La querella contra la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional no podía ser más dura. De todas las posibilidades abiertas, la Fiscalía ha optado por la más grave. La decisión ha sido adoptada por los fiscales Eduardo Torres-Dulce, Jose María Luzón, José Aranda y Jesús Cardenal. Pero, al parecer, ha sido Luzón el que ha logrado imponer su tesis. Hasta el miércoles, en la Fiscalía General confirmaban que se presentaría la querella, pero por el artículo 447 del código Penal, es decir, prevaricación que comete un juez por negligencia o imprudencia grave. Sin embargo, José María Luzón defendió con pasión los motivos por los que, a su juicio, la Sección Cuarta emitió una resolución injusta a sabiendas.
El principal motivo que resaltó Luzón es el exhorto de libertad de Carlos Ruiz Santamaría: se cursó el mandamiento de libertad a la cárcel cuando el presunto narcotraficante todavía no había depositado la fianza fijada por la Sala. Luzón recordaba a sus compañeros fiscales que, según la ley, una libertad no se acordará “mientras la fianza no sea declarada bastante”. Para justificar la querella, Luzón planteó a sus compañeros, respaldado como siempre por Aranda, otra razón por la que, a su juicio, la querella por prevaricación dolosa está justificada: la Sección Cuarta excarceló a Carlos Ruiz Santamaría sin oír antes al fiscal.
Jose María Luzón aportó además otro motivo para defender su gravísima acusación: durante los últimos meses, los magistrados de la Sección Cuarta han modificado su postura en cuanto al riesgo de fuga de Carlos Ruiz. Según Luzón, ese cambio de parecer de la Sala no se ha motivado suficientemente. Después de oír a Luzón y a su incondicional Aranda, en la Fiscalía General del Estado optaban por calificar los hechos de la forma más grave posible: “es mejor llamarles malos que tontos”, señalaba una fuente de la Fiscalía.
Está claro que a la querella le sobra dureza. El mismo fiscal que la firma, Jose María Luzón, recordaba el 17 de noviembre de 1997 en su informe del “caso Gómez de Liaño” que una prevaricación “a sabiendas” requiere “conocimiento por parte del juez o magistrado de que el fallo es injusto, habiéndolo el Tribunal Supremo, desde antiguo, identificado con conciencia e intención deliberada de faltar a la justicia o dañada voluntad de hacer u omitir lo que la ley prohíbe o manda bajo amenaza de una pena”. ¿La decisión de excarcelar a Carlos Ruiz Santamaría fue manifiestamente injusta o ilegal? Esa es la pregunta que deberá aclarar ahora la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
En el Alto Tribunal nadie duda de que la querella se admitirá a trámite. Algunas fuentes recuerdan que una querella firmada por tres fiscales de Sala, entre ellos el número uno de la carrera fiscal, no puede echarse por tierra. La Sala de Admisión está integrada por Luis Román Puerta, Jose Ramón Soriano y Enrique Bacigalupo. Los dos primeros no van a enfrentarse a una querella de Luzón; y Bacigalupo tiene las manos atadas por su teoría de la prevaricación que desarrolló exhaustivamente en el proceso contra Javier Gómez de Liaño.
Desde la Audiencia Nacional, desde el CGPJ y desde la judicatura en general se observa con preocupación la querella presentada por la Fiscalía. No son pocos los jueces que advierten del riesgo de un quebrantamiento institucional y del grave daño causado al poder judicial. Todos los consultados coinciden en que en este caso será muy difícil probar la prevaricación dolosa. Parece que el Ministerio público ha acusado de lo máximo “para que algo quede”, pero el mal ya está hecho. Con valoraciones como la de Luzón más de un juez debería comparecer los días 1 y 15 de cada mes, como Juan José López Ortega, Carlos Cezón y Carlos Ollero. Más de uno lo anunció cuando el Supremo condenó a Javier Gómez de Liaño.
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