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Podemos quiere prohibir trabajar al aire libre cuando se emitan alertas naranja o roja

La normativa vigente ya contempla medidas para hacer frente a las olas de calor.

La normativa vigente ya contempla medidas para hacer frente a las olas de calor.
Ione Belarra, secretaria general de Podemos, en una rueda de prensa en el Congreso de los Diputados. | EUROPA PRESS

Podemos quiere prohibir por ley trabajar a las personas que estén al aire libre o se expongan al calor los días en los que la AEMET declare una alerta roja o naranja por altas temperaturas. Así lo ha anunciado este martes, Ione Belarra, secretaria general de Podemos, que ha adelantado que su formación registrará en el Congreso esta iniciativa y ha recordado que "hace dos años logramos incluir algunas medidas (...) para que se pudieran reubicar y reorganizar las tareas en medio de la ola de calor", si bien considera insuficiente lo establecido actualmente.

En este sentido, la secretaria general de Podemos ha defendido la necesidad implementar por ley medidas que protejan a los trabajadores ante los riesgos que suponen las olas de calor que, dice, son "cada vez más intensas". "Toda la gente a casa, si hay una ola de calor, nadie puede estar en una obra, nadie puede estar limpiando una calle al aire libre", ha explicado en rueda de prensa.

De hecho, para la diputada de Podemos esta situación es asimilable a los período de lluvias torrenciales o nevadas. A este respecto, ha afirmado que, del mismo modo en que no se puede trabajar en una situación así, tiene que ser "evidente" que tampoco se puede trabajar durante las olas de calor.

Por otra parte, Belarra no ha aclarado cuáles serían las medidas concretas necesarias para episodios de lluvias torrenciales o frío extremo y se ha limitado a denunciar que la clase trabajadora no puede pagar "las consecuencias de un cambio climático que han generado las élites extractivistas en el mundo y las grandes empresas energéticas, con un modelo de desarrollo económico que se está cargando el planeta".

Normativa vigente

No obstante, lo cierto es que en nuestro país ya existe una normativa que establece las medidas de protección que las empresas deben seguir para garantizar la seguridad de sus empleados. Como recuerda el sindicato USO, "la empresa tiene la obligación de dar una protección eficaz a sus trabajadores en episodios de altas temperaturas y alertas meteorológicas por calor extremo". En concreto, explican que Real Decreto Ley 4/2023 establece estas obligaciones y que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales reconoce el riesgo de calor.

Así las cosas, de acuerdo con el sindicato, en el caso de los trabajados que se desarrollen en entornos de alta exposición al calor, se deben ajustar los horarios para evitar las horas de máximo calor, se deben implementar rotaciones para limitar la exposición continua al calor y es necesario establecer pausas regulares en zonas alejadas del calor. Asimismo, desde USO destacan que se debe facilitar la hidratación de los empleados, se ha de dotar a la plantilla de vestimenta adecuada y es necesario proveerlos de zonas de descanso a la sombra o con sistemas de refrigeración.

Con todo, resulta especialmente relevante a efectos de esta información destacar que en la Disposición final primera del Real Decreto Ley 4/2023 se detalla que "en el supuesto en el que se emita por la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista".

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