A muchos les podría parecer irrelevante o bizantina la negativa del Gobierno y su dependiente Fiscalía a instar la ilegalización de Bildu, cuando, al mismo tiempo, han solicitado al Tribunal Supremo la impugnación de todas y cada una de sus listas electorales. Ojalá así fuera, pero desde un punto de vista estrictamente procesal no es lo mismo en absoluto: al hacerlo de esta segunda forma, Gobierno y Fiscalía han vuelto a alterar, absurda o dolosamente, el objeto de la controversia judicial, al tratar la Ley de Partidos como una "ley de listas" o una "ley de candidaturas". Con ello tratan de forzar al Tribunal Supremo a considerar, no si Bildu es el medio con el que Batasuna ha tratado de burlar su ilegalización –cosa que los cuerpos y fuerzas de seguridad ya han acreditado– sino si lo son todas y cada una de sus candidaturas, cosa que no exige la Ley de Partidos y que, dado su alto nivel de blanqueamiento, no se puede probar en todos y cada uno de los casos.
De esta forma, Gobierno y Fiscalía han invertido el procedimiento y la lógica acorde a la letra y al espíritu de la Ley de Partidos, al tiempo que hacen mucho más pesada la carga de la prueba. Y es que, según la Ley de Partidos, articulo 9.3.c, bastaba detectar en alguna lista electoral personas que fueron terroristas o que formaron parte de partidos ya declarados ilegales, para que el Tribunal Supremo pudiese declarar ilegal toda la formación política a la que dicha lista pertenece, siempre y cuando –funesto y decisivo artículo 11– la Fiscalía y la Abogacía del Estado así se lo hubiesen solicitado al Alto Tribunal. El problema –insistimos– es que no lo han hecho y que, por el principio de congruencia, el contenido declarativo de una sentencia no puede conceder nada "extra petita", esto es, nada que no se le haya pedido. Lo más que se le pide hacer al Supremo, tal y como el ministro Caamaño ya le ha exigido públicamente, es "explorar una a una" las candidaturas de Bildu y limitarse a impugnar aquellas en los que encuentre motivos por los que la ley permitiría, en realidad, impugnar a toda la formación política a la que pertenecen.
El Gobierno justifica su negativa a instar la ilegalización de Bildu en su conjunto asegurando que la Ley de Partidos "no permite impugnar coaliciones" de partidos. En primer lugar, ya nos dirá el ministro Caamaño de dónde se saca semejante aseveración. Es cierto que la ley no habla expresamente de "coaliciones", pero no es menos cierto que en su artículo12. 1.b advierte que "se presumirá fraudulenta y no procederá la creación de un nuevo partido político o la utilización de otro ya inscrito en el Registro que continúe o suceda la actividad de un partido declarado ilegal y disuelto". Es evidente que a la luz de este artículo es mucho más pertinente tratar indistintamente los partidos y las coaliciones de partidos como posible medio de fraude de ley, que no hacerlo, una a una, con sus candidaturas o listas. Más aun cuando el primer instrumento que ETA utilizó para estar presente en las instituciones, Herri Batasuna, no fue originalmente un partido político sino una coalición de partidos.
En cualquier caso, es el Tribunal Supremo, y no el Gobierno, el que debería decidir si la Ley permite o no ilegalizar coaliciones. Desgraciadamente, sin embargo, lo que sí que dice la Ley de Partidos es que sólo la Fiscalía y la Abogacía del Estado pueden solicitar su juicio sobre este y los demás puntos. Lo que también sabemos es que el Tribunal Supremo ya reprochó hace cuatro años al Gobierno en consideración obiter dicta –o consideración complemetaria a la sentencia– que no le pidiese la ilegalización de ANV en lugar de la impugnación de sólo alguna de sus listas, tal y como el Alto Tribunal tuvo que limitarse a hacer. También entonces el Gobierno había justificado su bochornosa negativa a instar la ilegalización de ANV en su conjunto diciendo que no prosperaría sobre la base que "no hay por dónde cogerlos". Luego se supo no sólo que el Supremo no compartía ese juicio, sino que el Gobierno había previamente consensuado con la propia ETA esta artera forma de burlar la ley durante el mal llamado "proceso de paz".
Ahora no sabemos si esta nueva negativa de los organismos dependientes del Gobierno a instar la ilegalización del medio en su conjunto con el que ETA quiere permanecer en las instituciones obedece a un nuevo acuerdo inconfesable. Si no es así, desde luego lo parece. En cualquier caso, esperemos que el Tribunal Supremo no se sienta esta vez atado con las listas y que las arranque todas ellas de raíz, pues en su raíz está el acreditado deseo de los proetarras de burlar, nuevamente, la Ley de Partidos.

