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¿Puedo dejar al perro sin supervisión más de 24 horas si uso una videocámara?

La ley de Bienestar Animal obliga a los dueños a tener a su perro "permanentemente localizado" y prohíbe dejarlos "sin supervisión" más de 24 horas.

La ley de Bienestar Animal obliga a los dueños a tener a su perro "permanentemente localizado" y prohíbe dejarlos "sin supervisión" más de 24 horas.
Cámaras de videovigilancia. | Unsplash/Jakub Żerdzicki

La ley de Bienestar Animal obliga a los propietarios a tener a su perro "permanentemente localizado" y prohíbe expresamente dejarlos sin supervisión más de 24 horas (tres días para el resto de animales). Pero, ¿y si el animal está vigilado con una cámara de seguridad? Es la pregunta que planteó un ciudadano a la Dirección General de Derechos de los Animales.

La duda, planteada por el propietario de una finca que posiblemente mantiene a su perro en una caseta habilitada en el jardín, tiene todo el sentido debido a las imprecisiones y vaguedades en las que incurre el texto de la ley de Bienestar Animal y que su desarrollo normativo pretende corregir.

La interpretación de la Dirección General de Derechos de los Animales es que utilizar una cámara de videovigilancia no cumple con las obligaciones que la ley animalista impone a los propietarios de los perros. Por lo tanto, cuando la ley habla de "supervisión", se refiere a una vigilancia presencial ejercida directamente por el responsable de animal o aquellos que estén a cargo de su cuidado, según la interpretación de Derechos de los Animales.

Según el argumento esgrimido por la veterinaria y coordinadora de área técnica de la Dirección General de Derechos de los Animales, Ana María Catalán Alcalá, una cámara sirve para observar al animal, pero no permite la intervención inmediata en caso de necesidad: "Imagínate que por la cámara detectas por ejemplo que el animal no tiene agua y está sediento. Por mucha cámara que te informe, no puedes llegar a solventar el problema".

"El uso de las cámaras nos parece correcto, pero no sirve como como único método y no justifica el cumplimiento de este precepto", ha añadido Catalán durante su intervención en la I Jornada Nacional Técnico-formativa para cuerpos policiales sobre bienestar de los animales que se ha celebrado este jueves.

Este argumento de Derechos de los Animales también se aplicaría a cualquier otro animal. Es decir, que todos aquellos animales considerados mascotas (gatos, pájaros, roedores y reptiles...) no podrían pasar más de tres días solos, a pesar que que su dueño cuente con cámaras, sistemas de alimentación y bebida automatizados o sensores de humedad y temperatura.

Catalán también ha recordado que, de igual modo, los perros tampoco pueden estar de forma habitual en patios, terrazas, trasteros o sótanos, independientemente de los metros y las condiciones de ese espacio. Tampoco pueden estar atados o deambulando por espacios públicos sin supervisión de su dueño (algo habitual en las poblaciones rurales reducidas), lo que confirma que dejar al perro atado a la puerta de cualquier establecimiento sin la supervisión presencial de su dueño es motivo de sanción.

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