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EDITORIAL

Los entuertos de la Justicia

Dice el dicho jurídico que "una justicia lenta no es justa", pero no distinguir entre dilaciones judiciales que tienen justificación de las que no la tienen, tampoco lo es.

Decía Sófocles que "ocasiones hay en que la justicia misma produce entuertos". Este lunes nuestro sistema de administración de justicia nos ha brindado dos bochornosas muestras de ello, que explican, lamentablemente, la escasa valoración que tiene entre los ciudadanos. 

Por un lado, el Tribunal Superior de Murcia ha condenado a Fernando Ferrín Calamita a una pena de dos años, tres meses y un día de inhabilitación para empleo o cargo público por el "terrible delito" de retrasar la concesión en adopción de una niña a la espera de que se practicara a la pareja adoptante un examen pericial a cargo del gabinete psicosocial adscrito al juzgado. 

Por otro lado, el pleno del Consejo General del Poder Judicial ha decidido mantener una eximia "sanción" económica de 1.500 euros al juez Rafael Tirado, a pesar de que dejó sin ejecutar –careciendo de justificación alguna– durante más de dos años una sentencia que decretaba dos años y nueve meses de prisión contra Santiago del Valle por abusar de su hija menor, lo que propició que el pederasta estuviera indebidamente en libertad cuando asesinó a la niña Mari Luz Cortes.

El Tribunal que ha condenado, tan severa como injustamente, a Calamita considera, sin embargo, que el juez cometió un "retardo malicioso" en el proceso de adopción, sin que, en principio, haya aportado prueba alguna para semejante acusación, que no sea –claro está– la condición de católico de Calamita y la de lesbiana de la adoptante, pareja sentimental de la madre biológica. El hecho cierto, sin embargo, es que la solicitud de informes psicosociales es enormemente frecuente, no ya sólo en los procesos de adopción, sino hasta en los de divorcio de parejas con hijos en común. El juez Calamita, en este sentido, se limitó, según parece, a dictar una providencia en el momento de la solicitud de adopción, en la que se pedía que la adoptante fuese examinada por el gabinete psicosocial. La segunda providencia, que alargó el proceso y en la que extendía la pericial a la madre biológica, fue tramitada a instancias y por decisión de los propios integrantes del gabinete psicosocial.

Poco importa que el juez Calamita, en declaraciones a Onda Cero, considerara "absurdo" haber tenido la pretensión de "quitarle la niña a su madre" (motivación que, sin embargo, el fiscal ha hallado "en la mente" del condenado). Poco importa, también, que la propia pareja lesbiana reconociera en El País que nunca fueron evaluadas por los profesionales del equipo. Por lo visto, esta circunstancia, de la que no es responsable el juez que solicitó la evaluación –y que no podía pasar por alto–, debía ser tan ignorada como lo ha sido en la sentencia que lo ha condenado y que tanto puede contribuir a hacer de la condición de homosexualidad un eximente para no tener que pasar por las mismas pruebas que los heterosexuales. Que se quiebre la igualdad entre heterosexales y homosexuales es, en definitiva, el punto clave por lo que no se sostiene la sanción contra Calamita.

Al fin y al cabo, toda adopción consiste en un deliberado proceso de discriminación en favor del titular del derecho, que es el niño. Motivo por el cual, todo juez o todo miembro de un gabinete psicosocial –sea o no católico– tiene el derecho y el deber de considerar si una determinada adopción obstruye el desarrollo psicológico y emocial del niño. Y ello con independencia de si la pareja adoptante es homosexual o heterosexual, esto es sólo un dato más a ponderar.

El tiempo dirá si la resolución contra Calamita nace de una supuesta prevaricación a cargo del juez instructor de la causa, Manuel Abadía. No en vano, según la defensa del juez condenado, éste aceptó la causa a pesar de no apreciar indicio de delito para no contradecir a la Sala y, sólo posteriormente y sin practicar pruebas adicionales, modificó su calificación jurídica.

En cualquier caso, no resulta descabellado que Calamita sienta un cierto malestar. Pero, si alguien ha de sentirse consternado por la setencia, ése ha de ser el padre de Mari Luz, quien ha sufrido que el CGPJ, en contra del parecer de la Fiscalía, haya decidido mantener una ridícula multa economica de 1.500 euros al juez Tirado por dejar sin ejecutar, careciendo de justificación alguna, la sentencia del pederasta que terminó asesinando a su hija. Aun cuando Calamita hubiese actuado con toda la mala fe del mundo, no parece lógico que un retraso en una adopción se considere más grave que una negligencia que concluyó en un homicidio.

Dice la máxima jurídica que "una justicia lenta no es justa", pero no distinguir entre dilaciones que tienen justificación de las que no la tienen, tampoco lo es. Más aun, cuando se sanciona más severamente la que sólo ha tenido como resultado el retraso en un proceso de adopción que la que ha propiciado la libertad de un pederasta que termina asesinando.

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