L D (Europa Press) Acordada por los ministros de Justicia e Interior de los Veinticinco en el Consejo Europeo de abril de 2004 después de los atentados del 11-M en Madrid, la nueva Directiva establece que todos los Estados miembros deben de poner en marcha a partir de este viernes un régimen de indemnizaciones de víctimas de la criminalidad.
La mayoría de los Estados miembros ya lo han hecho, en algunos casos para responder a sus compromisos respecto a la Convención Europea del 24 de noviembre de 1993 sobre compensaciones a víctimas de actos de violencia. Pero a partir de este viernes, todos los socios europeos estarán obligados a ello para garantizar una indemnización "justa y apropiada" a las víctimas.
La medida comenzó a fraguarse en octubre de 2002, pero se impulsó en abril de 2004 pensando en las víctimas del terrorismo. No obstante, es sólo la primera etapa de un proceso que pretende facilitar el acceso a la indemnización de las víctimas en lo que se denominan situaciones transfronterizas.
La Directiva pretende también poner en marcha un sistema de cooperación entre las autoridades nacionales para la transmisión de peticiones de indemnización en situaciones transfronterizas, sistema que deberá estar operativo el 1 de enero de 2006.
Ello permitirá que las víctimas de una infracción cometida en un Estado miembro distinto del de su país habitual de residencia pueda dirigirse a las autoridades competentes de su Gobierno, para solicitar una indemnización y cumplimentar las formalidades administrativas pertinentes.
Las autoridades del Estado miembro en el cual reside habitualmente la víctima transmitirán directamente la petición a las autoridades competentes del país en el cual han ocurrido los hechos, que serán las encargadas de examinar la solicitud de indemnización, calcular la misma y resarcir a la víctima.
Es decir que si, por ejemplo, un ciudadano español es víctima de un acto de estas características mientras se encuentra en Italia, tiene derecho a reclamar una indemnización a las autoridades italianas a través del Gobierno español.
Por otro lado, los Estados miembros pueden alegar que las medidas necesarias para adaptarse a la nueva Directiva no se apliquen con carácter retroactivo, y por tanto a las víctimas que sean objeto de atentado o actos de violencia intencionada cometidos con posterioridad al 30 de junio de 2005.
Sin cifras
Aunque durante el debate del texto el Parlamento Europeo quería establecer un mínimo de al menos 100.000 euros para casos de muertes o heridos, los países adherentes rechazaron introducir ninguna cifra en esta Directiva. Según este texto, tendrán derecho a indemnización las parejas de las víctimas y sus familiares de primer grado, es decir, padres e hijos. Aunque en un principio se pensó exclusivamente para los ciudadanos europeos se ha eliminado la restricción y ahora se establece que las autoridades deberán tratarlo caso por caso.
