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Los argumentos del juez Castro para procesar a la infanta Cristina

El auto de más de cien páginas está dedicado en buena parte a la infanta Cristina. El juez se muestra muy crítico con lo que declaró en el juzgado.

Como hizo en el auto de imputación de la infanta Cristina, el juez Castro ha llenado el auto de procesamiento con frases que justifican su actuación con la hija de Juan Carlos I. Aunque hay quince imputados, es ella la que recibe más atención por parte del magistrado. Entre las frases y argumentos que utiliza, destacan las siguientes:

Las facturas: "Los gastos personales de la familia Urdangarín/Borbón experimentaron un nada despreciable alivio", dice el juez al aludir a las facturas ficticias para eludir el pago del Impuesto de Sociedades.

Las oficinas de Aizoon en Pedralbes: Se creó "un nuevo cauce para el vaciado de sus fondos, en el que directamente intervino activamente Doña Cristina de Borbón y Grecia, no solamente porque así se desprende de las facturas que a título personal ha venido librando durante un dilatado periodo de tiempo sino porque el propio contrato de arrendamiento fue suscrito personalmente por ella".

La colaboración con Urdangarín: "Los supuestos delitos contra la Hacienda Pública que se imputan a Don Iñaki Urdangarín difícilmente se podían haber cometido sin, cuando menos, el conocimiento y aquiescencia de su esposa por mucho que de cara a terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira para otro lado".

Respuesta a Hacienda sobre la no colaboración de Cristina en Aizoon: "Los dos únicos partícipes son Iñaki y Cristina, que lo son nada menos que al 50%, que la ínfima cuantía del capital nunca determinaría la llamada a la financiación compartida, que los dos únicos socios son cónyuges, que ambos se repartían temporalmente la presidencia de la entidad, que ambos contrataban personal a sabiendas de que los contratados nunca habrían de prestar servicios para la sociedad, que a ésta se cargaban gastos personales del matrimonio, que compartían tarjetas de crédito y que el domicilio social se residenciara en el propio del matrimonio".

Certeza sobre su papel en Aizoon: "Se busca que los ingresos generados, y consiguientemente la titularidad de los mismos, alcance jurídicamente a los dos cónyuges, pues estando en régimen de separación de bienes no se entiende que no se hubiera constituido una sociedad limitada unipersonal".

La vaguedad de la declaración de la infanta y de la esposa de Torres: "No ofrecieron respuesta alguna que posibilitara una ulterior labor de comprobación (…) las más de las veces parecían representar el papel de simples comisionadas que obedientemente cumplían su cometido sin previamente disipar las dudas que obligadamente deberían representarse sobre su legalidad".

La "ignorancia" de Cristina: Las preguntas que se le plantearon "vienen referidas a hechos de su entorno personal que estaba llamada a conocer".

Añade el juez que "la actitud" de Doña Cristina "se aproximó en la práctica más al ejercicio del derecho a no prestar declaración al de hacerlo". Apunta que "nadie se atrevería a poner en duda la legitimidad procesal de esta postura" pero dice que sus "reiteradas apelaciones al desconocimiento de la práctica totalidad de las preguntas que se le formularon incapacita a este instructor para desvalorizar los indicios incriminatorios que determinaron su convocatoria".

Las razones de que la mande al banquillo: "La actuación de Doña Cristina viene marcada por indicios de criminalidad que debieran descartarse o confirmarse en juicio".

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