L D (EFE)
Así se desprende al menos de las exposiciones de motivos de la sentencia por las que, el pasado 26 de noviembre 2004, condenó al doctor Agriccola a un año y diez meses de cárcel por fraude deportivo y suministro de fármacos de forma peligrosa para la salud. El juez Casalbore, en cambio, ha absuelto al administrador delegado de la Juventus, Antonio Giraudo.
Las motivaciones de la sentencia han sido depositadas por el juez Casalbore en el Tribunal de Turín, estando recogidas en un volumen de unas trescientas páginas. En las mismas, el juez explica los motivos en los cuales se basó para dictaminar su sentencia. Así, el juez señala que la EPO fue seguramente adquirida y suministrada a los jugadores del club piamontés.
Las investigaciones fueron iniciadas hace años por la Fiscalía de Turín, a tenor de declaraciones del técnico Zdenek Zeman (ahora en el Lecce) sobre el "gran número de fármacos en los clubes de fútbol". Una de estas investigaciones fueron dirigidas a la Juventus, ante la sospecha de que en ese club se hubiera practicado en el período 1994-98 un "dopaje enmascarado". Un presunto dopaje que habría sido mediante el uso de fármacos con un objetivo no terapéutico, sino con la intención de mejorar las prestaciones de los jugadores durante los partidos, gracias a los efectos secundarios de los productos
Durante el proceso, la Fiscalía solicitó, el pasado 25 de octubre, una condena de tres años y dos meses de cárcel para el doctor Riccardo Agricola y de dos años y un mes de cárcel para Antonio Giraudo, por el presunto suministro inapropiado de fármacos a los jugadores. Los fiscales turineses, asimismo, solicitaron para Giraudo la suspensión de las funciones directivas por un periodo similar a la duración de la pena de reclusión. Para el doctor Agricola, por presunta violación de sus deberes como médico, también se pidieron dos años de inhabilitación profesional. Estas penas accesorias deberían ser aplicada, no obstante, sólo tras una sentencia definitiva.
En su escrito, el fiscal turinés Raffaelle Guariniello, que estuvo ayudado por los también fiscales turineses Gianfranco Colace y Sara Panelli, había señalado que "en la Juventus se produjo un uso poco escrupuloso de fármacos sin finalidades terapéuticas, más allá de las condiciones de seguridad". Asimismo, para los fiscales se realizó una "utilización sistemática de EPO para diferenciar a la Juve de los otros equipos de fútbol, no pudiendo decir la defensa", advirtió, "que "eso lo hacen todos". Tras las exposiciones de la acusación y de la defensa, que desmintió las acusaciones, el juez Casalbore dictó sentencia, absolviendo a Giraudo y condenando al doctor Riccardo Agricola a un año y diez meses por fraude deportivo.
Ahora, en sus motivaciones, el juez Casalbore considera que el jefe de los servicios médicos no puedo haber realizado todo únicamente él. Pero también apunta que la certeza de las pruebas contra el administrador delegado, Antonio Giraudo, no han sido constatadas. Y es que, sobre la absolución de Antonio Giraudo, se indica que se debió al hecho de que las pruebas que contra él presentó la fiscalía no resultaban "completas y suficientes". Por lo que ante la falta de elementos directos que pudiesen, al menos, llevar a individualizar la forma utilizada para pagar la compra de la eritropoietina, no se considera que se pueda afirmar con certeza la responsabilidad penal de Giraudo.
En las motivaciones, asimismo, se descubre que el director general de la Vecchia Signora , Luciano Moggi, también había sido investigado por la fiscalía turinesa, aunque su caso fue archivado en agosto del año 2000.
Las motivaciones de la sentencia han sido depositadas por el juez Casalbore en el Tribunal de Turín, estando recogidas en un volumen de unas trescientas páginas. En las mismas, el juez explica los motivos en los cuales se basó para dictaminar su sentencia. Así, el juez señala que la EPO fue seguramente adquirida y suministrada a los jugadores del club piamontés.
Las investigaciones fueron iniciadas hace años por la Fiscalía de Turín, a tenor de declaraciones del técnico Zdenek Zeman (ahora en el Lecce) sobre el "gran número de fármacos en los clubes de fútbol". Una de estas investigaciones fueron dirigidas a la Juventus, ante la sospecha de que en ese club se hubiera practicado en el período 1994-98 un "dopaje enmascarado". Un presunto dopaje que habría sido mediante el uso de fármacos con un objetivo no terapéutico, sino con la intención de mejorar las prestaciones de los jugadores durante los partidos, gracias a los efectos secundarios de los productos
Durante el proceso, la Fiscalía solicitó, el pasado 25 de octubre, una condena de tres años y dos meses de cárcel para el doctor Riccardo Agricola y de dos años y un mes de cárcel para Antonio Giraudo, por el presunto suministro inapropiado de fármacos a los jugadores. Los fiscales turineses, asimismo, solicitaron para Giraudo la suspensión de las funciones directivas por un periodo similar a la duración de la pena de reclusión. Para el doctor Agricola, por presunta violación de sus deberes como médico, también se pidieron dos años de inhabilitación profesional. Estas penas accesorias deberían ser aplicada, no obstante, sólo tras una sentencia definitiva.
En su escrito, el fiscal turinés Raffaelle Guariniello, que estuvo ayudado por los también fiscales turineses Gianfranco Colace y Sara Panelli, había señalado que "en la Juventus se produjo un uso poco escrupuloso de fármacos sin finalidades terapéuticas, más allá de las condiciones de seguridad". Asimismo, para los fiscales se realizó una "utilización sistemática de EPO para diferenciar a la Juve de los otros equipos de fútbol, no pudiendo decir la defensa", advirtió, "que "eso lo hacen todos". Tras las exposiciones de la acusación y de la defensa, que desmintió las acusaciones, el juez Casalbore dictó sentencia, absolviendo a Giraudo y condenando al doctor Riccardo Agricola a un año y diez meses por fraude deportivo.
Ahora, en sus motivaciones, el juez Casalbore considera que el jefe de los servicios médicos no puedo haber realizado todo únicamente él. Pero también apunta que la certeza de las pruebas contra el administrador delegado, Antonio Giraudo, no han sido constatadas. Y es que, sobre la absolución de Antonio Giraudo, se indica que se debió al hecho de que las pruebas que contra él presentó la fiscalía no resultaban "completas y suficientes". Por lo que ante la falta de elementos directos que pudiesen, al menos, llevar a individualizar la forma utilizada para pagar la compra de la eritropoietina, no se considera que se pueda afirmar con certeza la responsabilidad penal de Giraudo.
En las motivaciones, asimismo, se descubre que el director general de la Vecchia Signora , Luciano Moggi, también había sido investigado por la fiscalía turinesa, aunque su caso fue archivado en agosto del año 2000.