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Transparencia obliga al Gobierno a revelar si Begoña Gómez usó recursos de Moncloa para los vídeos de sus actos privados

La esposa del presidente habría utilizado medios públicos en múltiples ocasiones para sus negocios.

La esposa del presidente habría utilizado medios públicos en múltiples ocasiones para sus negocios.
El presidente del Gobierno y su mujer descienden del avión. | LD/Agencias

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha emitido una resolución que pone en jaque al Ejecutivo español, forzándolo a desvelar si Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez, empleó recursos públicos del Palacio de la Moncloa para grabar vídeos destinados a sus actividades privadas.

Este fallo, al que Libre Mercado ha tenido acceso, surge tras una solicitud de información presentada el 16 de diciembre de 2024, que quedó sin respuesta por parte de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno. El silencio administrativo, que se extendió por más de cuatro meses, llevó a una reclamación ante el CTBG el 25 de abril de 2025. Finalmente, el 15 de julio de 2025, casi tres meses después, el organismo emitió su dictamen, firmado por José Luis Rodríguez Álvarez, presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

La solicitud original buscaba esclarecer si Gómez utilizó herramientas como teleprompter, cámaras, focos, micrófonos y personal del departamento de producción audiovisual de Moncloa para fines personales tras una publicación de OkDiario. Además, en caso de que así fuera, se pedían las fechas exactas de dichos usos. El Gobierno, sin embargo, optó por el mutismo, una estrategia que el CTBG ha considerado inaceptable, vulnerando el derecho constitucional de acceso a la información pública. Este principio, consagrado en la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (LTAIBG), obliga a las administraciones a responder en un plazo máximo de un mes, prorrogable excepcionalmente por otro mes si se justifica. En este caso, no hubo ni respuesta ni explicación alguna, lo que ha derivado en la resolución estimatoria del CTBG.

Libre Mercado, al obtener este documento en primicia, pone de relieve una vez más las sombras que rodean al Ejecutivo de Sánchez, cuya opacidad ha sido cuestionada en múltiples ocasiones y va cada vez en aumento.

La resolución no solo exige aclarar si se usaron recursos públicos, sino que también demanda detalles específicos sobre los momentos en que pudieron emplearse, un nivel de precisión que podría complicar aún más la posición del Gobierno. Este fallo se enmarca en un contexto de crecientes sospechas sobre el uso indebido de instalaciones oficiales, alimentadas por investigaciones periodísticas que han destapado posibles abusos por parte de la esposa del presidente.

La decisión del CTBG llega en un momento delicado para el Gobierno, que enfrenta críticas por su gestión de la transparencia y el manejo de los recursos públicos. La falta de respuesta inicial y la posterior obligación de rendir cuentas reflejan una administración que, lejos de cumplir con los estándares de claridad que predica, parece optar por el hermetismo cuando se trata de asuntos cercanos al núcleo del poder.

El CTBG da la razón al reclamante

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno fundamentó su resolución en la evidente negligencia de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, que no contestó a la solicitud en el tiempo estipulado por la ley ni ofreció motivo alguno para su omisión. Según la LTAIBG, las administraciones deben dar una contestación en un máximo de un mes, ampliable a dos en casos complejos, siempre que se notifique al interesado. Aquí, el silencio fue total, lo que el CTBG interpreta como una infracción clara del derecho de acceso a la información pública, un pilar esencial de la rendición de cuentas en cualquier sistema democrático.

El organismo destacó que no se invocó ninguna causa legal que justificara negar los datos pedidos, como la seguridad nacional, la protección de datos personales o cualquier otro límite previsto en la normativa. Estas excepciones, cuando se aplican, deben ser explícitas y proporcionadas, algo que la Administración ni siquiera intentó argumentar. Al no haber oposición válida, el CTBG estimó la reclamación y ordenó al Gobierno proporcionar la información en un plazo máximo de diez días hábiles a partir del 15 de julio de 2025. Contando solo días laborables (de lunes a viernes, excluyendo festivos), este plazo sitúa la fecha límite en el 29 de julio de 2025, un margen estrecho que añade urgencia a la obligación impuesta.

Este pronunciamiento no solo corrige el incumplimiento del Ejecutivo, sino que también envía un mensaje contundente: las instituciones públicas no pueden eludir su deber de transparencia sin consecuencias. La resolución obliga a detallar si Begoña Gómez empleó medios oficiales y, de ser así, cuándo ocurrió, lo que podría abrir la puerta a un escrutinio más amplio sobre la gestión de los recursos del Estado. La presión está ahora sobre el Gobierno para cumplir antes del 29 de julio, una fecha que marcará si el Ejecutivo opta por la claridad o persiste en su estrategia de opacidad.

La obligación de responder antes del 29 de julio de 2025 podría confirmar o desmentir estas acusaciones sobre Begoña Gómez, pero el historial de opacidad del Ejecutivo no invita al optimismo. Mientras tanto, la ciudadanía espera respuestas que clarifiquen si los recursos del Estado han sido utilizados para favorecer a la familia del presidente, un asunto que trasciende lo personal y afecta la credibilidad de las instituciones.

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