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POR MEDIR MÁS DE 11 CENTÍMETROS

El Supremo considera legal ir por la calle con una catana

El Tribunal Supremo ha fallado en una sentencia que poseer e ir por la calle con un sable de samurai no constituye un delito de tenencia ilícita de armas. Los jueces han considerado que “las armas blancas radicalmente prohibidas en el artículo 4 del Reglamento –de armas– son los bastones de estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas”. Por esta razón, y al considerar que los puñales son “armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda”, han deducido que un sable de 70 centímetros no está prohibido.

L. D. / EFE.- Con esta sentencia, el Supremo revoca otra de la Sección sexta de la Audiencia de Barcelona que condenó a dos años de prisión a un hombre que salió a la calle con una catana de 70 centímetros y la exhibió ante otro con el que estaba enemistado. Cuando comenzó a sacar la catana de su vaina, su oponente se la arrebató antes de que tuviera oportunidad de utilizarla. El propietario del arma fue acusado y condenado por tenencia de armas prohibidas. La sentencia fue recurrida.

El Tribunal Supremo no sólo ha dado la razón al propietario del sable japonés, además ha censurado la sentencia de la Audiencia de Barcelona al preguntarse “el por qué del aserto –del tribunal catalán– de que se trata de un arma prohibida”.
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