L D (EFE)
El Tribunal Supremo acordó este jueves comunicar a los gobiernos y parlamentos del País Vasco y Navarra, a las Juntas Generales de los Territorios Históricos y a la Junta Electoral Central el fallo de la sentencia que ordena la disolución e ilegalización de Batasuna-EH-HB "a los efectos legales oportunos". La Sala Especial del Supremo empezó este jueves el estudio de los escritos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado que instan al tribunal a la ejecución de la sentencia, aunque acordó no iniciar formalmente este trámite hasta que no se concluya el proceso de notificación a EH y HB con la publicación de la resolución en los boletines oficiales de estas comunidades.
Según explicaron a Efe fuentes del Alto Tribunal, la Sala Especial decidió remitir "para su conocimiento y estudio" el fallo del tribunal, en el que exponía que estos partidos deberán cesar de inmediato en todas las actividades que realicen una vez sea notificada, además de la cancelación de sus respectivas inscripciones en el Registro de Partidos Políticos.
La Sala Especial tiene previsto seguir reuniéndose en los próximos días para continuar con el estudio de la ejecución de la sentencia, en la que se debe abrir un proceso de liquidación patrimonial y designar a los tres liquidadores previstos en la Ley de Partidos para el embargo de los bienes de estas formaciones ilegalizadas.
Respecto a la disolución de los grupos, el fiscal José María Luzón propone en su escrito que se comunique dicha resolución, dada su firmeza, a estas instituciones, a las que corresponde notificar la orden de disolución a los integrantes de los grupos de Batasuna-EH-HB "con los debidos apercibimientos" y recuerda que la sentencia "implica la imposibilidad legal de actividad bajo dicha denominación".
Sobre la liquidación, el fiscal solicita al alto tribunal que se dirija a las entidades bancarias y Registros de la Propiedad del País Vasco y Navarra, así como a la Policía Judicial de ambas comunidades, para que investiguen y faciliten la relación de bienes y derechos de las formaciones políticas ilegalizadas, así como de las Herriko Tabernas y sedes de las mismas para proceder a su "inmediata y definitiva" clausura. Por su parte, el Abogado del Estado explica que la disolución debe afectar a los grupos "aunque hayan cambiado de denominación" y que corresponde "el pase de los parlamentarios que lo constituían al grupo mixto" en el caso de los Parlamentos vasco y de Navarra.
Añade que el Supremo debe "dirigir a los expresados órganos la oportuna comunicación al efecto y notificarlo, asimismo, a las personas que los componen, bajo apercibimiento de la responsabilidad establecida en el Código Penal".
Respecto a los grupos constituidos por Batasuna en las Juntas Generales, Diputaciones Forales y Ayuntamientos, "aunque hayan cambiado la denominación tras la constitución de la corporación respectiva", sus miembros "hasta la terminación de su mandato electoral, deben quedar en la situación que se prevea en la legislación dictada al efecto por las comunidades vasca y navarra". Esta situación subsistirá "hasta la celebración de nueva elecciones", a la que los partidos disueltos ya no podrán presentarse, indica el Abogado del Estado.
Según explicaron a Efe fuentes del Alto Tribunal, la Sala Especial decidió remitir "para su conocimiento y estudio" el fallo del tribunal, en el que exponía que estos partidos deberán cesar de inmediato en todas las actividades que realicen una vez sea notificada, además de la cancelación de sus respectivas inscripciones en el Registro de Partidos Políticos.
La Sala Especial tiene previsto seguir reuniéndose en los próximos días para continuar con el estudio de la ejecución de la sentencia, en la que se debe abrir un proceso de liquidación patrimonial y designar a los tres liquidadores previstos en la Ley de Partidos para el embargo de los bienes de estas formaciones ilegalizadas.
Respecto a la disolución de los grupos, el fiscal José María Luzón propone en su escrito que se comunique dicha resolución, dada su firmeza, a estas instituciones, a las que corresponde notificar la orden de disolución a los integrantes de los grupos de Batasuna-EH-HB "con los debidos apercibimientos" y recuerda que la sentencia "implica la imposibilidad legal de actividad bajo dicha denominación".
Sobre la liquidación, el fiscal solicita al alto tribunal que se dirija a las entidades bancarias y Registros de la Propiedad del País Vasco y Navarra, así como a la Policía Judicial de ambas comunidades, para que investiguen y faciliten la relación de bienes y derechos de las formaciones políticas ilegalizadas, así como de las Herriko Tabernas y sedes de las mismas para proceder a su "inmediata y definitiva" clausura. Por su parte, el Abogado del Estado explica que la disolución debe afectar a los grupos "aunque hayan cambiado de denominación" y que corresponde "el pase de los parlamentarios que lo constituían al grupo mixto" en el caso de los Parlamentos vasco y de Navarra.
Añade que el Supremo debe "dirigir a los expresados órganos la oportuna comunicación al efecto y notificarlo, asimismo, a las personas que los componen, bajo apercibimiento de la responsabilidad establecida en el Código Penal".
Respecto a los grupos constituidos por Batasuna en las Juntas Generales, Diputaciones Forales y Ayuntamientos, "aunque hayan cambiado la denominación tras la constitución de la corporación respectiva", sus miembros "hasta la terminación de su mandato electoral, deben quedar en la situación que se prevea en la legislación dictada al efecto por las comunidades vasca y navarra". Esta situación subsistirá "hasta la celebración de nueva elecciones", a la que los partidos disueltos ya no podrán presentarse, indica el Abogado del Estado.
