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EDITORIAL

Torra y sus 'vacaciones' a cargo del contribuyente

¿Qué burla es esta según la cual un condenado a inhabilitación para cargo público puede seguir teniendo oficina, empleados y sueldo públicos?

Las declaraciones hechas por Quim Torra tras ratificar el Tribunal Supremo su condena a dos años de inhabilitación especial por un delito de desobediencia, y en las que el expresidente de la Generalidad decía ser víctima de la “represión del Estado español”, calificaba de “presos políticos” a los golpistas encarcelados e incitaba a los catalanes a convertir las próximas elecciones regionales en “un nuevo plebiscito y un nuevo mandato que confirme” lo que habría salido del ilegal referéndum secesionista del 1-O, podrían ser constitutivas de un delito de apología o de odio. Sea como fuere, lo que parece evidente es que, evacuadas tras ordenar que se desplegara a las puertas del Palacio de la Generalidad una pancarta con el lema “Llibertat presos politics y exiliats”, son, al margen de su consideración jurídica, tanto o más graves, desde un punto político, que las pancartas y lazos amarillos que originaron el delito de desobediencia por el que Torra ha sido condenado.

No menos bochornoso es el silencio del Gobierno de la nación ante el largo relato institucional en que el sucesor de Artur Mas y Carles Puigdemont al frente del golpe de Estado iniciado en Cataluña en 2012 ha acusado a los tribunales de perpetrar un delito de prevaricación y negado el carácter democrático de la Monarquía parlamentaria. Aun así, el colmo del esperpento se lo lleva la propia condena de inhabilitación especial dictada contra Torra... a pesar de la cual el golpista tendrá un sueldo de unos 120.000 euros durante los próximos cuatro ejercicios y una pensión vitalicia de 92.000 cuando cumpla los 65. Además, tendrá derecho a una oficina de expresidente de la Generalidad, también sufragada por el Erario, con tres personas a su servicio; una dotación presupuestaria para gastos de representación, un coche oficial con chófer y escolta de los Mossos d'Esquadra.

Es cierto, aunque resulte lamentable, que el Estatuto de los ex presidentes de la Generalidad, aprobado en 2003, para “garantizar que puedan atender sus necesidades personales e institucionales con la dignidad y el decoro que corresponden a las funciones ejercidas”, otorga tales prebendas; pero eso en modo alguno significa o debería significar que se pueda incluir en esa categoría a los presidentes que dejan de serlo forzados por una condena judicial. ¿Qué burla al Estado de Derecho es esta según la cual un condenado a inhabilitación para cargo público puede seguir teniendo un sueldo, una oficina y unos empleados con cargo al contribuyente? Ciertamente, y si no fuera porque Torra, tras su inhabilitación, sigue trabajando ardorosamente en aras del proceso secesionista –este mismo lunes visitó a los golpistas en prisión–, se podría decir que, más que a una pena de inhabilitación para cargo publico, al sucesor de Puigdemont se le han otorgado unas vacaciones pagadas con un sueldo que sigue superando al que cobra el presidente del Gobierno.

Teniendo presente que este mismo miércoles el Parlamento regional catalán celebrará nada menos que un homenaje institucional a este condenado por delito de desobediencia, parece evidente que el desafío secesionista en Cataluña no sólo debe ser afrontado desde un punto de vista penal e individualizado y desde un punto de vista político, como el que señala el artículo 155 de la Constitución. Y es que si los secesionistas se empecinan en utilizar las instituciones y el dinero público en pro de su ilegal proceso de ruptura, debería resultar evidente la necesidad de intervenir dicha Administración autonómica.

Claro que nada de esto cabe esperar de un presidente como Pedro Sánchez, quien, más que combatir política y judicialmente a los separatistas, pretende su complicidad para no tener que abandonar la poltrona.

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