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POR APROPIACIÓN INDEBIDA Y FALSEDAD DOCUMENTAL

El Supremo condena al abogado del grupo Torras a tres años y cuatro meses de cárcel

El Tribunal Supremo ha condenado a Juan José Folchi, abogado y ex asesor jurídico del grupo Torras, a tres años y cuatro meses de cárcel por apropiación indebida y falsedad documental en la pieza Wardbase, en contra de lo dictado hace dos años por la Audiencia Nacional, que lo declaró inocente de estos delitos.

LD (EFE) En una sentencia conocida este jueves, que resuelve un recurso de casación interpuesto por la acusación particular representada por el grupo Torras, se confirman también las condenas dictadas por la Audiencia Nacional contra Javier de la Rosa, Jorge Núñez y Manuel Prado y Colón de Carvajal. La Audiencia Nacional condenó a cinco años y medio de prisión a De la Rosa, a cuatro años y medio a Núñez y a dos años de cárcel a Prado.

La pieza Wardbase, una de las que conforman el "caso Torras", está relacionada con el traspaso en 1992 de unos 1.900 millones de pesetas (11,95 millones de euros) al ex diplomático Manuel Prado, a través de una sociedad instrumental denominada Wardbase, ligada a responsables del grupo KIO.

El Tribunal Supremo estima varios motivos del recurso de casación del Grupo Torras contra la sentencia de la Audiencia Nacional y, en concreto, indica que Folchi tuvo un "comportamiento activo" en la comisión de los citados delitos. "Además de dar instrucciones precisas para que el pago se efectuase, siguiendo las indicaciones de Javier De la Rosa", facilitó el número de cuenta secreta que, a su vez, le habría sido proporcionado por el propio De la Rosa, con indicación de confidencialidad sobre el destino final, indica el dictamen judicial del Supremo.

Por tanto, según la sentencia, el desvío de este dinero es "objetivamente imputable" al ex asesor jurídico del grupo Torras y de Kuwait Investment Office (KIO), quien creó la sociedad Wardbase en Londres a principios de 1989 y "cooperó con actos sin los cuales el delito de apropiación indebida no hubiera podido efectuarse". "Es verdad que no recibió en momento alguno la posesión legítima del dinero, ni fue su administrador ni depositario, pero no es menos cierto que su intervención aparece como decisiva para que los otros acusados, ya condenados, distrajesen el dinero", afirma el Tribunal Supremo.

También, continúa la sentencia, Folchi "conocía las características de Wardbase y su falta de infraestructura para haber realizado el trabajo cuyo precio se reclamaba" y "era conocedor de la mendacidad de aquel contrato de servicios" por lo que le imputa el delito de falsedad documental. Por otra parte, el Tribunal Supremo entiende que no ha lugar a la prescripción de los delitos por los que finalmente ha sido condenado Juan José Folchi, pues al acusado "se le imputan varias infracciones penales".

Respecto al ex director financiero Miguel Soler y el ex ejecutivo de Torras José María Sot, el Supremo confirma su absolución, pues "carecían de facultad de fiscalización de los pagos" decididos por De la Rosa y Jorge Núñez. En la sentencia, se absuelve también al Grupo Torras de la condena a costas que le había impuesto la Audiencia Nacional.

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