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Madrid

Ayuso regula la figura del expresidente de la CAM: sueldo, chófer, dos asesores, y despacho hasta un máximo de 4 años

El Gobierno madrileño ultima el decreto para regular el Estatuto de los expresidentes y exconsejeros de la Comunidad de Madrid.

El Gobierno madrileño ultima el decreto para regular el Estatuto de los expresidentes y exconsejeros de la Comunidad de Madrid.
Ayuso este miércoles en Quito. | EFE

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso perfila ya un decreto para regular el Estatuto de los expresidentes de la Comunidad de Madrid. Éste sólo se aplicará a los que cesen en su cargo a partir de su entrada en vigor; es decir, que se estrenará con Ayuso y dejará fuera a Ignacio González (presidente entre 2012 y 2015), Ángel Garrido (2018-2019) y Pedro Rollán (actual presidente del Senado y que ostentó este cargo durante cuatro meses en 2019) sin la posibilidad de sentarse en la Comisión Jurídica Asesora del Ejecutivo y cobrar dietas por ello.

Hace años Esperanza Aguirre creó el Consejo Consultivo, un organismo del que formaron parte el expresidente Joaquín Leguina y Alberto Ruíz Gallardón y por el que cobraban 8.500 euros brutos mensuales. Pero Cristina Cifuentes decidió disolverlo. Ahora, Ayuso recupera en parte esa idea.

Y es que Madrid es la única comunidad autónoma, junto a Cantabria, que carece de un régimen regulador del estatuto de sus expresidentes, por lo que "se considera necesario regular los medios y recursos que se reconocerán tanto a expresidentes como exconsejeros, por razones de seguridad jurídica y con el fin de garantizar de forma adecuada el desempeño de las funciones institucionales que pudiera corresponderles tras su cese", explican desde el Ejecutivo regional.

Así, tratando de regular la figura de los expresidentes, se establece que estos, cuando hubieran ocupado el cargo durante un mínimo de dos años, contarán, durante los dos años posteriores a su cese, con dos personas para el desarrollo de sus actividades institucionales y con los medios auxiliares y materiales necesarios en las dependencias de la Comunidad de Madrid. Asimismo, contarán con un servicio de coche con conductor. Cuando hubieran ocupado el cargo durante un tiempo superior a cuatro años, tendrán derecho a los medios anteriores durante los cuatro años posteriores a su cese. Mientras dispongan de estos medios, los expresidentes podrán realizar funciones de asesoramiento a solicitud del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

El Gobierno madrileño explica que el derecho a disponer de medios materiales y personales se reconoce actualmente en la normativa del Gobierno central y en otras diez comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla- La Mancha, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia y País Vasco. En concreto, este derecho se reconoce actualmente con carácter temporal en País Vasco, Galicia, Andalucía y Aragón. También está previsto reconocerlo de forma temporal en la Comunidad de Madrid, apuntan. Y sin especificar el límite temporal ni los medios asignados, se reconoce en Canarias y Extremadura.

Sueldos

La Comunidad de Madrid explica que "como compensación" a los límites que la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos prevé al ejercicio de actividades privadas durante los dos años siguientes al cese, los expresidentes tendrán derecho a un sueldo mensual de duración limitada, igual al tiempo desempeñado en el cargo, con un máximo de 24 meses, en iguales condiciones que la que perciben los ministros en el Gobierno central tras el abandono del cargo. Es decir, un 80% de las retribuciones consignadas en los presupuestos para el Presidente de la Comunidad de Madrid, esto es de 82.472€ en el momento actual; "retribuciones que se mantienen congeladas desde el ejercicio 2010", subrayan. Se adopta, por tanto, la regla establecida en la Administración estatal para el presidente del Gobierno, ministros y secretarios de Estado. Este sueldo mensual también lo tienen los expresidentes de Andalucía, Cataluña, Galicia y Navarra, añaden.

Eso sí, la percepción de este sueldo conlleva incompatibilidades: no podrán ejercer actividad pública o privada retribuida, percibir pensiones, o dietas por asistencia a órganos colegiados o de administración de organismos públicos o privados.

Volviendo a la Comisión Jurídica Asesora se establece que los expresidentes madrileños que hayan ejercido el cargo durante un mínimo de dos años y hayan accedido a dicha responsabilidad al comienzo de la legislatura, tendrán derecho a ser nombrados vocales electivos de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid. Podrán mantener esta condición durante seis años, pudiendo ser ampliado dicho periodo inicial de forma motivada por decreto del Consejo de Gobierno si hubiesen ejercido la presidencia más de 4 años, hasta un máximo de 12 años.

Por su participación como vocales electivos no recibirán una retribución económica, como sí reconocen otras comunidades autónomas y el Gobierno central, explican. Únicamente percibirán una indemnización por su participación en la Comisión Jurídica Asesora y la asistencia a los plenos según se establece en la normativa de desarrollo de este órgano consultivo. Su importe se fijará por orden de la Consejería de Hacienda y rondará los 750 euros. Esta dieta será incompatible con la compensación económica tras el cese en el cargo y con el ejercicio de cualquier actividad retribuida de carácter público. "Las funciones que desempeñarán serán las propias de los vocales electivos, previstas en el reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Jurídica Asesora".

Además, serán tratados "excelentísimo Sr./excelentísima Sra." y todos ellos podrán usar las dependencias que la Comunidad de Madrid ponga puntualmente a su disposición para su actividad institucional como expresidente; podrán contar con los servicios de atención protocolaria con ocasión de su participación en actos o reuniones; y podrán ser resarcidos de los gastos derivados de su actividad institucional o de los servicios de representación que se les haya encargado. También podrán disponer de los medios para garantizar su seguridad cuando sea preciso. A tal efecto, el Gobierno madrileño solicitará al Ministerio del Interior los medios que para ello fueran necesarios.

Este futuro decreto también regula, en idénticos términos, la figura de los exconsejeros, que recibirán un sueldo mensual por un tiempo equivalente al de su permanencia en el Gobierno, durante un máximo de dos años, correspondiente al 80% de sus retribuciones (88.054 euros). Y se señala que "los derechos contemplados en este decreto no serán de aplicación a los presidentes o consejeros que hayan sido inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos por sentencia judicial firme".

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