
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 planea prohibir la venta de productos azucarados, como son la bollería industrial, las bebidas refrescantes y las bebidas energéticas, en las máquinas expendedoras y cafeterías de los colegios e institutos. Esta normativa aún tiene que pasar varios filtros antes de ser aprobada, con lo que puede sufrir varias modificaciones de aquí a su aprobación.
Este nuevo plan se estaría apoyando en los resultados del último informe del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, publicado por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y que está basado en inspecciones a más de 5.000 colegios en 14 comunidades.
Dicho documento informó que un tercio de los comedores escolares en España ofrecen demasiadas frutas y pocas verduras, mientras que el 68,8% de las máquinas expendedoras que hay en los centros escolares de educación secundaria incumplen los criterios nutricionales de organismos como la Organización Mundial de la Salud (OMS) o la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), que son los criterios en los que el Ministerio de Consumo se está basando. En cuanto a las cafeterías, el 74,4% estarían incumpliendo estos criterios nutricionales.
¿En qué se traduce esta ley?
Esta normativa, de salir adelante, viene a significar que las máquinas expendedoras no podrán ofrecer alimentos o bebidas que superen las 200 kilocalorías. Todo esto está motivado por las altas tasas de obesidad que se encuentran en la población infantil, donde el 36,1% de los niños de entre 6 y 9 años tenían sobrepeso en el año 2023, cifra que se situaba en el 40,6% en 2019, según datos del Ministerio de Consumo.
Por otro lado, esta legislación también plantea otras medidas complementarias para acompañar a lo ya mencionado, como prohibir que las máquinas expendedoras ofrezcan publicidad de cualquier tipo de producto insano, además de proponer regular que estas máquinas no se instalen en zonas a las que puedan acceder los alumnos de infantil y de primaria.
En cuanto a lo que atañe a los comedores escolares, se estudia la exigencia a estos comedores de no exceder el número de frituras, usando únicamente los tipos de aceites recomendados para dichas frituras, así como también aumentar el consumo de frutas, verduras y hortalizas. La legislación también contempla la restricción de productos que incumplan criterios nutricionales saludables, como aquellos que superen un contenido máximo de cinco gramos de azúcares por porción envasada, o aquellos que tengan altos contenidos en grasas o sal.
Así pues, el Ministerio de Consumo dirigido por Pablo Bustinduy intentará sacar adelante esta ley para prohibir la venta de bebidas energéticas y azucaradas en los colegios, así como también la bollería industrial. Sin embargo, este decreto aún puede variar al tener que pasar por el Consejo de Estado y después por el Consejo de Ministros.
