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La Federación intenta desmontar el argumento del juez con el que imputó al Barça por cohecho en el caso Negreira

En un escrito, al que ha tenido acceso LD, la RFEF recurre ante la Audiencia Provincial de Barcelona su expulsión de la causa como acusación.

En un escrito, al que ha tenido acceso LD, la RFEF recurre ante la Audiencia Provincial de Barcelona su expulsión de la causa como acusación.
Cordon Press

La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que preside Pedro Rocha de forma interina intenta desmontar el argumento del juez del caso Negreira con el que imputó al F.C. Barcelona por un delito de cohecho.

Hace un mes, el titular del Juzgado de Instrucción nº 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, expulsaba de la causa a la RFEF como acusación al considerar que era "una entidad que ejerce funciones públicas tutelada por el Consejo Superior de Deportes (CSD)". Posteriormente, el magistrado imputaba al Barça y al resto de investigados en el caso Negreira por cohecho, manteniendo la tesis de que el Comité Técnico de Árbitros (CTA), integrado en la propia Federación, era una entidad privada que ejercía funciones públicas.

En un escrito de 46 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, la RFEF recurre ante la Audiencia Provincial de Barcelona el auto del juez que le expulsó de la causa y que desbarataría la imputación del Barça y del resto del investigados por cohecho: "La tesis sobre la naturaleza jurídica de la RFEF que sostiene el Auto recurrido se cimienta en una simple y aislada apreciación subjetiva de un autor -respetable-, empero, que no se ajusta al marco legal, jurisprudencial, ni a la doctrina unánime existente sobre la cuestión".

"La RFEF no puede ser calificada como un organismo de derecho público. A pesar del esfuerzo argumentativo realizado por el Ilmo. Juez Instructor para concluir que la RFEF es un organismo público, tanto del ordenamiento jurídico aplicable español como del europeo se infiere la naturaleza jurídico-privada de la RFEF, pues en modo alguno reúne todos los requisitos exigidos para ser calificada como organismo de derecho público", añade.

Según el recurso que llega a calificar de "exótica" la argumentación de instructor, "carece de sentido que a nosotros se nos excluya del procedimiento y, en cambio, la Liga siga en el procedimiento pese a tener la misma naturaleza jurídico-privada que la RFEF, si bien ambas entidades tenemos intereses diferentes en función nuestros respectivos ámbitos competenciales".

Sobre el CTA, la Federación señala que "las actuaciones relacionadas con el ejercicio de la actividad arbitral que conforman el presente procedimiento no afectan al marco general de la competición y, por ende, no se identifican con las funciones públicas administrativas ejercidas por la RFEF por delegación".

La Federación apunta que "la competición cuya integridad o limpieza supuestamente se habría visto afectada por los pagos efectuados a D. José María Enríquez Negreira es la Primera División, que como hemos dicho antes es una competición oficial de ámbito estatal y profesional de la Real Federación Española de Fútbol. En efecto, y esto conviene subrayarlo, la RFEF es la titular de la competición en la que, presuntamente, se habrían cometido las fraudulentas conductas investigadas".

Vulneración de la tutela judicial efectiva

En el mismo recurso, la Federación denuncia que "el Auto de 9 de agosto de 2023, vulnera de lleno nuestro derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, al impedirnos la tutela de nuestros derechos a través de la acción penal sobre la base de un entendimiento erróneo acerca de la naturaleza jurídica de la RFEF".

"Si la ley dice de manera taxativa que las federaciones deportivas son entidades privadas,es que son entidades privadas, sin que quepa interpretación contraria. ln claris non fit interpretatio. Cuestión distinta es que existan voces (muy, muy minoritarias) que consideren que las federaciones deportivas tendrían que estar enmarcadas dentro del sector público. Eso es respetable. Pero nuestros Jueces y Magistrados (artículo 117.1 de la Constitución Española) administran la justicia sometidos únicamente al imperio de la ley. La ley es lo único que vincula a los órganos judiciales en un estado de derecho. Y en este caso, la ley es clarísima: las federaciones deportivas son entidades de derecho privado. Por tanto, todo el razonamiento del Auto es erróneo y, como tal, ha de ser revocado", concluye el escrito.

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