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El Barcelona, Bartomeu y Rosell intentan expulsar al Real Madrid como acusación del caso Negreira

En varios escritos, a los que ha tenido acceso LD, recurren en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona y la Audiencia Provincial su personación.

En varios escritos, a los que ha tenido acceso LD, recurren en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona y la Audiencia Provincial su personación.
El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, asiste al acto de entrega de la 35 edición de los premios Pimec, que este año distinguirán las mejores iniciativas empresariales desarrolladas en Cataluña durante 2021 en diferentes ámbitos, hoy lunes en el Camp Nou, Barcelona. EFE/Quique García | EFE

El F.C. Barcelona y los expresidentes de la entidad blaugrana, Josep María Bartomeu y Sandro Rosell están intentando expulsar al Real Madrid del caso Negreira. El club que preside Florentino Pérez está personado como acusación particular en la causa.

En varios escritos, a los que ha tenido acceso Libertad Digital, el Barça, Bartomeu y Rosell recurren ante el Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona o la Audiencia Provincial la personación del Real Madrid como perjudicado en la investigación del caso Negreira.

El Barça afirma en su recurso que "entendido el bien jurídico del delito de corrupción deportiva tal y como recientemente ha sido desarrollado jurisprudencialmente, el Real Madrid no puede tener la consideración de ofendido habida cuenta de que no es titular del mismo, puesto que la integridad deportiva es un bien jurídico difuso cuyo único titular es la sociedad. En consecuencia, la única legitimada por la presunta comisión de dicho delito es la Liga de Fútbol Profesional en tanto que es organizadora de la competición".

El club que preside Joan Laporta destaca que "de ningún modo tampoco el Real Madrid puede ostentar la consideración de perjudicado por el delito de corrupción en los deportes. No sólo por ser más que evidente que no han sufrido perjuicio alguno como consecuencia de los hechos objeto de investigación, sino por cuanto el delito previsto y penado en el artículo 286 bis apartado 4 del Código Penal es un delito de mera actividad o consumación anticipada que se consuma con la realización de las conductas típicas recogidas en el mismo, a saber, prometer, ofertar o conceder con la intención de alterar una competición de especial relevancia económica; quedando consumado con independencia de si se produce finalmente afectación alguna al resultado de la competición".

Por su parte, la defensa de Josep María Bartomeu señala en su recurso que "es absolutamente inaceptable que al club de fútbol Real Madrid se le reconozca la condición de perjudicado, y no sólo porque, como es sabido, en la presente causa no se ha demostrado la existencia de un solo episodio de ‘compra' de árbitros, con lo cual bastaría para cerrar el tema y proceder al sobreseimiento de la causa, sino porque, aunque así fuera (supuesto que negamos) el interés en la pureza de la competición deportiva es general y no puede ser subjetivizado en un club concreto".

"Si admitimos que sin base ni fundamento, ni lógica alguna, cualquier club puede alegar que es perjudicado, sin demostrar daño o perjuicio en bien propio alguno, cada uno actuando bajo su propia representación procesal lo que puede acabar en un procedimiento en el que las defensa de los imputados nos encontremos con cuarenta o cincuenta acusaciones particulares, sin que ninguna de ellas haya acreditado daño o perjuicio en bien propio", añade.

"No debe permitirse la personación del Real Madrid"

El recurso de Sandro Rosell subraya que "no existe ni un mínimo indicio de que el Real Madrid pueda haber sufrido perjuicio alguno por los presuntos hechos que son objeto de investigación. De hecho, muestra clara de la inexistencia de afectación del patrimonio del referido club es que ni siquiera en su propio escrito de personación se concreta qué clase de afectación patrimonial ha sufrido el club".

"No debe permitirse la personación del Real Madrid ni de ningún otro club que pueda formular tal petición, pues los únicos titulares del bien jurídico protegido por el delito de corrupción deportiva ya están debidamente personados en las presentes actuaciones como acusación particular. Así, los intereses de todos los competidores del Fútbol Club Barcelona, entre ellos como es evidente del Real Madrid, ya están representados por las dos entidades aludidas: La Liga y la Real Federación Española de Fútbol", concluye la defensa de Rosell

Por último, los exdirectivos del Barcelona imputados también en la causa, Albert Soler y Óscar Grau, rechazan a su vez la personación del Real Madrid como acusación particular en el caso Negreira.

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