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El Barcelona recrimina al juez del caso Negreira que quiera ampliar las sospechas del cohecho

En un escrito se muestra en contra de extender las sospechas a las Juntas que han dirigido el club desde 2001, cuando comenzaron los pagos a Negreira.

En un escrito se muestra en contra de extender las sospechas a las Juntas que han dirigido el club desde 2001, cuando comenzaron los pagos a Negreira.
El presidente del FC Barcelona, Joan Laporta. | EFE

El FC Barcelona ha recurrido la decisión del juez Joaquín Aguirre, que instruye el caso Negreira, de investigar a la entidad por cohecho. A través de un escrito, el Barça reprocha al magistrado que extienda las sospechas a las Juntas que han dirigido el club desde 2001, cuando comenzaron los pagos al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) José María Enríquez Negreira.

Los abogados Cristóbal Martell y Marc Molins, en representación del Barça, han recurrido ante la Audiencia de Barcelona la decisión del juez Aguirre de investigar por un delito de cohecho los pagos del Barça a Enríquez Negreira, al considerar que éste ostentaba una condición equiparable a la de funcionario público. En su recurso, el Barcelona niega que Negreira pueda ser considerado funcionario ni siquiera a "efectos penales", por lo que pide a la Audiencia de Barcelona que revoque el delito de cohecho que el juez incorporó a la causa, de forma que la investigación prosiga solo por el delito corrupción en el deporte que planteaba la denuncia inicial de la Fiscalía.

Para los letrados, la nueva calificación penal, "lejos de constituir un ejercicio de estilo estéril, puede llegar a producir un muy relevante impacto en el curso y desarrollo investigador del proceso en lo atinente a periodos temporales y personas investigadas".

En ese sentido, el escrito advierte de que la incorporación del cohecho "pone un retrovisor que mira hasta el año 2001, en que se inician los pagos vinculados a José Enríquez Negreira y sus mercantiles". Ello produce, añade el recurso, "una suerte de elefantiasis procesal al proyectar eventual condición de imputado a otras juntas y a otros equipos directivos del Fútbol Club Barcelona" independientemente de cuál sea el alcance de la prescripción, que varía en función del tipo de cohecho. "Y ese ejercicio de ensanchamiento temporal y subjetivo de la causa debe ser evitado", agrega el escrito, que aboga por delimitar la prescripción de la causa para evitar "poner un retrovisor al infinito a hechos anteriores".

El recurso sostiene asimismo que Negreira no tiene la "condición de funcionario, ni funcionario a efectos penales, ni su actividad en el Comité Técnico de Árbitros (CTA) ostenta la naturaleza de ejercicio de función pública", por lo que debe descartarse la imputación de cohecho. Según los letrados, el investigado "ni es nombrado por disposición expresa e inmediata de la ley" ni ha accedido a función pública a través de una elección ni ha sido designado por un autoridad competente, supuestos que en su opinión otorgan la condición de funcionario a efectos penales.

De hecho, subraya el escrito, el propio presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que lo nombra "no es autoridad a efectos penales pues carece de mando, esto es, capacidad y coacción para hacer cumplir lo mandado, ni jurisdicción en su entendimiento como capacidad para resolver conflictos". "Pues bien, si no lo es el presidente mal puede serlo quien de él depende y a quien éste nombra", abunda el recurso.

Los abogados aducen además que del examen de la legislación deportiva se desprende que "de ninguno de los modos" el CTA participa de funciones públicas sino que se limita a "contemplar infracciones técnicas de los árbitros de fútbol que no están previstas en el Reglamento de Disciplina Deportiva".

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