L D (EFE)
La medida, pactada por todos los presidentes de los grupos parlamentarios catalanes durante el anterior pleno del Parlament, queda fijada en la proposición de ley sobre el estatuto de los ex presidentes de la Generalitat, que fija las condiciones por las que se regirá a partir de ahora la jubilación de cualquier presidente del gobierno catalán. La fórmula finalmente pactada es muy parecida a la que ya acordaron los partidos el mes de noviembre del 2001, aunque el porcentaje de la pensión vitalicia se ha incrementado del 40 al 60 por ciento.
En la exposición de motivos del Estatuto de los ex Presidentes de la Generalitat, se señala que su objetivo es que los presidentes, una vez hayan cesado, "puedan atender sus necesidades personales y políticas con la dignidad y el decoro que corresponden a las altas funciones ejercidas". Según el articulado de este estatuto, los ex presidentes de la Generalitat "tienen derecho a percibir, por un período equivalente a la mitad del tiempo que han estado en el cargo y, como mínimo por una legislatura, una asignación equivalente al 80% de la retribución mensual que corresponde al ejercicio del cargo".
Cuando los ex presidentes alcancen los 65 años y hayan agotado el período de disfrute de la citada asignación, pasarán a cobrar la pensión vitalicia del 60% de la retribución mensual que corresponde al ejercicio del cargo. La única limitación contemplada es que los ex presidentes no podrán percibir la asignación ni tampoco la pensión vitalicia si obtienen ingresos de algún mandato parlamentario, o si pasan a ser un miembro del gobierno o un alto cargo de la administración del Estado o de la Generalitat.
Jordi Pujol, que actualmente tiene 73 años y al acabar la legislatura habrá gobernado durante 24 años ininterrumpidos, cobrará el 80% de su sueldo de presidente durante un período de doce años, y sólo a partir de entonces, pasará a percibir la pensión de jubilación vitalicia correspondiente al 60% del sueldo.
En la exposición de motivos del Estatuto de los ex Presidentes de la Generalitat, se señala que su objetivo es que los presidentes, una vez hayan cesado, "puedan atender sus necesidades personales y políticas con la dignidad y el decoro que corresponden a las altas funciones ejercidas". Según el articulado de este estatuto, los ex presidentes de la Generalitat "tienen derecho a percibir, por un período equivalente a la mitad del tiempo que han estado en el cargo y, como mínimo por una legislatura, una asignación equivalente al 80% de la retribución mensual que corresponde al ejercicio del cargo".
Cuando los ex presidentes alcancen los 65 años y hayan agotado el período de disfrute de la citada asignación, pasarán a cobrar la pensión vitalicia del 60% de la retribución mensual que corresponde al ejercicio del cargo. La única limitación contemplada es que los ex presidentes no podrán percibir la asignación ni tampoco la pensión vitalicia si obtienen ingresos de algún mandato parlamentario, o si pasan a ser un miembro del gobierno o un alto cargo de la administración del Estado o de la Generalitat.
Jordi Pujol, que actualmente tiene 73 años y al acabar la legislatura habrá gobernado durante 24 años ininterrumpidos, cobrará el 80% de su sueldo de presidente durante un período de doce años, y sólo a partir de entonces, pasará a percibir la pensión de jubilación vitalicia correspondiente al 60% del sueldo.
