la trasposición de la Directiva europea DAC7, mediante la que se recogía "el mandato de facilitar el intercambio de información fiscal obtenida a través de estos operadores digitales" y se establecía "una nueva obligación de información respecto de los operadores de las plataformas digitales". No obstante, no podemos obviar que el Fisco español es el primer interesado en aplicar estas medidas porque previsiblemente podría suponer un aumento de la recaudación.

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