
Poco a poco se va acercando el verano, las temperaturas empiezan a subir y muchas urbanizaciones comienzan a abrir sus piscinas. Teniendo en cuenta además la subida generalizada de los precios, realizar un viaje vacacional es algo cada vez más exclusivo, por lo que muchos españoles pueden utilizar, en cambio, este servicio que se les ofrece de manera comunitaria para poder sobrellevar el calor.
Sin embargo, tratándose precisamente de un servicio compartido, existen muchas situaciones que pueden generar tensiones entre los vecinos, por ello, es importante comprobar qué dice la ley en este contexto, para asegurarse de qué comportamientos están permitidos y cuáles no.
Qué dice la ley al respecto
El Real Decreto 742/2013 del 27 de septiembre es el documento legal en el que se establecen algunas reglas dirigidas a la correcta gestión de este tipo de piscinas compartidas, especialmente en relación con el tratamiento del agua y la utilización de productos químicos para su limpieza y mantenimiento.
Además, como bien remarca este mismo documento, la comunidad de vecinos debe poner a disposición de los usuarios en un lugar accesible y fácilmente visible, al menos, información sobre las normas de utilización de la piscina y los derechos y deberes para sus usuarios, así como la existencia o no de socorrista y las direcciones y teléfonos de los centros sanitarios y de emergencias más cercanos.
Otro documento legal al que pueden acogerse las comunidades de vecinos para regular el uso de sus piscinas es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Aunque en ella no se estipula de manera directa nada relacionado con las piscinas, sí que se indica cuáles son las mayorías necesarias para realizar modificaciones en su uso. Por ejemplo, este escrito indica que para aprobar la contratación de un socorrista se necesitan tres quintos del total de los votos.
Regulaciones más comunes
Como se ha comentado previamente, las decisiones sobre la normativa de cada piscina corren a cargo de la comunidad de vecinos en cuestión y estos son los apartados más comunes de especificar, para lograr la seguridad de todos los usuarios y evitar cualquier tipo de problema de convivencia.
- Horario de apertura y cierre: este punto es muy importante y debe ser respetado para evitar posibles molestias. Por lo general, las piscinas comunitarias suelen abrir pronto, sobre las 8:00 de la mañana y cerrar a la hora que anochece, aproximadamente a las 21:00 horas. A su vez, muchas de ellas cierran durante unas horas a mitad del día, para respetar el descanso tras el almuerzo.
- Invitaciones a amigos: este seguramente sea el apartado más polémico. Como es lógico, si cada vecino trae a los invitados que quiere, se formaría una aglomeración de personas que, además de incómoda, podría incluso resultar peligrosa. Por ello, muchas comunidades regulan la entrada de personas ajenas a la comunidad otorgando cierto número de invitaciones a cada vecino.
- Acceso de mascotas: la comunidad de vecinos, según dice la LPH, no puede prohibir a nadie la tenencia de mascotas en su domicilio personal. Sin embargo, sí puede limitar su acceso a las zonas comunes, entre ellas, la piscina.


