
El Tribunal Constitucional declaró esta semana nulo un artículo de la llamada Ley LGTBI de la Comunidad de Madrid que limitaba la personación en procesos judiciales a asociaciones, entidades y organizaciones representativas del colectivo.
Se trata, detalla el TC en una nota, del artículo 65.d) de la Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid, que fue recurrido por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Dicho artículo 65 dice lo siguiente:
"Tendrán la condición de interesados en el procedimiento administrativo:
a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
b) Las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de derechos humanos serán titulares de intereses legítimos colectivos. Estas últimas en caso de representar a una víctima o perjudicado en particular deberán contar con su permiso explícito.
c) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
d) Lo previsto en el apartado b) de este artículo no será de aplicación a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores".
La sentencia del TC, de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, considera que ese artículo representa una invasión en las competencias exclusivas del Estado para dictar legislación procesal y para regular el procedimiento administrativo común.
Y recuerda que la legislación estatal reconoce la condición de interesados de las asociaciones y agrupaciones para todos los procedimientos administrativos, incluidos los sancionadores, relativos a situaciones de discriminación como las fundadas en motivos de expresión de género y de orientación o identidad sexual.
La izquierda en bloque se opuso frontalmente a la modificación de las leyes Trans y LGTBI por parte del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso. Acusó a los populares de estar perpetrando una "derogación camuflada" de las mismas, lo que suponía el "primer retroceso legislativo en esta materia de la historia de la democracia".
Ahora, esta decisión del TC ha sido vendida como una gran victoria por su parte. "Lo valoramos muy positivamente porque el Tribunal Constitucional ha puesto punto y final al intento de recorte de los derechos de las personas LGTBI que pretendía la señora Ayuso y el PP", salió a valorarlo la ministra de Igualdad. "Creo que es un avance", añadió Ana Redondo porque con esta sentencia se "recuperan derechos que parecían limitarse".
🗣️@_anaredondo_: "La decisión del Constitucional en relación a la ley LGTBI de la Comunidad de Madrid pone punto final a los intentos de recorte de los derechos del colectivo".#NiUnPasoAtrás🏳️🌈 pic.twitter.com/ngrLBppvHR
— Ministerio de Igualdad (@IgualdadGob) April 9, 2025
Pero el Ejecutivo madrileño explica que se trata de "una cuestión muy menor" y que el grueso de la reforma queda intacta. El pasado miércoles, en la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno, el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local defendió que es una "cuestión técnico-jurídica, muy menor", en la cual lo que "se viene a decir es que las asociaciones y entidades pueden representar los intereses de las personas LGTBI ante procesos administrativos y ante procesos penales", explicó Miguel Ángel García.
En la misma línea se expresó la diputada popular en la Asamblea encargada de defender estas reformas legislativas. En declaraciones a Libertad Digital, Mónica Lavín señala que "de toda la reforma de la ley, el Gobierno central solo recurrió un apartado de un artículo que no tiene nada que ver con aspectos de fondo" sino que consiste en "una cuestión técnico procesal, y por tratarse de una competencia estatal". "Este apartado de este artículo es el único que se recurrió y el único sobre el que el TC se ha pronunciado; y, exclusivamente por eso, por tratarse de una competencia estatal", incide.
"El resto de la reforma le pareció inapelable incluso a Sánchez y, por supuesto, al TC; y sigue adelante. Es una gran noticia para todos", se felicitó. En este punto cabe recordar que el PP de Ayuso modificó el pasado mes de octubre algunos aspectos de su reforma, los que más oposición generaban en la izquierda y que habían sido recurridos tanto por el Gobierno central como por el Defensor del Pueblo. Los populares defendieron entonces que se trataba de "mejoras técnicas" adoptadas de acuerdo a las recomendaciones del Consejo de Estado.
Ahora, Lavín destaca que, finalmente, "de toda la reforma de la ley, el Gobierno central solo recurrió un apartado de un artículo que no tiene nada que ver con aspectos de fondo, una cuestión técnico-procesal y por tratarse de una competencia estatal".
La reforma sigue en pie virtualmente íntegra. Lo que tú llamas "varapalo" se reduce a un apartado de un artículo sobre un aspecto procesal, que resulta que es lo único que encontrasteis recurrible de toda una reforma necesaria y sensata, y que insisto sigue en pleno vigor, lo… https://t.co/7kYa0TYS6Q
— Mónica Lavín (@mnica_lavin) April 9, 2025
Y así se encargó de defenderlo también a través de X. "La reforma sigue en pie virtualmente íntegra. Lo que tú llamas "varapalo" se reduce a un apartado de un artículo sobre un aspecto procesal, que resulta que es lo único que encontrasteis recurrible de toda una reforma necesaria y sensata y que, insisto, sigue en pleno vigor, lo cual es una gran noticia para todos. El TC se limita a estimar que la legitimidad procesal es materia estatal. Eso es todo. A ver cómo vendéis el bulo del retroceso en derechos…", le replicó al diputado socialista Santi Rivero.

