Decía un presidente de una Sala del Supremo que la Justicia es lo que deciden tres jueces de un tribunal de cinco magistrados. Según este criterio, será justicia lo que han decidido este miércoles Carlos Cezón y Juan José López Ortega, en contra del voto particular que firma su compañero Antonio Díaz Delgado.
En el “caso EKIN”, las diferencias que existen en la Sección cuarta de la Sala de lo Penal van más allá de una simple discrepancia: no se trata de “buena esencia del derecho”, sino de un enfrentamiento frontal a la hora de abordar el terrorismo en un sentido amplio. Ha quedado claro que quien firma el voto particular y Baltasar Garzón coinciden en que el entorno de ETA se debe valorar en su conjunto y no de forma fraccionada. Sin embargo, la Sala no cede en su tesis de que las organizaciones, como tales, no cometen delito; por tanto, EKIN como asociación no delinque: la responsabilidad penal puede recaer en sus miembros.
La Sala argumenta también que no está acreditada la vinculación directa entre EKIN y ETA. Frente a esta motivación, el voto particular, con cierta ironía, duda de que una organización terrorista anuncie con luz y taquígrafos con quién o quiénes ha decidido asociarse. Es muy difícil imaginar a un dirigente de ETA acudiendo a un notario para que dé fe de una vinculación con EKIN. Y eso que EKIN, según la Sala, no actúa en la clandestinidad –Garzón dice exactamente lo contrario– y no está probado que surgiera por decisión de ETA.
Al voto particular le llama la atención, y no le falta razón, el hecho de que sus compañeros hayan omitido algunos documentos que incriminan a Txema Matanzas. La Sala no ha incluido en su auto, y por tanto no ha valorado, la conversación telefónica grabada a este abogado en la que celebra la muerte de Martín Carpena. La Sala tampoco ha valorado el comentario de “Gara” en el que Matanzas apoyaba la lucha armada. Los jueces tampoco han tenido en cuenta que Matanzas controlara la huelga de hambre de presos de ETA. Su actuación encaja en la propia de un abogado.
La Sala tampoco habla en ningún momento de una agenda incautada a Rubén Nieto. De ella habla, y mucho, Garzón en el auto en el que ilegaliza EKIN. Curiosamente, la Sala omite documentos que afectan a quienes han sido moneda de cambio en las deliberaciones de los magistrados: en alguna de las muchas reuniones mantenidas durante estos dos meses, Cezón y López Ortega estaban dispuestos a mantener en prisión a Matanzas y Nieto con tal de evitar el voto particular.
Las fianzas también son discutibles. Si no hay pruebas de la relación ETA-EKIN y tampoco hay indicios suficientes contra los excarcelados, ¿qué sentido tienen las fianzas? ¿En base a qué se mantienen las imputaciones por delito de integración con banda armada?
La discrepancia enriquece las resoluciones judiciales. Pero, en este caso, es blanco sobre negro. Mientras no se busque el gris... ETA gana.

ETA gana
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