Nuevo decreto de viviendas turísticas en la Comunidad de Madrid
El Decreto 27/2026, de 25 de marzo, que endurece la regulación de las VUT en la Comunidad de Madrid, entrará en vigor el 26 de abril.
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Ya no resulta extraño encontrarse con pisos turísticos en los vecindarios. Una posibilidad que ha cambiado la forma de viajar para muchos y también el día a día de algunos vecinos y el funcionamiento del propio sector.
El marco legal ha ido adaptándose progresivamente a esta realidad. La última modificación es la nueva regulación para apartamentos y viviendas de uso turístico (VUT) en la Comunidad de Madrid. El reglamento autonómico se adapta así a las obligaciones de las últimas legislaciones y a la jurisprudencia que ha venido modificando el régimen establecido.
Por su parte, el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) exige rigor en la aplicación de este nuevo decreto autonómico de viviendas turísticas que fue publicado el 6 de abril en el Boletín Oficial de la Comunidad. La entidad considera positiva su entrada en vigor tras lo que consideran como un periodo de años marcados por la inseguridad jurídica, las sentencias contradictorias y un crecimiento desordenado de esta actividad.
Entre las diversas novedades, destaca la redefinición de la vivienda de uso turístico que especifica que no puede tener carácter de residencia habitual, algo que según CAFMadrid "evita definitivamente la existencia de los pseudopisos turísticos que han estado generando problemas en las comunidades de propietarios".
La abogada y secretaria técnica de CAFMadrid, Patricia Briones, entrevistada en el programa Km0 de esRadio, ha recordado que "para que un propietario pueda destinar su vivienda a uso turístico, necesita la autorización expresa de la comunidad de propietarios, la cual tiene que adoptar un acuerdo por tres quintos".
Entre las novedades más relevantes del nuevo decreto, CAFMadrid también destaca que la declaración responsable de actividad debe ser presentada por el titular del servicio y no necesariamente por el propietario, lo cual corrige una obligación previamente anulada por los tribunales. Por otro lado, el certificado de idoneidad (CIVUT) podrá ser emitido por cualquier técnico competente. Además, las viviendas de protección pública no podrán ser utilizadas como VUT.
Según la presidenta de CAFMadrid, Manuela Julia Martínez Torres, las medidas del nuevo decreto "ponen fin al conflicto permanente entre propietarios y vecinos, y obligan a actuar con transparencia a quienes hasta ahora pretendían operar sin consentimiento de la comunidad".
Los administradores de fincas madrileños valoran positivamente las nuevas garantías para las comunidades de propietarios. Entre ellas, la exigencia de manifestar que la vivienda cuenta con dos certificados. El primero, que el título constitutivo o los estatutos no prohíben expresamente la actividad de alojamiento turístico, y el segundo que la comunidad ha aprobado la solicitud de destinar la vivienda al uso turístico.
El gobierno regional remarca que, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), se estima que en la Comunidad de Madrid existen 15.309 viviendas de uso turístico que supondrían 50.675 plazas de alojamiento. Este número se ha visto reducido desde las últimas mediciones (mayo y noviembre de 2025) en un 17,5%. El INE también indica que las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid suponen un 0,52% del total de viviendas, siendo Madrid la comunidad autónoma turística con menor presencia de esta modalidad.
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