¿ para qué sirven las leyes si después lo único que se aplican son las excepciones?, "la discriminación positiva "es discriminación y punto y a veces negativa porque no iguala distingue aún más dándo no una situación de igualdad sino privilegios en todo caso por razones pobres y manídas como el sexo o de qué raza o étnia seas, si ésta gitana cobra una pensión de viuda sin estar casada, yo quiero dejar de pagar impuestos porque mi situación económica es precaria,no llego a fin de mes, que sin tener los ingresos necesarios me hagan pagar al estado un importe altísimo en impuestos extralimita la fuerza cohercitiva que tiene el estado vulnerándo mi derecho a tener una vida digna por lo que el estado debe indemnizarme por tratarme como un simple cajero automático quitándome toda mi dignidad como ser humano y no aplicándo una discriminación positiva hacia mi persona por cobrar menos de mil euros al mes.
Si la "viuda" hubiera tenido un piso a su nombre y el "marido" hubiera incurrido en alguna responsabilidad económica y dado que en España, salvo pacto en contrario, existe el régimen de separación de bienes, hubiera salido la Nena diciendo a mí me podeis embargar porque nos casamos por el riro gitano, y quiero que tenga el mismo valor que el civil? Lo que quieren es la Ley del Embudo.
Las medidas de discriminación 'positivas' no son más que una discriminación más y por tanto inconstitucionales, como la Ley de Violencia de Género. En este caso, la sentencia es correcta pero la argumentación nefasta: Esta señora Muñoz tiene derecho a pensión por haber existido 30 años de convivencia y por haber cotizado su compañero, y por nada más que eso, basándose en en han formado una pareja de hecho. Lo demás, mandangas retroprogres, como los imposibles 'matrimonios (???) homosexuales'.
Esta panda de cretinos togados, desconoce que la sociedad que hace posible que reciban mensualmente sus espléndidas pagas, se basa precisamente en la aceptación de una serie de reglas y no en que cada uno haga de su capa un sayo bajo la excusa de peculiaridades étnicas.
Miedo me da el día en que se presenten las cuatro mujeres del morito de turno solicitando idéntica pensión de viudedad y por las mismas razones.
Se trata de otra meada fuera del tiesto del tribunal de Estrasburgo, y ua van..., jueces más interesados en que se hable de sus "novedosas" sentencias que de impartir justicia.
Si hacemos caso a su sentencia entonces el matrimonio civil no tiene valor alguno porque si te casas por tu cuenta vale igual.
En fin, al final el ciudadano paga a una panda de políticos, funcionarios, jueces,e tc incompetentes que viven de exprimir a los demás mientras le meten el dedo en el ojo al ciudadano.
Pero estos celebran bodas, no uniones contra natura.
Queridos amigos y los que no lo son,
Las sentencias del Tribunal de Derechos Humanos no son vinculantes, no son obligatorias y no tienen fuerza coercitiva, solo tienen fuerza moral.
Sin embargo, si el Reino de España quiere hacerla cumplir, lo puede hacer. En este caso el político dueño del Reino de España o Estado español, según otros.
Luego vendrá uno a decir noseque del artículo 10 de la Constitución Española de 1978. Paparruchas. Como siempre la Constitución española se cumplirá si el político de turno quiere.
Se pasan la ley por el forro, siguen sus costumbres, se niegan a integrarse, no legalizan absolutamente nada, y luego tienen "el derecho a ser tratadas de forma diferente para favorecer su integración".
Ellos ponen el cazo. Lo demás lo ponemos el resto.
Muy bien, lo de Europa ha sido una verdadera aldabonada.
Europa se desploma como lo hizo en su día el Imperio Romano. No cabe ya más estupidez.