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Adiós a la cerveza en el parque de bolas: las claves de la última norma de Mónica García

El Proyecto de Ley recién aprobado por el Consejo de Ministros implicará algunas significativas prohibiciones en la venta de alcohol.

El Proyecto de Ley recién aprobado por el Consejo de Ministros implicará algunas significativas prohibiciones en la venta de alcohol.
Pixabay/CC/Peggy_Marco

Este martes, la ministra de Sanidad, Mónica García, presentó las claves del Proyecto de Ley de prevención del consumo de bebida alcohólicas y sus efectos en los menores de edad, una norma de la que se presentó su borrador el pasado verano y que ahora inicia su andadura parlamentaria.

En el camino desde que arrancó su elaboración hasta hoy, las prohibiciones han sido rebajadas en algo: en un primer momento, Sanidad intentó fulminar las menciones al "consumo responsable" en los etiquetados de las bebidas alcohólicas y también equiparar la publicidad y patrocinios de las bebidas alcohólicas con las bebidas 0.0. El secretario de Estado, Javier Padilla, llegó a hablar de "0.0 washing" al hablar del intento de las marcas de promocionarse con sus versiones sin alcohol.

Aun así, en la normativa se establecen nuevos límites y prohibiciones que afectarán significativamente a colegios, centros de ocio y bares. Estas son algunas de las claves de la nueva forma:

Sin alcohol en los parques de bolas…: el proyecto de ley establece que estará prohibido beber alcohol en "centros deportivos, de ocio o espacios dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido específicamente para personas menores de edad". Eso implicará, por ejemplo, que en locales de ocio infantil como los parques de bolas, que a menudo cuentan también con un bar, estará prohibido dispensar alcohol. En otros ámbitos habrá que mirar si se trata de un espectáculo específicamente dirigido a niños. En la presentación de las líneas generales de la ley el pasado verano, Javier Padilla puso el ejemplo de los conciertos: en uno de Aitana se podrá beber, en uno de la cantante infantil Luli Pampín, no.

… ni en las fiestas de los colegios: la ley prohíbe el consumo en todo tipo de alcohol en centros de menores, mencionando específicamente los "centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas elementales artísticas" y "centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a personas menores de edad". Aunque pueda parecer que aquí no hay cambios, sí que implicará ciertas novedades, como el hecho de que en los bares y puestos que muchos centros montan en sus fiestas escolares estará prohibido vender alcohol.

Restricciones al mobiliario de bares con marcas de bebidas alcohólicas: la publicidad de bebidas alcohólicas en un radio de 150 metros de colegios, centros sanitarios, de servicios sociales, parques o lugares de ocio infantil quedará prohibida, lo que incluye emplazamientos como sillas, sombrillas, servilleteros, toldos u otros elementos con los logotipos de marcas de bebidas. La ley especifica que no afectará a "aquellas situaciones ya existentes", lo que salvará a los bares de tener que deshacerse de ellas cuando entre en vigor la norma, aunque no podrán sustituirlas por otras iguales, como confirman desde Sanidad. Por otro lado, el proyecto establece que en este punto, la medida "entrará en vigor un año después de la publicación de la ley". Otra salvedad es que la publicidad sí estará permitida, si la bebida está por debajo del 0,5% de alcohol.

Controles: la ley permitirá hacer test de alcoholemia en lugares donde el consumo esté prohibido y habrá sanciones.

Limitaciones para los comercios: la norma señala que el acceso y exposición de bebidas alcohólicas "deberá limitarse a un espacio concreto dentro del propio local, separado de los espacios con productos específicamente destinados a las personas menores de edad". Estará prohibido venderlos en "establecimientos dedicados mayoritariamente a la venta de productos para personas menores de edad.

Publicidad: se cae la eliminación de la mención a un "consumo responsable" pero sí se limitan los mensajes publicitarios, con la prohibición de "cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una bebida alcohólica incluyendo el nombre comercial, la denominación social, símbolos o marcas comerciales de las personas o empresas productoras de dichas bebidas, dirigida a personas menores de edad". No se podrá usar imágenes de personas caracterizadas como menores o personas "reales o de ficción, cuya relevancia pública o su popularidad estén vinculadas con la población menor de edad". También estará prohibido usar "argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de las personas menores de edad, o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual".

Coto a los puntos de venta: la norma de Mónica García anima a las administraciones públicas "en materia de planificación urbanística" que valoren "la limitación de apertura de nuevos establecimientos, teniendo en cuenta la concentración de puntos de venta minorista de bebidas en las inmediaciones de centros educativos, de protección social de personas menores de edad o establecimientos en los que se desarrollen espectáculos o actividades recreativas públicas destinadas a menores de edad".

La familia y la educación: en cuanto al ámbito privado, la norma apunta a la implantación de "programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores". Mientras, se implantarán en el currículo, desde primaria, "nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol". En cuanto a la asistencia sanitaria, los adolescentes que tengan que ser tratados por intoxicación etílica que "será objeto de una evaluación integral, que implicará, si son menores de 16 años, a sus padres, madres o tutores".

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