Menú
EX DIRECTORES DEL CESID

Manglano y Calderón, condenados a tres años de cárcel por las escuchas a la sede de Herri Batasuna

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a los ex directores del CESID Emilio Alonso Manglano y Javier Calderón Fernández a tres años de cárcel para cada uno por las escuchas a la sede de Herri Batasuna en Vitoria, descubiertas por esta coalición el 31 de marzo de 1998.

L D (EFE) Según el abogado de la acusación particular, Iñigo Sancho, que informó sobre la sentencia, tanto Calderón como Manglano han sido condenados a pesar de que el fiscal no pedía penas para ellos. Las acusaciones particulares pedían cuatro años de prisión para cada uno. La Audiencia también ha condenado a los dos supuestos agentes del CESID Mario Cantero y Francisco Buján a dos años y seis meses de prisión para cada uno, lo mismo que pedía el fiscal. Además, la sentencia absuelve a los otros supuestos agentes del CESID, Víctor Casterán y Felipe Millán García.

Manglano y Calderón, además de la pena de cárcel, deberán afrontar una multa de veinte meses a razón de 18 euros por día y a la inhabilitación absoluta por ocho años. Cantero y Buján, además de la pena de privación de libertad han sido condenados a pagar una multa de 18 meses a doce euros por día, así como a la inhabilitación absoluta por seis años.

La sentencia de la Audiencia Provincial establece además una indemnización solidaria a favor de las tres personas que denunciaron las escuchas de seis mil euros para cada uno de ellos, así como la responsabilidad civil del Estado. Ante la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava cabe un recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en cinco días desde el siguiente al de su notificación.

El juicio por estas escuchas por las que se han condenado a cuatro miembros del CESID por un delito de escuchas ilegales, se celebró en la Audiencia Provincial entre los pasados 10 y 13 de marzo.Tras la vista oral, el Fiscal mantuvo su petición de cárcel para Cantero y Bujan, mientras que la acusación particular solicitó cuatro años de prisión para Manglano y Calderón, y 3 años, siete meses y quince días para los supuestos agentes de los servicios de inteligencia militar.

La Audiencia establece como probado que encima de la sede de Herri Batasuna de Vitoria, en la calle Ramiro de Maeztu, el CESID alquiló una vivienda y luego la compró, y que desde ella "se realizaban escuchas telefónicas de las conversaciones que realizaban personas que habitualmente estaban en la sede de Herri Batsuna", al menos durante tres años.

También se da por probado que el Centro Superior de Informaciones de la Defensa tenía otro piso alquilado frente a la sede de HB, desde el que se filmaba y fotografiaba a quienes entraban en dicha sede, actividad de la que era responsable Víctor Casterán. La Audiencia sostiene que al tratarse de un lugar público esta actuación del CESID no fue ilícita. En su sentencia, el magistrado reconoce que la instrucción de este caso ha resultado "muy complicada, además de lenta y poco fructífera".

"La instrucción fue bloqueada continuamente bajo el pretexto de que todo lo relacionado con el CESID era secreto y estaba clasificado", sostiene el juez. Se hacen reiteradas referencias a una comparecencia voluntaria ante el Congreso el 21 de abril de 1998 del entonces ministro de Defensa, Eduardo Serra, en la que reconoció la existencia de una "infraestructura técnica del CESID con capacidad para ser activada en concordancia con la evolución de la situación".

Serra reconoció que como consecuencia de ese dispositivo "se ha obtenido abundante información muy valiosa sobre las actividades del complejo de apoyo a la organización terrorista ETA". Tras apuntar que el propio ministro posteriormente se "negó a dar información" a la juez instructora, la sentencia establece que esa comparecencia del ministro es "suficiente para declarar probado que el piso en cuestión era del CESID y que del mismo se obtenía información abundante y valiosa".

En cuanto a los hechos y sus autores, la sentencia sostiene que estas actividades "sólo pudieron realizarse a través de unas órdenes concretas, de las personas que dieron su pleno consentimiento y facilitaron los medios materiales y económicos para realizarlas".

La Audiencia determina que Manglano, director del CESID desde 1988 hasta 1995, "conoció, apoyó y facilitó los medios necesarios para realizar estas actividades" con la intención de "controlar la actividad política de sus miembros y cargos públicos". Asimismo, Calderón, director del Centro cuando se descubrieron las escuchas, "conoció la existencia del operativo" y "aseguró" su ejecución.

Temas

En España

    0
    comentarios

    Servicios

    • Radarbot
    • Curso
    • Inversión
    • Securitas
    • Buena Vida
    • Reloj Durcal