
La Audiencia Nacional (AN) ha decidido absolver a Yassine Kanjaa, el joven acusado de asesinar por motivos yihadistas a un sacristán en Algeciras (Cádiz) el 25 de enero de 2023, al apreciar la eximente completa de alteración psiquiátrica, pero ha ordenado que sea internado en un centro psiquiátrico penitenciario por un plazo máximo de 30 años, sin que pueda salir sin autorización del tribunal.
En la sentencia, la Sala de lo Penal señala que, tras examinar los distintos informes periciales y las pruebas practicadas en el juicio, Kanjaa presentaba al cometer los hechos un "cuadro de filiación esquizofrénica con una descompensación psicótica aguda con inaplicación afectiva y conductual que anulaba sus facultades intelectivas y volitivas".
El tribunal, eso sí, impone a Kanjaa que indemnice con 150.000 euros a la viuda de Diego Valencia, el sacristán asesinado; 50.000 euros a cada uno de sus dos hijos, y 17.000 euros a los familiares del cura al que trató de matar y dejó herido.
Aunque descarta que los delitos que se atribuían al acusado tuvieran carácter terrorista, indicando que esos tipos penales requieren que se produzca "una alteración grave de la paz pública" y provocar "un estado de terror en la población o en una parte de ella".
Para el tribunal, eso resulta incompatible con el cuadro de descompensación psicótica aguda y filiación esquizofrénica que presentaba Kanjaa, fruto de "la ideación delirante de grandeza y mesiánicos que, como el 'elegido', pretendió acabar con los 'poseídos'".
Los magistrados le absuelven pero sí consideran que el joven cometió los delitos de asesinato en grado de consumación y otro en grado de tentativa, un delito de lesiones, así como otro de interrupción de ceremonia religiosa.
