El Tribunal de la UE obliga a las televisiones privadas a que inviertan en cine nacional
Las televisiones privadas pueden ser obligadas a destinar parte de sus ingresos a la producción de películas en las lenguas oficiales de un país comunitario, según una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE. Se desestima así el recurso planteado por las televisiones privadas españolas.
LD (EFE) Los jueces europeos rechazaron un recurso planteado ante el Tribunal Supremo español por la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA), en el que se solicitaba que no se aplicara esta medida porque, según ellos, infringía varias normas de la UE.
El Tribunal europeo señaló que las restricciones a varias libertades que supone la medida pueden justificarse por razones de interés general. En este sentido, consideró que la obligación de destinar un determinado porcentaje de los ingresos de las televisiones privadas a financiar obras cuya lengua original sea una de las oficiales en ese país "constituye una restricción a varias libertades fundamentales", en concreto las de prestación de servicios, establecimiento, circulación de capitales y circulación de trabajadores.
Sin embargo, recalcó que esa restricción "puede estar justificada por razones imperiosas de interés general, siempre que sea adecuada para garantizar la realización del objetivo perseguido y no vaya más allá de lo necesario para lograrlo", según detalló un comunicado. El Tribunal consideró que las razones culturales de defensa del multilingüismo español "constituyen una razón imperiosa de interés general".
Además, los jueces apreciaron que la medida resulta "adecuada para garantizar la consecución" del objetivo y "no va más allá de lo necesario" para alcanzarlo, añadió el comunicado. El hecho de que un criterio lingüístico puede constituir una ventaja para las empresas beneficiarias de la financiación, que son en su mayoría productoras establecidas en España, "no constituye por sí solo" una prueba de que la medida sea desproporcionada, según el Tribunal, ya que eliminarla vaciaría de contenido el interés general.
Por ello, el Tribunal señala que el derecho comunitario "no se opone" a la medida de un Estado miembro que obliga a los operadores de televisión a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a la financiación anticipada de películas cinematográficas y de televisión europeas.
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