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La Junta vuelve a suspender a los objetores de EpC a pesar de las sentencias del TSJA

La consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha vuelto a suspender a los alumnos de Educación para la Ciudadanía en la convocatoria de septiembre a pesar de las muchas sentencias que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado contra la aplicación obligatoria de esta asignatura. La defensa de los implicados ha anunciado que pedirá al Alto Tribunal que ejecute las medidas cautelares de los alumnos que han sido suspendidos. Al parecer, la Junta de Andalucía no ha notificado a los centros educativos afectados la existencia de nuevas sentencias para los alumnos objetores, alumnos que han sido suspendidos consecuentemente.

LD (Pedro de Tena) Debido a esta falta de información sobre las sentencias del TSJA que ha favorecido la Junta de Andalucía por indolencia o por expresa voluntad política, bastantes de los alumnos que fueron suspendidos el pasado mes de junio, han obtenido la mismo calificación en la convocatoria de septiembre. Y ello pese a que las medidas cautelares dictadas por el TSJA fallaban a favor del derecho a la objeción e instaban a Educación a no evaluar a estos alumnos hasta que se resolvieran definitivamente los citados procedimientos.
 
Si lo ocurrido es obra de un comportamiento negligente o resultado de la lentitud burocrática, la Junta de Andalucía tiene la oportunidad de rectificar anulando estos suspensos reconociendo el derecho a no ser evaluados, derecho, hasta el momento, judicialmente reconocido. "Esta situación podría haberse evitado. Ahora, si la Consejería no retira esas calificaciones, sabremos cuál es su verdadera actitud", advirtió Carlos Seco, abogado sevillano que representa los intereses de varias de las familias de los objetores.
 
El abogado anunció este lunes que elevará a la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) una petición de ejecución de las medidas cautelares de las que gozaban estos estudiantes que en septiembre han sido calificados nuevamente como suspensos pese a que ya en el mes de julio, tras la primera evaluación, dicha instancia judicial había reconocido su derecho a la objeción y, por ende, a no ser evaluados.
 
En declaraciones a Europa Press, Carlos Seco explicó que el "supuesto" en el que se encuentran estos alumnos parte de sentencias emitidas por el Alto Tribunal andaluz a lo largo del mes de julio en cuanto a las solicitudes de objeción a la asignatura Educación para la Ciudadanía formalizadas por entre 15 y 20 alumnos andaluces. Estos fallos  reconocían el "derecho" de los alumnos a objetar y, por tanto, su derecho a no ser evaluados en esta materia.
 
Estos fallos, según explicó Seco, surgieron cuando estos alumnos habían sido ya calificados como suspensos en la asignatura, por lo que sus familias y tutores esperaban que la Consejería de Educación rectificase sus calificaciones declarando a estos alumnos como "no evaluados" en la convocatoria de septiembre. No obstante, y siempre según Seco, "buena parte" de estos 15 ó 20 alumnos han vuelto a ser calificados como suspensos en los boletines del mes de septiembre.
 
Recordarán que la comunidad autónoma de Andalucía ha registrado, con fecha cerrada hasta el pasado 24 de junio, un total de 7.133 objeciones a la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC), según los datos recabados del foro 'Ciudad Real en Libertad',  y en los que ofrece el número de objeciones de conciencia presentadas contra esta asignatura. En concreto, por comunidades, detrás de la Comunidad de Madrid (10.875) y de Castilla-La Mancha (8.790), se sitúa Murcia, con 3.895; Comunidad Valenciana, con 2809; Navarra, con 615; Aragón, con 598; y Cataluña, con 536.
 
Es preciso tener en cuenta además cómo poco a poco iba retrocediendo la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, que rectificó en junio su decisión de suspender a los alumnos que no han asistido a las clases de Educación para la Ciudadanía por ser sus padres objetores de conciencia y mandaron una nueva orden a los centros escolares en la que sustituye la de darles una «evaluación negativa», como mandó hacer a principios de este mes de junio, por la de calificarlos como «no evaluado». Al parecer no la mandó a todos los centros o si lo hizo, no ha llegado.
 
Recuérdese asimismo que el pasado 9 de julio se dictó otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a favor de los padres que objetan en conciencia ante a la asignatura Educación para la Ciudadanía. En ella se reconoce el derecho de unos padres a la objeción de conciencia contra Educación para la Ciudadanía y a no ser obligados sus hijos a cursarla, quedando exentos de ser evaluados de la misma. Primero fueron los padres de Bollullos, después los de Málaga y en esta sentencia les ha tocado a una familia cuyo hijo estudia  ESO en un centro público de Sevilla, el Instituto Pablo Picasso.

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