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Guillermo Dupuy

1. Penas y faroles

Recuerdo que la dirección de mi querido y añorado colegio, harta de que los estudiantes aparcaran sus motos delante de la portería, un buen día estableció una norma en la que se advertía claramente que, a partir de entonces, se iba a avisar a la grúa municipal para que retirara todos los vehículos allí estacionados. Meses después los estudiantes —los que tenían la suerte de tenerla— continuaban aparcando sus motos en el mismo sitio mientras los Jesuitas —que ya por los ochenta habían pasado a ver lo de la disciplina como algo retrógrado— no acababan nunca de llamar a la grúa. Se les ocurrió entonces anunciar la elevación del castigo advirtiendo a los estudiantes que ya no sólo ordenarían retirar las motos, sino también hacerles pagar una pequeña multa. Al final, la dirección del colegio desistió y hasta los profesores terminaron aparcando su vehículos delante de la portería si tenían la suerte de encontrar algún hueco libre.
 
La anécdota me la recordó hace unas semanas el ex ministro Mayor Oreja cuando –después de meses de comprobar que los nacionalistas habían sido fieles a su palabra de no cumplir la sentencia del Supremo que obliga a la disolución de Batasuna– propuso el endurecimiento de la pena por desobediencia que todavía no se ha aplicado al presidente del Parlamento Vasco. Mi impresión era —y sigue siendo— que si los nacionalistas proseguían adelante no era por la escasa severidad del castigo que sanciona sus presuntos delitos sino por la creencia de que al final no les serían efectivamente aplicados. Lo de Mayor Oreja me pareció el típico farol de alguien que no pretende castigar a nadie sino incitarle al desistimiento para no tener que hacerlo.
 
Aunque esta propuesta —hecha a título individual por el ex ministro— fue aparcada por su partido, el PP acaba de plantear algo muy parecido respecto al referéndum ilegal que pretende plantear Ibarretxe: ha aprobado en el Senado una reforma en el Código Penal para castigarlo con pena de tres a cinco años de cárcel. Lo absurdo, sin embargo, es que a Ibarretxe ya se le podría aplicar —en caso de declarar finalmente esa convocatoria— el artículo 506 del actual Código Penal que tipifica la “usurpación de atribuciones” como un delito castigado con penas de uno a tres años de cárcel, multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 a 12 años para aquella “autoridad o funcionario público que, careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución”.
 
Es posible que desde el Gobierno se tema —y ante algunos jueces el temor está justificado— que en los Tribunales se podría rechazar la inclusión de esa ilegal convocatoria de referéndum en el artículo mencionado. No obstante, siguiendo con el símil del póker, se diría que lo que busca el Gobierno al elevar la apuesta es precisamente el no tener que llegar a enseñarle las cartas a los nacionalistas.
 
Las objeciones a esta reforma que aquí planteamos distan, pues, mucho de las que le han hecho algunos medios de comunicación. Sólo suscribiría la que reprocha al PP el haber colado esta reforma a través de una Ley Orgánica de Demarcación y Planta que acompaña a la Ley de Arbitraje, en tramitación en el Senado. Aunque existan precedentes avalados por el Constitucional, esta forma de introducirla —en lugar de un proyecto de ley— la deja sin el amplio debate que debe preceder a una reforma de esta relevancia. No obstante, hasta en este punto debemos entender que el calendario lo fija Ibarretxe, y que el Gobierno no podría aplicarle con carácter retroactivo una elevación de pena que, además, no tiene por objetivo directo castigar el delito sino evitar que llegue a producirse.
 
Parece, pues, sumamente mezquina la forma de titular de El Mundo del pasado 29 de noviembre: “El PP reforma el Código Penal para poder meter en la cárcel a Ibarretxe”. Vamos, como si lo que buscara el PP fuera meter en la cárcel a Ibarretxe y no disuadirle para que no cometa un delito por el que —como reconoce el propio editorialista— el lehendakari ya podría ir a la cárcel sin necesidad de esa reforma. Otros comentaristas han censurado, en este sentido, la reforma porque —según ellos— es específica y va dirigida personalmente contra Ibarretxe insinuando, de tal forma, su improcedencia jurídica. Algunos hasta la han comparado —¡nada menos!— que con la “legislación” ad hoc que se aplicó con carácter retroactivo para dar cobertura al latrocinio de Rumasa...
 
 

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