
Cuatro científicos de Estados Unidos, de las universidades de California y Nueva York, han propuesto usar cuerpos en muerte cerebral para investigar nuevos tratamientos médicos, más allá de su uso actual en trasplantes.
Los investigadores han publicado un artículo en la revista científica Science, donde han introducido el concepto physiologically maintained deceased (PMD), es decir, fallecidos mantenidos fisiológicamente, como modelo experimental. Según han explicado, los cuerpos con muerte cerebral permiten realizar múltiples experimentos simultáneos y observar efectos durante varios días. Con estos experimentos, se podría dar un gran salto en la investigación de enfermedades letales.
Los cuatro autores —el bioeticista Brendan Parent y los neurólogos Neel Singhal, Claire Clelland y Douglas Pet— han defendido que un solo fallecido mantenido fisiológicamente permitiría realizar cientos, e incluso miles, de experimentos comparativos de forma simultánea.
Estados Unidos y China ya han usado cuerpos en muerte cerebral para probar trasplantes de órganos de cerdo modificados genéticamente. Sin embargo, esta noticia ha generado un nuevo debate en la frontera de la bioética. ¿Es moral experimentar con personas fallecidas que aún mantienen latido cardíaco y respiración asistida?
¿Qué dice la legislación española?
Federico de Montalvo, jurista, ex presidente del Comité de Bioética de España y actual miembro de la Pontificia Academia para la Vida –que asesora al Vaticano en cuestiones de bioética–, ha explicado en el programa En casa de Herrero, de esRadio, que con el marco legal que existe en España, estos experimentos no tendrían por qué "plantear muchos problemas éticos o legales".
"La sociedad española aceptó hace ya muchas décadas incorporar un segundo concepto de muerte –que es la muerte cerebral–, planteada a raíz del primer trasplante que realizó el doctor Barnard", ha subrayado el experto. Hay que recordar que, hasta hace unas décadas, la muerte se definía únicamente como muerte cardiorrespiratoria. Sin embargo, cuando se planteó la posibilidad de donar órganos, se cambió el concepto y la existencia de dos tipos de fallecimientos: muerte cardiorrespiratoria y muerte cerebral.
Por lo tanto, en España, una persona en muerte cerebral es "una persona fallecida de la cual se pueden extraer los órganos, salvo que esa persona haya indicado que no quiere", ha recalcado el jurista. De hecho, "las facultades de Medicina reciben cadáveres donados para investigación desde hace tiempo y tampoco plantea mayores problemas".
En el contexto de la donación de órganos, para que esto no suceda, el fallecido debe haberlo expresado en vida. Por el contrario, todo el mundo se convierte en "donante universal". Asimismo, según De Montalvo, "un familiar no puede decidir libremente sobre el cadáver de su representado", sino que debe haber "un marco legal y un interés justificado".
Otros países
Aunque en España la muerte cerebral se reconoce legal y clínicamente como fallecimiento, otros países —especialmente en Asia— no han adoptado este criterio. Esto se debe, según el experto, a que "la muerte cerebral plantea dudas".
En España se dio un caso mediático en el que una persona de origen oriental, tras sufrir una parada cardíaca durante un partido de fútbol, entró en muerte cerebral. Su familia quiso trasladarlo a China, ya que allí no se le consideraba legalmente fallecido, mientras que en España sí, ha explicado el jurista.
Objeción de conciencia de los médicos
La muerte cerebral también genera un debate ético en algunos médicos. Con independencia de lo que haya dicho la persona fallecida, "algún médico podría aducir una cláusula de conciencia por decir: ‘Yo no quiero manipular a esta persona porque no estoy del todo seguro de que esté muerta en términos biológicos’", ha destacado el jurista.
Según el Tribunal Constitucional, todo aquello que se refiera a cuestiones vinculadas a la vida, al inicio y al final, puede ser objeto de objeción de conciencia. Por esta razón, muchos médicos podrían negarse a participar en procedimientos médicos, investigaciones o extracciones de órganos en personas en muerte cerebral, amparándose en su derecho a no actuar contra sus convicciones personales, incluso si la ley permite dicha intervención.