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EEUU falla contra Rusia en un caso idéntico a los impagos de Sánchez a las renovables

La derrota del Kremlin en el caso Yukos se fundamenta en los mismos argumentos legales que ha venido usando Sánchez para impagar estas sentencias.

La derrota del Kremlin en el caso Yukos se fundamenta en los mismos argumentos legales que ha venido usando Sánchez para impagar estas sentencias.
Vladimir Putin en una reunión | EFE

En 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos decidió no admitir a trámite el recurso presentado por la Federación Rusa en el llamado Caso Yukos. Con esta decisión, el Alto Tribunal del país norteamericano dejó intactas las resoluciones de diversos juzgados que habían rechazado previamente las alegaciones de soberanía e inmunidad estatal presentadas por el régimen de Vladimir Putin para eludir la ejecución de este laudo emitido tras un proceso vinculante de arbitraje internacional.

El mensaje que envía la decisión de la Corte Suprema es claro: cuando un Estado vulnera compromisos internacionales de protección a la inversión, no puede escudarse en la inmunidad soberana para eludir el pago de las indemnizaciones. El precedente no es menor y tiene una lectura directa para España, que acumula siete condenas en distintos juzgados estadounidenses, también por impagos derivados de laudos de arbitraje internacional que fallaron en contra de nuestro país por la retirada retroactiva de las primas ofrecidas a las renovables.

El conflicto que impulsó la denuncia rusa tiene su origen en la expropiación de Yukos, que llegó a ser la mayor petrolera privada de Rusia. Tras una ofensiva fiscal, administrativa y penal impulsada por el Kremlin a comienzos de los años 2000, la empresa fue despojada de sus propietarios y terminó bajo influencia del régimen de Putin. En 2014, tras un largo proceso amparado en el Tratado de la Carta de la Energía (TCE) y en el Convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el laudo definitivo condenó a Rusia a indemnizar a los antiguos propietarios de la empresa con más de 50.000 millones de dólares.

En la actualidad, el monto adeudado por Moscú asciende ya a 65.000 millones, a raíz de la acumulación de intereses de demora. Se trata, pues, de la mayor indemnización jamás dictada en el marco de un arbitraje internacional y, tras años de litigios cruzados, los inversores comenzaron a buscar la ejecución del laudo en distintas jurisdicciones, entre ellas Estados Unidos. Puesto que los fallos emitidos en instancias judiciales del país norteamericano han dado la razón a los antiguos propietarios de Yukos, el régimen de Putin ha optado por llevar el caso a la Corte Suprema, en un último intento de evitar embargos contra sus bienes y activos radicados en suelo estadounidense.

Rusia sostuvo esencialmente tres argumentos jurídicos:

  1. Inmunidad soberana absoluta, alegando que, como Estado, no podía ser demandada ni sometida a ejecución forzosa en tribunales extranjeros.
  2. Falta de consentimiento válido al arbitraje, sosteniendo que Rusia nunca ratificó formalmente el TCE y que, por tanto, no quedó vinculada por sus cláusulas arbitrales.
  3. Naturaleza pública de los actos impugnados, presentando la expropiación de Yukos como una decisión soberana de política fiscal y penal, no como una actuación comercial o inversora.

Estos argumentos fueron rechazados sistemáticamente por las cortes federales estadounidenses y, en una decisión tomada hace escasos días, el pedido de amparo planteado por Rusia se ha topado con una rotunda negativa de la Corte Suprema, que se ha negado a revisar las sentencias previas que condenan a Moscú a pagar a los afectados por la expropiación de Yukos. La doctrina aplicada, pues, ha quedado refrendada, de modo que la condena es firme y el laudo ha quedado totalmente registrado y reconocido por los tribunales de Estados Unidos.

Aunque la Corte Suprema no entra al fondo, al limitarse a denegar el amparo reclamado por el Kremlin, esta negativa consolida el razonamiento de los tribunales estadounidenses, basado en la Foreign Sovereign Immunities Act (FSIA), que es la ley que regula la inmunidad de terceros países en lo tocante a su operativa en el país estadounidense. Dicha pieza legislativa establece que los Estados gozan de inmunidad soberana en sus embajadas y en algunos otros aspectos considerados inviolables, pero no en lo tocante a un arbitraje internacional al que el país en cuestión se ha sometido voluntariamente. El consentimiento al arbitraje implica, de forma implícita pero inequívoca, aceptar la jurisdicción de los tribunales encargados de reconocer y ejecutar ese laudo.
Además, los tribunales estadounidenses distinguen entre actos jure imperii (propios del poder soberano) y actos jure gestionis(de naturaleza económica o comercial). La atracción de inversiones, la garantía de un marco regulatorio estable y la posterior expropiación o alteración retroactiva de ese marco se consideran conductas económicas, no actos soberanos inmunes, de modo que no pueden quedar protegidos por el mismo tipo de principios legales que evitarían, por ejemplo, la expropiación de una embajada o el allanamiento de un consulado.

España, ¿la siguiente?

España se encuentra en una posición jurídica sorprendentemente similar. Tras recortar retroactivamente el sistema de primas a las energías renovables entre 2010 y 2014, decenas de inversores acudieron al arbitraje internacional al amparo del TCE. El resultado es conocido: más de 1.754 millones de euros pendientes de pago por un total de 27 laudos adversos que esperan su resolución efectiva. De hecho, los intereses de demora y sobrecostes judiciales acumulados han elevado la factura total hasta los 2.295 millones.

En siete de estos casos, los denunciantes han llevado a España ante la justicia de Estados Unidos. Es el caso de los titulares de laudos correspondientes a empresas como NextEra, Antin, RREEF, Infrared, Watkins, Cube o 9Ren. Todos y cada uno de estos procesos se ha zanjado con la victoria de los acreedores y la derrota de los denunciantes, de tal forma que España está ahora mismo en una situación muy precaria. Ante semejante panorama, el último recurso para evitar el embargo de bienes soberanos ha consistido en pedir amparo a la Corte Suprema, que está evaluando estos casos, cuyas similitudes con la saga Rusia v Yukos resultan evidentes.

Rusia lo intentó y fracasó, de modo que sus activos corren serio peligro de quedar embargados por la justicia estadounidense. España insiste en la misma estrategia procesal, pero ha cosechado siete derrotas en serie. Cada nuevo fallo no solamente ha elevado la factura adeudada, por la acumulación de intereses de demora o condenas en costas, sino que ha erosionado la credibilidad internacional de nuestro país como destino inversor. Ahora, la Corte Suprema tiene la responsabilidad de ofrecer un fallo clave y, si el gobierno de Pedro Sánchez sufre una derrota similar a la que ha cosechado el régimen de Putin, España enfrentará el pago forzoso de cientos de millones de dólares, que serán reclamados directamente por la justicia de EEUU para resarcir a los inversores afectados.

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